Norma Legal Oficial del día 27 de octubre del año 2008 (27/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, lunes 27 de octubre de 2008

NORMAS LEGALES
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CORPORACION MORDAZA MORDAZA S.A., como un derecho de peticion administrativa. Por lo que, se debera declarar fundado el derecho de peticion solicitado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA LESEVIC, representante de la empresa CORPORACION MORDAZA MORDAZA S.A., en consecuencia debera ampliarse el permiso de pesca hasta el 06 de diciembre de 2008; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion mediante Informe Nº 584-2008-PRODUCE/DGEPP-Dch, y con la conformidad legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Articulo 106º de la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, y el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atun, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2003-PRODUCE; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Encausar la solicitud de Registro Nª 00051444 de fecha 13 de agosto de 2008, presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA LESEVIC, representante de la empresa CORPORACION MORDAZA MORDAZA S.A., como un derecho de peticion administrativa. Articulo 2º.- Declarar fundado el derecho de peticion administrativa solicitado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA LESEVIC, representante de la empresa CORPORACION MORDAZA MORDAZA S.A., en consecuencia, autorizar la ampliacion del permiso de pesca en adicion al otorgado mediante Resolucion Directoral Nº 383-2008-PRODUCE/DGEPP de fecha 18 de MORDAZA del 2008, desde el 19 de octubre de 2008 hasta el 06 de diciembre de 2008, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 3º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 268083-13

Aprueban cambios de titulares de permisos de pesca a favor de personas juridicas
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 609-2008-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 6 de octubre del 2008 Visto los escritos con registro N° 00039830 de fechas 02 y 26 de junio del 2008, presentados por la empresa CFG INVESTMENT SAC. CONSIDERANDO: Que los articulos 1° y 2° del Decreto Supremo N° 0012002-PRODUCE de 5 de setiembre de 2002, establecen que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus picturatus murphy) y caballa (Scomber japonicus peruanus) seran destinados al consumo humano

directo; y que los armadores de las embarcaciones pesqueras con permiso de pesca indistintamente para los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo y/o indirecto, solo podran desarrollar actividades extractivas de los recursos en mencion, en el MORDAZA del Regimen de Abastecimiento Permanente a la Industria Conservera, Congeladora y de Curados, aprobado por Resolucion Ministerial N° 150-2001-PE, debiendo adecuarse a las disposiciones contenidas en la citada resolucion; Que el articulo 34° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001PE y modificado por el Decreto Supremo Nº 015-2007PRODUCE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva a la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que se otorgaron; asimismo, establece que no procede el cambio de titular del permiso de pesca, en caso de verificarse que los transferentes de la embarcacion pesquera cuenten con sanciones de multa que no han sido cumplidas, impuestas mediante actos administrativos firmes o que hayan agotado la via administrativa o confirmadas con sentencias judiciales que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 417-97-PE, del 23 de setiembre de 1997, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado en adecuacion a la Ley General de Pesca y su Reglamento, entre otros, a MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA URDANICA HUAYLUPO para operar la embarcacion pesquera "ANGEL" con matricula Nº CE-1856-PM y de 149.41 m3 de capacidad de bodega, en la extraccion de recursos hidrobiologicos con destino al consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano, fuera de las cinco (5) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud minima de malla de ½ pulgada (13 mm); Que a traves de los escritos del visto, la empresa CFG INVESTMENT S.A.C., solicita el cambio de titular del permiso de pesca otorgado, por Resolucion Ministerial Nº 417-97-PE del 23 de setiembre de 1997, para operar la embarcacion "ANGEL" con matricula CE-1856-PM, acreditando la propiedad de la citada embarcacion pesquera con el Certificado Compendioso de Dominio, emitido por el Registrador Publico de la MORDAZA Registral VII -Sede Huaraz; Que de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente, se ha determinado que el permiso de pesca se encuentra vigente, para operar la embarcacion pesquera "ANGEL" con matricula CE18556-PM, y que esta cuenta con derecho de sustitucion de capacidad de bodega, siendo consignada en el Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE y en el Anexo II de la Resolucion Ministerial Nº 086-2007PRODUCE, respectivamente; asimismo, la empresa solicitante ha cumplido con los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 06 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE y publicado por la Resolucion Ministerial Nº 341-2005-PRODUCE, asimismo modificado por Decreto Supremo Nº 015-2007PRODUCE; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante los Informes N° 283-2008-PRODUCE/DGEPP-Dchi y Nº 500-2008PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad a lo establecido en la Ley General de Pesca, Decreto Ley N° 25977, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE y modificado por Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE, el procedimiento administrativo Nº 06 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE y publicado por Resolucion Ministerial Nº 341-2005-PRODUCE, asimismo modificado por el Decreto Supremo Nº 015-2007PRODUCE, el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE,

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