Norma Legal Oficial del día 27 de octubre del año 2008 (27/10/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, lunes 27 de octubre de 2008

NORMAS LEGALES
Descargado desde www.elperuano.com.pe

382273

formalizacion mediante resolucion correspondiente, por el incumplimiento del pago de la tasa durante dos (2) anos calendarios consecutivos, salvo que cuente con fraccionamiento vigente o se MORDAZA dejado en suspenso la exigibilidad de las obligaciones economicas conforme a lo establecido en la Ley General del Sistema Concursal. Cabe senalar que dicha disposicion actualmente se encuentra recogida en el articulo 137º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC; Que, en tal sentido, el pago de la tasa anual de los anos 2003 y 2004, efectuado por el concesionario MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA el dia 18 de MORDAZA de 2006, se realizo cuando el contrato de concesion se encontraba resuelto de pleno derecho; Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 230º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, los concesionarios tienen la obligacion de efectuar pagos mensuales a cuenta de la tasa anual, la cual sera liquidada en MORDAZA del ano siguiente, debiendo ser abonada la cuota de regularizacion correspondiente. En ese sentido, en tanto el pago de la tasa anual puede ser regularizado hasta MORDAZA del ano siguiente, el incumplimiento de la obligacion se configura desde el primer dia de mayo; por lo tanto, de acuerdo a lo anteriormente expuesto el contrato de concesion suscrito con MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA quedo resuelto de pleno derecho el 1 de MORDAZA de 2005; Que, mediante Informes Nºs. 827-2008-MTC/27 y 1000-2008-MTC/27, la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones concluye que el concesionario MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA ha incurrido en causal de resolucion de pleno derecho del contrato de concesion aprobado por Resolucion Ministerial Nº 1982002-MTC/15.03, modificado con Resolucion Ministerial Nº 919-2004-MTC/03, por el incumplimiento del pago de la tasa anual durante dos (2) anos calendario consecutivos; Que, el presente caso no se encuentra dentro de los alcances de los beneficios concedidos por la Ley Nº 28853, en razon que la concesionaria no se acogio a tales beneficios; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 60º de la Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley Nº 27444, de existir terceros determinados no comparecientes cuyos derechos o intereses legitimos puedan resultar afectados con la resolucion que sea emitida, dicha tramitacion y lo actuado les deben ser comunicados mediante citacion al domicilio que resulte conocido, sin interrumpir el procedimiento. En ese sentido, corresponde disponer se notifique la presente resolucion al senor MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA CASTRO; De conformidad con lo dispuesto por la Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley Nº 27444; el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC; el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC; el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC; y, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 0212007-MTC; Con la opinion favorable del Director General de Concesiones en Comunicaciones y del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar resuelto el contrato de concesion suscrito con don MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable, en la modalidad de cable alambrico u optico, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 198-2002-MTC/15.03, modificada con Resolucion Ministerial Nº 919-2004MTC/03; y en consecuencia, dejar sin efecto la mencionada resolucion, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion.

Articulo 2º.- Notificar la presente resolucion al senor MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA CASTRO. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 269191-1

Adecuan concesion otorgada a persona natural mediante R.M. Nº 436-2001MTC/15.03 al regimen de concesion unica para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones en area que comprende todo el territorio de la Republica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 799-2008-MTC/03 MORDAZA, 24 de octubre de 2008 VISTA, la solicitud presentada mediante escrito con registro Nº 2008-029229, por MORDAZA MORDAZA NAPURI MORDAZA, en su calidad de concesionario del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable, para que se adecue la concesion otorgada al regimen de concesion unica para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial N° 436-2001MTC/15.03 del 24 de septiembre de 2001 se otorgo a MORDAZA MORDAZA NAPURI MORDAZA concesion para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable en la modalidad de cable alambrico u optico en el distrito de Pativilca, de la provincia de Barranca, del departamento de MORDAZA, habiendose suscrito el contrato de concesion respectivo el 30 de octubre de 2001; Que, el 18 de MORDAZA de 2006 se publico en el Diario Oficial El Peruano, la Ley Nº 28737, Ley que establece la concesion unica para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones, la cual modifica diversos articulos del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 013-93-TCC; Que, la Tercera Disposicion Transitoria de la Ley Nº 28737 senala que los contratos de concesion para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones suscritos MORDAZA de la vigencia de la citada Ley mantienen su plena vigencia en tanto no opten sus titulares por adecuar sus respectivas concesiones para la obtencion de la concesion unica; y que el Reglamento General establecera los procedimientos, plazos y excepciones, de ser el caso, para la adecuacion; Que, la Decimoseptima Disposicion Complementaria Final del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, senala que los concesionarios podran optar por el regimen de la concesion unica, para lo cual deberan cumplir con presentar una solicitud dirigida al Ministerio, de acuerdo al formato establecido; y una vez aprobada la solicitud, se suscribira el contrato MORDAZA al cual se le agregaran los contratos vigentes como anexos manteniendose sus obligaciones, derechos y plazos; Que, el inciso 3) del articulo 75° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, senala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el articulo 47° de la citada MORDAZA, senala que la concesion es el acto juridico mediante el cual el Estado concede a una persona natural o juridica la facultad de

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.