Norma Legal Oficial del día 26 de agosto del año 2009 (26/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

401506
DECRETA:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 26 de agosto de 2009

Articulo 1º.- Modificacion Modifiquese el articulo 87º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, de acuerdo al texto siguiente: "Articulo 87º.- Prohibicion de instalacion de plantas transmisoras en perimetro MORDAZA 87.1 No se autorizara la instalacion de nuevas plantas transmisoras de radiodifusion en el perimetro urbano. Esta restriccion sera de aplicacion, inclusive, a las solicitudes de cambio de ubicacion de plantas transmisoras instaladas fuera del perimetro MORDAZA, que pretendan instalarse dentro del referido perimetro. 87.2 Excepcionalmente, podran instalarse dentro del perimetro MORDAZA, las Estaciones Secundarias a que se refiere el articulo 16º, las Estaciones con Regimen Preferencial, previsto en el articulo 17º y aquellas estaciones que compartan infraestructura (torres de telecomunicaciones), previamente instaladas en el referido perimetro. 87.3 La Direccion de Control implementara un Plan Anual de Fiscalizacion del cumplimiento de los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes por parte de las estaciones instaladas en el perimetro urbano." DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL Unica.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. DISPOSICION COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Unica.- Derogacion Deroguese la Setima Disposicion Final y Transitoria del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC. DISPOSICION COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Unica.- Regimen transitorio La disposicion prevista en el articulo 87º no sera de aplicacion a las solicitudes de instalacion o de cambio de ubicacion de las plantas de transmision dentro del perimetro MORDAZA, que hubieran sido presentadas al Ministerio MORDAZA de la entrada en vigencia de la Resolucion Ministerial Nº 4112005-MTC/03, y que hubieran sido instaladas MORDAZA de dicha fecha. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticinco dias del mes de agosto del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 388876-3

Autorizan viajes de Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil a EE.UU. y MORDAZA, en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 591-2009-MTC/02 MORDAZA, 25 de agosto de 2009 VISTO: El Informe Nº 509-2009-MTC/12 del 31 de MORDAZA de 2009, emitido por la Direccion General de Aeronautica Civil y el Informe Nº 299-2009-MTC/12.04 del 24 de MORDAZA de 2009, emitido por la Direccion de Seguridad Aeronautica de la Direccion General de Aeronautica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su MORDAZA reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 047-

2002-PCM, regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores, funcionarios publicos o representantes del Estado; Que, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, en su articulo 1 senala que la autorizacion de viajes al exterior de las personas que viajen en representacion del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Publico, se otorgara mediante Resolucion Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interes nacional o en el interes especifico de la institucion conforme a la Ley Nº 27619; Que, la Ley Nº 29289 - Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, en el numeral 9.3 del articulo 9, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos con cargo a recursos publicos, habiendose previsto que las excepciones a lo dispuesto en el citado numeral seran autorizadas mediante Resolucion Ministerial, entre las cuales se encuentra el viaje que realizaran los Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspeccion y vigilancia de actividades de aeronautica civil; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en virtud a dicha competencia, la Direccion General de Aeronautica Civil es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aereas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronautico de los explotadores aereos asi como el material aeronautico que emplean; Que, las empresas Lan Peru S.A. y Aero Transporte S.A. (ATSA) han presentado ante la autoridad aeronautica civil sus solicitudes para ser atendidas durante el mes de agosto de 2009, acompanando los requisitos establecidos en el MORDAZA del Procedimiento Nº 05 correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil, previsto en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, asimismo, las empresas Lan Peru S.A. y Aero Transporte S.A. (ATSA), han cumplido con el pago de los derechos de tramitacion correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. En tal sentido, los costos de los respectivos viajes de inspeccion, estan integramente cubiertos por las empresas solicitantes del servicio, incluyendo el pago de los viaticos y la Tarifa Unificada de Uso de Aeropuerto; Que, dichas solicitudes han sido calificadas y aprobadas por la Direccion de Seguridad Aeronautica de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme a lo senalado por el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del citado Ministerio, segun se desprende de las respectivas Ordenes de Inspeccion y referidas en el Informe Nº 5092009-MTC/12 de la Direccion General de Aeronautica Civil; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 29289, Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y estando a lo informado por la Direccion General de Aeronautica Civil; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar los viajes de los senores MORDAZA MORDAZA Garvan MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Raygada, Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuaran del 26 al 30 de agosto de 2009, a las ciudades de Philadelphia, Miami y Santiago; Estados Unidos de MORDAZA y MORDAZA, respectivamente, de acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion, sustentado en los Informes Nº 299-2009MTC/12.04 y Nº 509-2009-MTC/12. Articulo 2º.- Los gastos que demanden los viajes autorizados precedentemente, han sido integramente cubiertos por las empresas Lan Peru S.A. y Aero Transporte S.A. (ATSA), a traves de los Recibos de Acotacion que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion, abonados a la Oficina de Finanzas

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