Norma Legal Oficial del día 26 de agosto del año 2009 (26/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, miercoles 26 de agosto de 2009

NORMAS LEGALES

401523

2006 ­EF, el Memorando Nº 659-2009-DGPU-ANR de fecha 30 de junio del 2009, el Memorando Nº 576-2009SE de fecha 1 de MORDAZA del 2009; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 529-2007-ANR del 4 de MORDAZA de 2007 se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Asamblea Nacional de Rectores, el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades -CONAFU y el Consejo de Asuntos Contenciosos Universitarios - CODACUN; Que, mediante Decreto Supremo Nº 079-2007PCM publicado en el diario oficial El Peruano el 08 de septiembre de 2007 se aprobo los lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos y establece disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo conforme a la Ley Nº 29060; Que, mediante Resolucion Nº 008-2008-ANR del 08 de enero de 2008 se aprobo la modificacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Asamblea Nacional de Rectores, el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades - CONAFU y el Consejo de Asuntos Contenciosos Universitarios - CODACUN, para el ano 2007, teniendose como referente el Decreto Supremo Nº 213-2006 ­EF mediante el cual se establece el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) para el ano fiscal 2007; Que, mediante Memorando Nº 659-2009-DGPU, la Directora General de Planificacion Universitaria de la Asamblea Nacional de Rectores, considerando que es necesario actualizar el instrumento de gestion de caracter normativo, remite el proyecto de modificacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Asamblea Nacional de Rectores, el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades - CONAFU y el Consejo de Asuntos Contenciosos Universitarios - CODACUN, para el ano 2009, teniendo en cuenta el incremento en el valor de la Unidad Impositiva Tributaria ( UIT), aprobado mediante Decreto Supremo Nº 169 -2008-EF, cuyo valor asciende a S/. 3 550,00; Que, el Secretario Ejecutivo de la ANR dispone la elaboracion de la resolucion que aprueba la actualizacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA de la ANR, CONAFU y CODACUN, para el ano 2009; Estando a la autorizacion de la Alta Direccion; De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Reglamento General de la Comision de Coordinacion Interuniversitaria y el Decreto Supremo Nº 169-2008EF; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la actualizacion, correspondiente al ano 2009, del Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Asamblea Nacional de Rectores, el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades - CONAFU y el Consejo de Asuntos Contenciosos Universitarios ­ CODACUN, que forma parte de la presente resolucion. Articulo 2º.- Encargar a las diferentes unidades organicas de la Asamblea Nacional de Rectores, el cumplimiento obligatorio de las disposiciones aprobadas en la presente resolucion. Articulo 3º.- Publiquese la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina Web de la Institucion Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector de la Universidad MORDAZA MORDAZA y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 387753-1

CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA
Sancionan con destitucion a Juez Titular del Juzgado Mixto del Modulo Basico de MORDAZA de la Corte Superior de Justicia de La MORDAZA
(Se publica la presente resolucion a solicitud del Consejo Nacional de la Magistratura, mediante Oficio Nº 420-2009-OA/CNM, recibido el 21 de agosto de 2009) RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 006-2009-PCNM P.D. Nº 033-2007-CNM San MORDAZA, 16 de enero de 2009 VISTO: El MORDAZA disciplinario numero 033-2007-CNM, seguido contra la doctora Zully MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por su actuacion como Juez Titular del Juzgado Mixto del Modulo Basico de MORDAZA de la Corte Superior de Justicia de La MORDAZA, y el pedido de destitucion formulado por el senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica; y, CONSIDERANDO: Primero.- Que, por resolucion Nº 130-2007-PCNM de 28 de diciembre de 2007, el Consejo Nacional de la Magistratura abrio MORDAZA disciplinario a la doctora Zully MORDAZA MORDAZA MORDAZA por su actuacion como Juez Titular del Juzgado Mixto del Modulo Basico de MORDAZA de la Corte Superior de Justicia de La Libertad; Segundo.- Que, se imputan a la doctora MORDAZA MORDAZA los siguientes cargos: A) Haber extraido los expedientes numeros 2003-44, 2003-0008, 2004-0018, 2001-0013, 2004-0126 y 2002-050 fuera del recinto judicial con el proposito de entregarlos al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA a fin de que proyecte sus sentencias; B) Haberse encontrado en la computadora tanto del estudio juridico ubicado en MORDAZA MORDAZA Nº 576, oficina 3 ­ MORDAZA en el cual labora el mismo doctor MORDAZA Cordoba MORDAZA, asi como en su domicilio proyectos de sentencias que pertenecian al Juzgado de la doctora Zully MORDAZA MORDAZA Novoa; C) Asimismo, que uno de los proyectos de sentencia encontrados en el domicilio del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA pertenecia al MORDAZA seguido por MORDAZA MORDAZA Ascate, sobre indemnizacion por danos y perjuicios, expediente Nº 48-2002, MORDAZA en el cual el senor MORDAZA MORDAZA asesoraba al citado demandante MORDAZA Ascate; Tercero.- Que, el 25 de enero de 2008 la doctora MORDAZA MORDAZA formula su descargo expresando, respecto al cargo imputado en el literal A), que asume su responsabilidad de haber sacado cinco expedientes de su despacho con el proposito de avanzar su trabajo fuera de su horario de labores, revisandolos en su domicilio, y no para entregarlos a persona alguna como se le imputa; ademas, refiere que extrajo los expedientes para trabajar en sus horas de descanso debido a la carga procesal y retraso de su juzgado, el cual no contaba con personal suficiente; Cuarto.- La doctora MORDAZA MORDAZA agrega que fue circunstancial la presencia del bachiller MORDAZA y su propuesta para ser su asistente particular, lo que no considero irregular por estar permitido en la rendicion de cuentas de los gastos operativos de los magistrados y debido a que ello no significaba delegacion de sus facultades, pues unicamente le solicito redactar ayudas memoria para aligerar su trabajo, sin hacer de su conocimiento sus fallos y decisiones; ademas, sostiene que fue en ese contexto que dejo los expedientes en

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