Norma Legal Oficial del día 26 de agosto del año 2009 (26/08/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 18

401508

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 26 de agosto de 2009

DEL NORTE S.A.C., que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Autorizar al Viceministro de Transportes, para que en representacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones suscriba el convenio a que se refiere el articulo anterior. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 388784-1

funcionamiento como Taller de Mantenimiento Aeronautico Nacional por el plazo de cuatro (4) anos, contados a partir del dia 06 de junio del 2009, dia siguiente del vencimiento de la Resolucion Directoral Nº 060-2005-MTC/12, con las siguientes habilitaciones: - Equipos de Emergencia : Limitada Articulo Segundo.- Las habilitaciones a las que se refiere el Articulo Primero de la presente resolucion se encuentran descritas en el Certificado de Taller de Mantenimiento Aeronautico Nacional numero: TMA-010 y estaran limitadas a lo senalado en las "Especificaciones de Operacion" que forman parte del mismo. Articulo Tercero.- La actividad autorizada a la empresa S.O.S. MAR S.R.L. debe efectuarse cumpliendo estrictamente lo estipulado en su Manual de Procedimientos de Inspeccion, cuya MORDAZA se archiva en la Direccion General de Aeronautica Civil. En caso que se tenga que efectuar algun cambio en dicho Manual, debera solicitarse la aprobacion correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo Cuarto.- La Direccion General de Aeronautica Civil efectuara periodicamente inspecciones al Taller de Mantenimiento Aeronautico de la empresa S.O.S. MAR S.R.L. a fin de comprobar el cumplimiento de las condiciones establecidas en la presente Resolucion. Articulo Quinto.- La empresa S.O.S. MAR S.R.L. mantendra en su servicio personal aeronautico en la cantidad necesaria establecida en la certificacion; el cual contara con el entrenamiento, calificacion, certificacion y licencias requeridos por la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo Sexto.- La presente autorizacion sera revocada o suspendida de inmediato en forma automatica, cuando el peticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presente resolucion o pierda alguna de las capacidades exigidas por la Ley Nº 27261 ­ Ley de Aeronautica Civil, su Reglamento, y demas disposiciones legales vigentes; o renuncie, se suspenda o se revoque su respectivo Certificado de Taller de Mantenimiento Aeronautico y Manual de Procedimientos de Inspeccion. Articulo Setimo.- Si la Administracion verificase la existencia de fraude o falsedad en la documentacion presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Direccion General de Aeronautica Civil procedera conforme a lo senalado en el articulo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo Octavo.- La autorizacion que se otorga por la presente Resolucion al Taller de Mantenimiento Aeronautico de la empresa S.O.S. MAR S.R.L. queda sujeta a la Ley de Aeronautica Civil, a su Reglamento, a las Regulaciones Aeronauticas del Peru, a las Directivas que dicte la Direccion General de Aeronautica Civil y a las demas normas aplicables a la materia. Articulo Noveno.- Dejar sin efecto la Resolucion Directoral Nº 162-2009-MTC/12 del 18 de junio del 2009. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MAREOVICH Director General de Aeronautica Civil 379479-1

Renuevan a empresa S.O.S. Mar S.R.L. autorizacion de funcionamiento como Taller de Mantenimiento Aeronautico Nacional
RESOLUCION DIRECTORAL N° 173-2009-MTC/11 MORDAZA, 7 de MORDAZA de 2009 Visto, el documento de registro P/D 050817 del 24 de MORDAZA del 2009, presentado por la empresa S.O.S. MAR S.R.L., mediante el cual solicito la renovacion de su permiso de operacion para el funcionamiento y operacion como Taller de Mantenimiento Aeronautico Nacional; CONSIDERANDO: Que, mediante el documento del visto la empresa S.O.S. MAR S.R.L., solicito la renovacion de su permiso de operacion para el funcionamiento y operacion como Taller de Mantenimiento Aeronautico Nacional, adjuntando para dicho efecto la documentacion requerida por la regulacion vigente; Que, el pedido de la empresa S.O.S. MAR S.R.L. fue materia de analisis y estudio, asi como de la inspeccion tecnica correspondiente, efectuados por las dependencias competentes de la Direccion General de Aeronautica Civil; concluyendose que el peticionario cumple con todos los requerimientos prescritos en las Regulaciones Aeronauticas del Peru (RAP), en su Parte 145, relacionadas al tramite solicitado; Que, con el Memorando Nº 636-2009-MTC/12, de fecha 03 de junio del 2009, se senalo que la recurrente habia completado la documentacion de caracter legal para el tramite de renovacion de autorizacion de funcionamiento como Taller de Mantenimiento Aeronautico Nacional conforme a lo establecido en el Apendice B de la Parte 145 de las RAP; Que, mediante el Memorando Nº 1219-2008MTC/12.07 el Director de Certificaciones y Autorizaciones comunico que la recurrente posee la capacidad tecnica para la atencion de lo solicitado, tal como lo requiere la parte 145 de las RAP; Que, mediante la Resolucion Directoral Nº 162-2009MTC/12 del 18 de junio del 2009 se otorgo la renovacion del permiso de operacion, en los terminos solicitados; Que, en el articulo primero de la resolucion MORDAZA mencionada se detecto un error de caracter tipografico, el cual esta referido a elementos de forma del citado acto, y de acuerdo al articulo 201º de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, puede ser rectificado con efecto retroactivo, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decision, situacion que ha sido confirmada mediante el Informe Nº 182-2009-MTC/12 del 01 de MORDAZA del 2009; Que, el articulo 9° literal h) de la Ley de Aeronautica Civil, Ley Nº 27261 establece que la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para otorgar las autorizaciones de Estaciones Reparadoras, Talleres de Mantenimiento, entre otras, mediante Permiso de Operacion otorgado por Resolucion Directoral; De conformidad con la Ley N° 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC, la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y contando con la opinion legal favorable; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR a la empresa S.O.S. MAR S.R.L., la renovacion de su autorizacion de

ORGANISMOS EJECUTORES INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO
Aceptan renuncia y encargan funciones de Director de la Oficina de Asesoria Juridica del INPE
RESOLUCION PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 549-2009-INPE/P MORDAZA, 25 de agosto de 2009

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.