Norma Legal Oficial del día 26 de agosto del año 2009 (26/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 26 de agosto de 2009

4º.- Encargar a la Direccion General de Administracion, Oficina General de Recursos Humanos y a la Facultad de Derecho y Ciencia Politica, el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector 388775-1

En uso de las atribuciones establecidas en la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias Leyes Nos. 27902, 28961, 28968 y 29053; y estando a lo acordado por unanimidad en la sesion extraordinaria llevada a cabo el dia 20 del mes de MORDAZA del ano dos mil nueve; ORDENA: Articulo Unico.- AUTORIZAR la aplicacion del Manual Clasificador de cargos del Ministerio de Salud, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 595-2008/MINSA, por las Instituciones de Salud del ambito del Gobierno Regional de Ancash. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. MORDAZA, a los treinta dias del mes de MORDAZA de 2009. MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA Presidente Consejo Regional de MORDAZA POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la MORDAZA del Gobierno Regional de MORDAZA a los diez dias del mes de agosto de 2009. MORDAZA J. MORDAZA MORDAZA Presidente Gobierno Regional de MORDAZA 384186-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Autorizan aplicacion del Manual Clasificador de cargos del Ministerio de Salud por las instituciones de Salud del ambito del Gobierno Regional de MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 017-2009-REGION ANCASH/CR. El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, modificada por Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion y la Ley Nº 28607, en su articulo 191º establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y en el articulo 192º inciso 1), dispone que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organizacion interna y su presupuesto; Que, el Consejo Regional tiene la atribucion de normar asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional reglamentando las materias de su competencia, conforme se establece en el inciso a) del articulo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de los Gobiernos Regionales, modificada por la Ley 27902, que senala, que es atribucion del Consejo Regional la de aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, la Duodecima Disposicion Transitoria, Complementaria y Final de la Ley Nº 27867, Ley Organica de los Gobiernos Regionales, establece que las Gerencias Regionales son responsables de las politicas regionales que tienen asignadas para su gestion integrada en el ambito de su jurisdiccion, con arreglo a los articulos 5º, 45º y 46º de la Ley Organica de los Gobiernos Regionales y cuentan con los organos sectoriales que determine cada Gobierno Regional. Las Direcciones Regionales Sectoriales son organos dependientes de las Gerencias Regionales correspondientes. Tienen a su cargo las funciones especificas de un sector en el ambito regional. Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 595-2008/ MINSA, se aprueba el Manual Clasificador de Cargos del Ministerio de Salud, con alcance a todos sus organos desconcentrados, asi como a las Direcciones Regionales Sectoriales; documento de gestion que instrumentaliza la elaboracion de otros documentos de gestion institucional de las instituciones y establecimientos de salud, por lo que resulta necesario autorizar su aplicacion en el ambito regional; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 009-2006REGION ANC ASH/CR, se creo el Fondo Regional Contra Accidentes de MORDAZA en el ambito de la Region MORDAZA, cuyo objeto es administrar los recursos del aporte de las Empresas de Transporte Terrestre en todas las modalidades y vehiculos particulares para asistir en caso de accidentes, al igual que el Seguro Obligatorio Contra Accidentes de MORDAZA Regional, conforme a los procedimientos establecidos en el Decreto Supremo Nº 024-2002-MTC. y sus modificatorias;

GOBIERNO REGIONAL DE ICA
Declaran ineficaz y sin valor para la Region Ica, el Acuerdo de Consejo Regional Nº 140-2008-CR/GRL
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 0022-2009-GORE-ICA Ica, 18 de agosto de 2009 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en Sesion Ordinaria del 15 de MORDAZA del 2009; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica de 1993, la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y la Ley de Bases de la Descentralizacion Nº 27783, consideran a la Region Ica, como persona juridica de derecho publico, con autonomia en los asuntos de su competencia en la jurisdiccion tiene en su respectiva circunscripcion territorial; Que, las leyes dictadas por el Congreso de la Republica, como la Ley 23257 de fecha 02 de junio de 1981, en la que declaran de primera prioridad la ejecucion del Complejo Hidroenergetico y de la Irrigacion Olmos, Chao, MORDAZA, Moche, Chicama, asi con la Ley Nº 24239, del 19 de MORDAZA de 1985, que declara de necesidad y utilidad publica y de interes nacional, programas de irrigacion de areas cultivables del Departamento de Ica y del mejoramiento de sus valles agricolas. Asi en la citada MORDAZA, se dispone el transvase de los excedentes del Rio Canete, al MORDAZA de Chincha Alta; tambien se disponen la ejecucion a mediano plazo del proyecto Concon-Topara Chincha Alta, con la derivacion de los sobrantes del Rio Canete a los valles y pampas agricolas, de donde resulta que la provincia de Chincha, Region de Ica, por el norte tiene como limite natural, el Rio Canete, consecuentemente para una adecuada demarcacion y organizacion territorial, siempre se MORDAZA con normas de influencia productiva como las citadas; Que, en torno al problema limitrofes entre Chincha y Canete, provincias de los Gobiernos Regiones de Ica y MORDAZA, respectivamente; el Consejo Regional de Ica, en resguardo de los derechos e intereses de la Region Ica, mediante Ordenanza Regional Nº 012-2007-GORE-

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