Norma Legal Oficial del día 23 de enero del año 2010 (23/01/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 28

411752

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

El Peruano MORDAZA, sabado 23 de enero de 2010

estacion de radiodifusion sonora comercial de Frecuencia Modulada (FM) ubicada en el distrito y provincia de Chanchamayo, departamento de MORDAZA, a fin de dar tramite a su respectiva autorizacion por diez (10) anos; Que, el articulo 21º del Reglamento de la Ley de Radio y Television aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, establece que las autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusion se conceden por el plazo MORDAZA de diez (10) anos, iniciandose con un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses improrrogable; Que, la Primera Disposicion Final y Transitoria del Reglamento en mencion, precisa que los procedimientos administrativos referidos a los servicios de radiodifusion iniciados MORDAZA de la vigencia de la Ley Nº 28278, se rigen por la normativa anterior hasta su conclusion; Que, el articulo 184º del entonces Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, aplicable en virtud a la Primera Disposicion Final y Transitoria del Reglamento de la Ley de Radio y Television, senala que otorgada la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba, dentro del cual el titular instalara los equipos requeridos para la prestacion del servicio autorizado y realizara las pruebas de funcionamiento respectivas lo cual sera verificado por el organo competente del Ministerio; Que, el articulo 185º del entonces Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, senala que realizada la inspeccion, se emitira el informe tecnico correspondiente, en el que se indicara, entre otros, si las instalaciones se han realizado, los resultados de las pruebas de funcionamiento y el cumplimiento de las condiciones establecidas en la autorizacion, en las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion y en el Reglamento Especifico del Servicio de Radiodifusion; Que, con Informe Nº 3504-2006-MTC/18.01.2 del 05 de octubre de 2006, la entonces Subdireccion de Control Provincias, da cuenta de la inspeccion tecnica realizada con fecha 16 de setiembre de 2006 a la estacion radiodifusora de Frecuencia Modulada (FM) autorizada a la EMPRESA GEMINIS E.I.R.L., senalando que esta se encuentra operando el servicio de radiodifusion autorizado. Dicha circunstancia fue comprobada con los Informes Nº 4384-2006-MTC/18.01.2 del 21 de noviembre de 2006; Nº 040-2007-MTC/18.01.2 del 05 de enero de 2007; Nº 486-2007-MTC/29.03 del 14 de agosto de 2007 y Nº 0615-2007-MTC/29.03 del 21 de agosto de 2007; Que, con Resolucion Viceministerial Nº 109-2004MTC/03, ratificada con Resolucion Viceministerial Nº 7462008-MTC/03 y modificada con Resolucion Viceministerial Nº 189-2009-MTC/03, se aprobo el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias en la banda de FM para las localidades correspondientes al departamento de MORDAZA, y dentro de la localidad denominada La Merced-San MORDAZA, se incluye al distrito y provincia de Chanchamayo, departamento de Junin; Que, mediante Informe Nº 429-2009-MTC/28, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, considera que dado que la EMPRESA GEMINIS E.I.R.L., obtuvo informes favorables de las inspecciones tecnicas realizadas a su estacion de radiodifusion de Frecuencia Modulada (FM), es procedente otorgarle autorizacion por el plazo de diez (10) anos, por periodos sucesivos, que incluye el periodo de instalacion y prueba otorgado por la Resolucion Ministerial Nº 076-97-MTC/15.17, y que por lo tanto, debe culminar el 22 de febrero de 2017, plazo computado desde el dia siguiente de la publicacion de la citada resolucion; De conformidad con el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC; la Ley de Radio y Television, Ley Nº 28278; el Reglamento de la Ley de Radio y Television aprobado con Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones;

Articulo 1º.- Otorgar a la EMPRESA GEMINIS E.I.R.L., autorizacion por el plazo de diez (10) anos, por periodos sucesivos, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de La Merced-San MORDAZA, departamento de Junin. Articulo 2º.- El plazo de vigencia de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente, comprende un periodo de instalacion y prueba computandose a partir del dia siguiente de la publicacion de la Resolucion Ministerial Nº 076-97-MTC/15.17, el cual vencera el 22 de febrero de 2017. Articulo 3º.- La Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones procedera a extender la correspondiente Licencia de Operacion con vigencia durante el plazo MORDAZA senalado. Articulo 4º.- Conforme a lo establecido en el articulo 5º del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, la titular adoptara las medidas necesarias para garantizar que las radiaciones que emita la estacion de radiodifusion que se autoriza no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles en el acotado Decreto Supremo. Articulo 5°.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones, para los fines de su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 447879-1

Otorgan autorizacion a la Compania Latinoamericana de Radiodifusion S.A. para prestar servicio de radiodifusion comercial por television en UHF en la localidad de Chincha
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 003-2010-MTC/03 MORDAZA, 5 de enero de 2010 VISTO, el expediente Nº 1999-00420005 presentado por la COMPANIA LATINOAMERICANA DE RADIODIFUSION S.A., mediante el cual solicita inspeccion tecnica a fin de que se le otorgue autorizacion por diez (10) anos para prestar el servicio de radiodifusion comercial por television en UHF, en el distrito y provincia de Chincha, departamento de Ica; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Viceministerial Nº 324-98MTC/15.03 de fecha 14 de noviembre de 1998, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 19 de noviembre de 1998, se otorgo a la COMPANIA LATINOAMERICANA DE RADIODIFUSION S.A., autorizacion y permiso de instalacion y prueba por el plazo improrrogable de doce (12) meses, para operar una estacion retransmisora del servicio de radiodifusion comercial por television en UHF, en el distrito y provincia de Chincha, departamento de Ica; Que, mediante expediente Nº 1999-00420005, la referida empresa solicito la inspeccion tecnica de su estacion de radiodifusion comercial por television en UHF ubicada en el distrito y provincia de Chincha, departamento de Ica, a fin que se le otorgue la respectiva autorizacion por diez (10) anos; Que, el articulo 21º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC establece que las autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusion se conceden por el plazo MORDAZA de diez (10) anos, iniciandose con un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses improrrogable; Que, la Primera Disposicion Final y Transitoria del Reglamento en mencion, precisa que los procedimientos administrativos referidos a los servicios de radiodifusion

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.