Norma Legal Oficial del día 23 de enero del año 2010 (23/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano MORDAZA, sabado 23 de enero de 2010

NORMAS LEGALES

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ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA AMPLIACION DEL PROGRAMA DE BENEFICIOS TRIBUTARIOS EN EL CERCADO DEL CALLAO Articulo Primero.- Modifiquese el articulo 2 de la Ordenanza Municipal Nº 0000042 de fecha 14 de agosto de 2009, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 22 de agosto del mismo ano, por el siguiente texto: Articulo 2.- AMBITO DE APLICACION "El ambito de aplicacion del descuento gradual de intereses moratorios comprendera las obligaciones generadas hasta el 31 de Diciembre del ejercicio 2009, cualquiera sea su estado de cobranza en que se encuentren, aun cuando se MORDAZA interpuesto recurso impugnatorio". Articulo Segundo.- Modifiquese el articulo 5 de la Ordenanza Municipal Nº 0000042 de fecha 14 de agosto de 2009, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 22 de agosto del mismo ano, por el siguiente texto: CAPITULO II DE LOS BENEFICIOS Articulo 5.- BENEFICIOS PARA LOS CONTRIBUYENTES QUE MANTENGAN OBLIGACIONES DE CARACTER TRIBUTARIO HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2009 a) Si se opta por la cancelacion al contado del total de la deuda tributaria acumulada hasta el 31 de diciembre del 2009, cualquiera sea su estado de cobranza, se otorgara al administrado un porcentaje de descuento de 60% hasta el 100% de los intereses moratorios generados. b) Si se opta por el pago de la deuda tributaria acumulada hasta el 31 de diciembre del ejercicio 2009 en forma fraccionada y/o parcial mediante pagos a cuenta, cualquiera sea su estado de cobranza, se otorgara al administrado un porcentaje de descuento desde el 40% hasta el 90% de los intereses moratorios generados. Articulo Tercero.- La presente ampliacion del Programa de Beneficios Tributarios en el Cercado del Callao, entrara en vigencia a partir del dia siguiente de publicada la presente Ordenanza. POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA del Callao 449776-1

autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, en el articulo 9 inciso 8 establece como atribucion del Concejo Municipal, aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos y en el inciso 9 senala que corresponde crear, modificar, suprimir o exonerar las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a ley. Asimismo, el articulo 40 senala que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion y supervision de los servicios publicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Mediante ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por ley; Que, mediante Decreto Supremo N° 156-2004/EF se aprueba el Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, en la Cuarta Disposicion Final senala que las Municipalidades que brinden el servicio de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de impuestos y de recibos de pagos correspondientes, incluida su distribucion a domicilio, quedan facultadas a cobrar por dichos servicios no mas del 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria, vigente 1 de enero de cada ejercicio, en cuyo caso esta valorizacion sustituye la obligacion de MORDAZA de declaraciones juradas; Que, mediante Decreto Supremo N° 311-2009-EF, se aprueba el valor de la Unidad Impositiva Tributaria durante el ano 2010, en el articulo 1 senala que durante el ano 2010 el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) como indice de referencia en normas tributarias sera de tres mil seiscientos nuevos soles (S/.3,600.00); Que, en la sesion de la fecha se adopto el Acuerdo de Concejo Nº 000005 el mismo que cuenta como antecedentes el Informe N° 007-2010-MPC-GGATR la Gerencia General de Administracion Tributaria y Rentas; el Memorando Nº 062-2010-MPC/GGPPR, la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalizacion y el Memorando Nº 060-2010-MPC-GGAJC, la Gerencia General de Asesoria Juridica y Conciliacion, todos los cuales opinan favorablemente a la promulgacion de la presente Ordenanza Municipal Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Provincial del Callao, ha dado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE ESTABLECE MONTOS POR EMISION, DETERMINACION Y DISTRIBUCION DE CUPONERA TRIBUTARIA PARA EL EJERCICIO 2010 EN EL CERCADO DEL CALLAO Articulo 1.- Establezcase en S/. 9.60 (Nueve y 60/100 Nuevos Soles), el monto que deberan cancelar los contribuyentes titulares de un (01) predio por concepto de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de tributos y distribucion de cuponeras tributarias, con relacion al Impuesto Predial y a los Arbitrios Municipales para el ejercicio 2010. Asimismo, los contribuyentes titulares de mas de un predio, deberan cancelar la suma de S/. 3.20 (Tres y 20/100 Nuevos Soles) por cada predio adicional. Articulo 2.- Apruebase la Estructura de Costos que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza, la cual establece el importe de los derechos de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de tributos y distribucion de cuponeras tributarias, con relacion al Impuesto Predial y a los Arbitrios Municipales para el ejercicio 2010. Articulo 3.- Encargase a la Gerencia General de Administracion Tributaria y Rentas y a la Gerencia de Informatica, el cumplimiento de lo establecido en la presente ordenanza. POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA del Callao

Establecen montos por emision, determinacion y distribucion de cuponera tributaria para el ejercicio 2010 en el Cercado del Callao
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000004 Callao, 19 de enero de 2010 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en sesion de fecha 19 de enero de 2010; Aprobo la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su articulo 194, establece que los gobiernos locales gozan de

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