Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2010 (27/07/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, martes 27 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

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Que, por otro lado, los cables de la linea de transmision electrica de alta tension de 14 Kilometros, desde Zapallal hasta el Centro Nuclear en Huarangal, tienen una antiguedad de treinta (30) anos, y dado lo agresivo del medio ambiente y el paso del tiempo, se han deteriorado lo que viene generando caidas reiteradas que afectan el funcionamiento del mencionado Centro Nuclear, lo que conlleva a la necesidad de sustituir dicha linea de transmision; Que, conforme al numeral 19) del articulo 118º de la Constitucion, corresponde al Presidente de la Republica, "Dictar medidas extraordinarias, mediante decretos de urgencia con fuerza de ley, en materia economica y financiera, cuando asi lo requiere el interes nacional y con cargo de dar cuenta al Congreso"; Que, en tal sentido, la adquisicion de combustible nuclear; el cambio de cables de linea de transmision electrica de alta tension y mantenimiento de activos del Pliego 220 - Instituto Peruano de Energia Nuclear ­ IPEN constituyen necesidades que requieren urgente atencion; Que, de lo senalado en los considerandos anteriores, confluyen en la presente MORDAZA los requisitos previstos en el numeral 19) del articulo 118º de la Constitucion, en el sentido de que existe una necesidad imperiosa de adoptar medidas de urgencia a fin de evitar danos a la economia y a la poblacion del MORDAZA, tomando acciones decisivas para prevenir danos a la salud publica; En uso de las facultades conferidas por el numeral 19) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1.- Objeto La presente MORDAZA tiene como objeto dictar medidas urgentes y excepcionales en materia economica y financiera, en el presente ejercicio presupuestal, a fin de autorizar una transferencia financiera a favor del Instituto Peruano de Energia Nuclear-IPEN, destinada al financiamiento de la adquisicion de combustible nuclear, el cambio de cables de linea de transmision electrica de alta tension, el mantenimiento correctivo del laboratorio y del reactor nuclear de investigaciones RP-10 del citado pliego. Articulo 2º.- De la Transferencia Financiera La transferencia financiera autorizada en el Articulo 1° del presente Decreto de Urgencia, que se aprueba por Resolucion del Titular del Pliego Instituto Geologico Minero y Metalurgico - INGEMMET se efectuara por la suma de SEIS MILLONES CINCUENTA Y SIETE MIL Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 6 057 002,00), con cargo a la fuente de financiamiento recursos directamente recaudados, el cual estara orientado a las Genericas de Gasto 2.6 "Adquisicion de Activos No Financieros" hasta por la suma de CINCO MILLONES CIENTO TREINTA Y SEIS MIL QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 5 136 545,00) y 2.3 "Bienes y Servicios" hasta por la suma de NOVECIENTOS VEINTE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 920 457,00) para financiar la adquisicion de combustible nuclear, el cambio de cables de linea de transmision electrica de alta tension, el mantenimiento correctivo del laboratorio y del reactor nuclear de investigaciones RP-10. Articulo 3°.- Limitacion del uso de los recursos Los recursos objeto de la transferencia financiera a que hace referencia el articulo precedente no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 4°.- De la suspension de normas Dejese en suspenso las disposiciones administrativas y fiscales generales y especificas que se opongan o limiten la aplicacion de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 5°.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Energia y Minas y la Ministra de Economia y Finanzas.

Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiseis dias del mes de MORDAZA del ano dos mil diez MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de Economia y Finanzas

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ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010 a favor del Pliego Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - OEFA
DECRETO SUPREMO Nº 161-2010-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la MORDAZA Disposicion Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013, que aprueba la Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea el Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - OEFA, como organismo publico tecnico especializado, con personeria juridica de derecho publico interno, constituyendose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente y encargado de la fiscalizacion, la supervision, el control y la sancion en materia ambiental; Que, la Ley Nº 29325 - Ley del Sistema Nacional de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental, otorga al OEFA la calidad de ente Rector del citado Sistema, el cual tiene por finalidad asegurar el cumplimiento de la legislacion ambiental por parte de todas las personas naturales o juridicas, asi como supervisar y garantizar que las funciones de evaluacion, supervision, fiscalizacion, control y potestad sancionadora en materia ambiental, a cargo de las diversas entidades del Estado, se realicen en forma independiente, imparcial, agil y eficiente; Que, la Vigesima Novena Disposicion Final de la Ley Nº 29465 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010, autoriza al Ministerio de Economia y Finanzas a transferir de la Reserva de Contingencia la suma de QUINCE MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 15 000 000,00) a favor del Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - OEFA, con la finalidad de que pueda continuar con el MORDAZA de implementacion y el desarrollo de sus actividades fiscalizadoras e institucionales, de los cuales solo se han autorizado hasta el monto de CINCO MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 5 000 000,00), mediante Decreto Supremo Nº 063-2010-EF; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 001-2010MINAM, se aprueba el inicio del MORDAZA de transferencia de las funciones de supervision, fiscalizacion y sancion en materia ambiental del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria - OSINERGMIN, al Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - OEFA, con lo cual la OEFA ha asumido la funcion de supervision y fiscalizacion del cumplimiento de las disposiciones tecnicas y legales relacionadas a la proteccion y conservacion del ambiente en las actividades desarrolladas en los subsectores de mineria, electricidad, e hidrocarburos liquidos y gas, a nivel nacional; Que, los recursos asignados al OEFA han resultado insuficientes para continuar con el ejercicio de sus funciones de supervision, fiscalizacion, control y sancion en materia ambiental, de manera particular en aquellas zonas prioritarias y criticas del MORDAZA, donde se producen la

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