Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2010 (27/07/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES
Comisiones Permanentes Economico, y; CONSIDERANDO: de

El Peruano MORDAZA, martes 27 de MORDAZA de 2010

RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 1254-2010-MP-FN
MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2010 VISTO Y CONSIDERANDO: El Oficio Nº 1258-2010-MP-FSCI, cursado por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Supremo, designado en la Fiscalia Suprema de Control Interno, a traves del cual solicita la remocion del personal de la Oficina Desconcentrada de Control Interno del MORDAZA por necesidad de servicio. Estando a lo expuesto y dispuesto en el Articulo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Organica del Ministerio Publico SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dar por concluida la designacion del doctor MORDAZA MORDAZA Cana, Fiscal Provincial Titular Mixto de Quispicanchis, Distrito Judicial del MORDAZA, en el Despacho de la Oficina Desconcentrada de Control Interno del MORDAZA, materia de la Resolucion Nº 1499-2009-MP-FN, de fecha 19 de octubre de 2009. Articulo Segundo.- Dar por concluida la designacion de la doctora Junia MORDAZA Molero Cazani, Fiscal Provincial Titular Mixta de Anta, Distrito Judicial del MORDAZA, en el Despacho de la Fiscalia Provincial Civil y de Familia de Anta, materia de la Resolucion Nº 1393-2009-MP-FN, de fecha 29 de setiembre de 2009. Articulo Tercero.- Dar por concluida la designacion de la doctora MORDAZA Olave MORDAZA, Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial del MORDAZA, en el Despacho de la Fiscalia Provincial Civil y de Familia de Quispicanchis, materia de la Resolucion Nº 882-2010-MP-FN, de fecha 21 de MORDAZA de 2010. Articulo Cuarto.- Designar al doctor MORDAZA MORDAZA Cana, Fiscal Provincial Titular Mixto de Quispicanchis, Distrito Judicial del MORDAZA, en el Despacho de la Fiscalia Provincial Civil y de Familia de Quispicanchis. Articulo Quinto.- Designar a la doctora Junia MORDAZA Molero Cazani, Fiscal Provincial Titular Mixta de Anta, Distrito Judicial del MORDAZA, en el Despacho de la Oficina Desconcentrada de Control Interno del Cusco. Articulo Sexto.- Designar a la doctora MORDAZA Olave MORDAZA, Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial del MORDAZA, en el Despacho de la Fiscalia Provincial Civil y de Familia de Anta. Articulo Setimo.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion, al Fiscal Supremo de la Fiscalia Suprema de Control Interno, a la Fiscal Superior Titular ­ Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial del MORDAZA, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluacion de Fiscales y a los Fiscales mencionados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ECHAIZ MORDAZA Fiscal de la Nacion

Rentas

y

Desarrollo

524193-7

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Amplian criterio de incorporacion al Regimen del Vecino MORDAZA Puntual
ORDENANZA Nº 112-2010/MLV
La MORDAZA, 15 de MORDAZA del 2010 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA VISTO; en sesion ordinaria de la fecha el dictamen conjunto Nº 001-2010-CPRDE/MDLV emitido por las

Que, de conformidad a lo establecido en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades ­ los gobiernos locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujecion al ordenamiento juridico, correspondiendole al Concejo Municipal las funciones normativas que se materializan a traves de Ordenanzas, las cuales tienen rango de ley de acuerdo a lo establecido en el articulo 200º de la Constitucion; Que, de conformidad al articulo 195º de la Carta Magna, concordada con la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado ­ TUO ­ del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF, y el articulo 40° de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades ­ las municipalidades mediante Ordenanza, tienen competencia para administrar sus bienes y rentas, asi como crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la ley; Que, de acuerdo al articulo 52º del TUO del Codigo Tributario, es competencia de los gobiernos locales administrar exclusivamente las contribuciones y tasas municipales, MORDAZA estas ultimas, derechos, licencias o arbitrios y por excepcion los impuestos que la ley les asigne; Que, en virtud a dichas competencias y facultades, los gobiernos locales pueden establecer politicas y estrategias tributarias que incentiven a los contribuyentes al cumplimiento oportuno de este MORDAZA de obligaciones, a fin de proveerse de los recursos necesarios para asegurar el financiamiento de los servicios publicos a favor de la comunidad; Que, de conformidad con el ordenamiento legal vigente, glosado anteriormente, la Municipalidad de La MORDAZA emitio la Ordenanza Nº 053-2008/MLV publicada en el diario oficial El Peruano con fecha 20 de MORDAZA del 2008, que establecio el "Regimen del Vecino MORDAZA Puntual" en el distrito, con el objetivo de estimular a los contribuyentes en el cumplimiento oportuno y voluntario del pago de sus obligaciones tributarias, otorgando diversos beneficios a los cuales accedian solo aquellos contribuyentes que no tuvieran deudas del ejercicio 2007 y hubieran cancelado los dos (2) primeros trimestres del impuesto predial y arbitrios del ejercicio 2008. Dicha Ordenanza fue modificada mediante Ordenanzas Nº 069-2008/MLV, Nº 085-2009/MLV, Nº 095-2009/MLV y Nº 103-2010/MLV, ampliando el criterio de incorporacion al referido regimen. Que, en atencion a lo expuesto la Gerencia de Rentas ha propuesto brindar a los contribuyentes la oportunidad de incorporarse al regimen en mencion o de ser el caso reincorporarse al mismo si hubieran mantenido un record positivo de pago y por motivos extraordinarios hubieran incurrido en atrasos, siempre que regularicen dicha situacion hasta el ultimo dia del mes de MORDAZA del 2010; Estando a los fundamentos expuestos, en uso de las facultades conferidas por el articulo 9º numeral 8) de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades ­ contando con la opinion favorable de la Gerencia de Asesoria Juridica mediante Informe Nº 201-2010-GAJ/MLV y de la Gerencia de Rentas mediante memorandum Nº 447-2010/GR/MDLV, el Concejo Municipal por unanimidad ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE AMPLIA EL CRITERIO DE INCORPORACION AL REGIMEN DEL VECINO MORDAZA PUNTUAL Articulo 1º.- Ampliar el criterio de incorporacion al "Regimen del Vecino MORDAZA Puntual" establecido en el articulo 3º literal a) de la Ordenanza Nº 053-2008/MDLV, modificado por el articulo 1º de la Ordenanza Nº 103-2010/ MLV, hasta el 31 de MORDAZA del 2010. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS y FINALES Primera.- Autorizar al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia modifique los plazos de incorporacion

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