Norma Legal Oficial del día 10 de noviembre del año 2010 (10/11/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 10 de noviembre de 2010

General del Ejercito y a lo opinado por el Comandante General del Ejercito; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ampliar el numero de vacantes senalado en la Resolucion Ministerial No 1175-2010DE/EP del 28 de octubre de 2010, que declaro las vacantes para el ascenso de Oficiales Generales Promocion 2011. 1. OFICIALES GENERALES: a. General de Division hasta un MORDAZA de: b. General de Brigada hasta un MORDAZA de: Gral. Brig. de MORDAZA : Gral. Brig. de Servicio : - Intendencia : DICE 03 vacantes 13 vacantes 12 01 DEBE DECIR 04 vacantes 14 vacantes 13 01

queden exonerados del procedimiento ordinario de admision, en concordancia con lo dispuesto en el Articulo 56º de la Ley Nº 23733, Ley Universitaria; De conformidad con el numeral 3) del articulo 11º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1º.- De la autorizacion Autorizar a las Universidades a inscribir en su MORDAZA ordinario de admision, a los alumnos egresados del Colegio Mayor MORDAZA Presidente del Peru, manteniendo el derecho previsto por inciso c) del articulo 56º de la Ley Nº 23733, Ley Universitaria. Articulo 2º.- Del refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Educacion. DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL Unica.- Facultese al Ministerio de Educacion para expedir las disposiciones complementarias que se requieran para la adecuada aplicacion de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los nueve dias del mes de noviembre del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educacion 565271-5

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA THORNE MORDAZA Ministro de Defensa 565268-1

EDUCACION
Autorizan a las Universidades a inscribir en su MORDAZA ordinario de admision a los alumnos egresados del Colegio Mayor MORDAZA Presidente del Peru
DECRETO SUPREMO Nº 023-2010-ED EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, segun el inciso c) del articulo 56º de la Ley Nº 23733, Ley Universitaria estan exonerados del procedimiento ordinario de admision a las universidades, los dos primeros alumnos de los centros educativos de nivel secundario; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 034-2009ED, se creo la Institucion Educativa Publica: "COLEGIO MAYOR PRESIDENTE DEL PERU", para brindar servicio educativo en los MORDAZA 3º, 4º y 5º del nivel MORDAZA a partir del ano 2010, a los mejores alumnos seleccionados a nivel nacional; Que, el Colegio Mayor MORDAZA Presidente del Peru, es una institucion educativa de excelencia en la que todos los alumnos que ingresan a sus aulas proceden del primer o MORDAZA puesto en su promocion de la institucion educativa publica de origen, compitiendo para lograr su ingreso, con otros alumnos que tienen la misma condicion de merito; Que, los alumnos del Colegio Mayor MORDAZA Presidente del Peru, siguen un Programa Especial de Estudios con exigencias mayores en comparacion con cualquier otra institucion educativa publica y, en muchos casos, privada. Ademas, tienen una jornada de estudios mas extensa, por el regimen de internado en el que se encuentran, realizando ademas de las horas de clase, actividades academicas, culturales, deportivas, artisticas y tecnologicas que complementaron su formacion integral y la enriquecieron; Que, por lo razones expuestas en los considerandos anteriores, es conveniente fomentar la equidad en el acceso a oportunidades, el Ministerio de Educacion ha considerado necesario se mantenga el derecho que le corresponde a los alumnos que ingresaron al Colegio Mayor MORDAZA Presidente del Peru, a fin de que

Oficializan el MORDAZA Nacional "Politicas Publicas y Gestion Publica en el Sector Educacion" que se realizara en MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL N° 0330-2010-ED MORDAZA, 8 de noviembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, el inciso a) del articulo 80º de la Ley Nº 28044, Ley General de Educacion establece, como una de las funciones del Ministerio de Educacion la de "Definir, dirigir, regular y evaluar, en coordinacion con las regiones, la politica educativa y pedagogica nacional y establecer politicas especificas de equidad"; Que, asimismo, el articulo 68º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2006-ED, establece que la Oficina de Asesoria Juridica, organo dependiente de la Secretaria General, es responsable de brindar asesoramiento en asuntos juridicos a la Alta Direccion, y demas organos del Sector Educacion; le corresponde sistematizar y concordar las normas legales referidas a Educacion; y, promover el fortalecimiento de las capacidades de los Jefes de las Oficinas de Asesoria Juridica de las diferentes Instancias de Gestion Educativa Descentralizada, a traves de seminarios o talleres nacionales establecidas para dicho proposito; Que, en virtud a ello, la Oficina de Asesoria Juridica del Ministerio de Educacion, cumpliendo sus funciones tutelares, organiza periodicamente eventos de capacitacion donde participan los Jefes de las Oficinas de Asesoria Juridica de todo el MORDAZA, que laboran en las diferentes Instancias de Gestion Educativa Descentralizada, con la finalidad de contribuir con el MORDAZA de desarrollo del MORDAZA, y de esta manera aportar al MORDAZA de institucionalizacion democratica y de descentralizacion, mediante el fortalecimiento de

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