Norma Legal Oficial del día 10 de noviembre del año 2010 (10/11/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, miercoles 10 de noviembre de 2010

El Memorandum Nº 081-2010-SERNANP-DDE, del 29 de octubre del 2010, mediante el cual se comunica quienes seran los miembros titular y alterno ante la Comision de Categorizacion de la MORDAZA Reservada Bosque de Zarate. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 195-2010MINAM del 13 de octubre del 2010, se establece la MORDAZA Reservada Bosque de MORDAZA sobre la superficie de quinientos cuarenta y cinco hectareas con siete mil quinientos metros cuadrados (545,75 ha), ubicada en el distrito de San MORDAZA, provincia de Huarochiri, departamento de MORDAZA, asimismo el articulo 5º de la precitada Resolucion dispone la constitucion de una Comision encargada de la formulacion de la propuesta de ordenacion territorial para su categorizacion definitiva, la cual debera estar presidida por un representante del Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado ­ SERNANP; Que, mediante documento del visto, la Direccion de Desarrollo Estrategico del SERNANP propone a los representantes titular y alterno de la entidad, para presidir la mencionada Comision; Que, mediante Decreto Supremo N° 006-2008MINAM del 14 de noviembre del 2008 se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del SERNANP, cuyo articulo 24° senala que la Direccion de Desarrollo Estrategico, es el organo de linea encargado de proponer politicas, planes, programas, proyectos y normas relacionadas con el desarrollo de las Areas Naturales Protegidas de administracion nacional, regional y local, asi como brindar los instrumentos necesarios para medir el impacto de la gestion en las Areas Naturales Protegidas; De conformidad con las atribuciones conferidas en el articulo 11°, inciso e), del Reglamento de Organizacion y Funciones del SERNANP aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2008-MINAM. SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar a los representantes del Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado ­ SERNANP, ante la Comision encargada de la formulacion de la propuesta de ordenacion territorial para la categorizacion definitiva de la MORDAZA Reservada Bosque de MORDAZA, segun el siguiente detalle:
MORDAZA Fano MORDAZA MORDAZA Murrieta MORDAZA Directora (e) de la Direccion de Desarrollo Estrategico Especialista de la Direccion de Desarrollo Estrategico Titular Suplente

El Oficio Nº 662-2010-CEN-FNTPJ, de fecha 18 de octubre de 2010 y presentada el 22 de octubre de 2010, la Federacion Nacional de Trabajadores del Poder Judicial, representada por su Secretario General, MORDAZA G. MORDAZA MORDAZA, se dirige al Gerente de Personal y Escalafon Judicial con el objeto de poner en su conocimiento el acuerdo de Asamblea Nacional de Delegados realizado el dia 15 de octubre del ano en curso, en el cual se acordo realizar una paralizacion de setentidos (72) horas los dias 26, 27 y 28 de octubre de 2010, con perspectiva de Huelga Nacional Indefinida a partir del 03 de noviembre de 2010. CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 662-2010-CEN-FNTPJ, de fecha 18 de octubre de 2010 y presentada el 22 de octubre de 2010, la Federacion Nacional de Trabajadores del Poder Judicial, representada por su Secretario General, MORDAZA G. MORDAZA MORDAZA, se dirige al Gerente de Personal y Escalafon Judicial con el objeto de poner en su conocimiento el acuerdo de Asamblea Nacional de Delegados realizado el dia 15 de octubre del ano en curso, en el cual se acordo realizar una paralizacion de setentidos (72) horas los dias 26, 27 y 28 de octubre de 2010, con perspectiva de Huelga Nacional Indefinida a partir del 03 de noviembre de 2010; Que, senalan, asimismo, que habiendose reunido la Comision Paritaria encargada de debatir el Pliego de Reclamos de Trabajadores del Poder Judicial correspondiente al ano 2011, se han concensuado algunos puntos y otros no, por lo que solicitan la elaboracion del Acta Final de la citada Comision, que recoja los puntos consensuados asi como los retirados por su parte, quedando pendientes los no consensuados, los que se reservan el derecho de solicitarlos de acuerdo a la legislacion vigente, al haberse roto el trato directo respecto de los mismos; Que, al respecto, cabe ahora analizar detenidamente en cuanto a la legalidad o ilegalidad respecto a la medida de fuerza adoptada por la organizacion sindical de MORDAZA grado, por lo que resulta necesario recurrir a las normas que regulan el Derecho Colectivo en el Poder Judicial, y a las normas en general sobre la materia; Que, el articulo 5° del Decreto Supremo Nº 00496-JUS, establece que los derechos de sindicalizacion, negociacion colectiva y huelga correspondiente a los trabajadores del Poder Judicial, se sujetaran a las disposiciones que regulan dichas instituciones en el Sector Publico. Con ello, se restringe el ambito de aplicacion del regimen laboral privado en el Poder Judicial a las relaciones individuales de trabajo, y consecuentemente, las relaciones colectivas de todos los trabajadores de este Poder del Estado, se sujetaran a lo regulado para el regimen publico; Que, al respecto, el articulo 86º del Decreto Supremo Nº 010-2003-TR, del 05 de Octubre de 2003, que aprueba el Texto Unico Ordenado de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, determina que la huelga de los trabajadores sujetos al Regimen Laboral Publico, se sujetara a las normas contenidas en dicho texto legal en cuanto le MORDAZA aplicables. La declaracion de la ilegalidad de la huelga sera efectuada por el Sector correspondiente; Que, el articulo 73° del TUO de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, MORDAZA citado, dispone con suma propiedad que: "Para la declaracion de huelga se requiere: a) Que tenga por objeto la defensa de los derechos o intereses socioeconomicos o profesionales de los trabajadores en MORDAZA comprendidos; b) Que la decision sea adoptada en la forma que expresamente determinen los estatutos y que en todo caso representen la voluntad mayoritaria de los trabajadores comprendidos en su ambito. El acta de asamblea debera ser refrendada por Notario Publico (...); c) Que sea comunicada al empleador y a la Autoridad de Trabajo, por lo menos con cinco (05) dias utiles de antelacion o con diez (10) tratandose de servicios publicos esenciales, acompanando MORDAZA del acta de votacion; Que, en este sentido, de la lectura del Oficio Nº 6622010-CEN-FNTPJ, de fecha 18 de octubre de 2010, y presentado el 22 de octubre de 2010,

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe 564963-1

PODER JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Declaran ilegal la Huelga Nacional Indefinida convocada por la Federacion Nacional de Trabajadores del Poder Judicial del Peru, a partir del 3 de noviembre de 2010
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 259-2010-P-PJ MORDAZA, 9 de noviembre del 2010

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