Norma Legal Oficial del día 26 de marzo del año 2019 (26/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

Martes 26 de marzo de 2019 /

El Peruano

sus padres, con su acreedor o deudor, etcétera), y c) si, de los antecedentes, se verifica que existe un conflicto de intereses entre la actuación del alcalde o regidor en su calidad de autoridad y su posición o actuación como persona particular. Análisis del caso en concreto 7. En el presente expediente se le atribuye a Juan Mío Sánchez, alcalde de la Municipalidad Distrital de Olmos, provincia y departamento de Lambayeque, haber incurrido en la causal de restricciones de contratación, debido a que designó y contrató a Percy Sánchez Mío, con quien tiene un vínculo consanguíneo de quinto grado, según lo establecido en la Resolución

Nº 0430-2017-JNE (Expediente Nº J-2017-00146-A01), de fecha 17 de octubre de 2017, expedida en virtud de la solicitud de vacancia presentada por Adilfredo Pupuche Roque contra el citado alcalde, por la causal de nepotismo. 8. Corresponde analizar, a continuación, si existe concurrencia de los elementos constituyentes de la causal de vacancia invocada. 9. Así, con relación al primer elemento: la existencia de un contrato, en el sentido amplio del término, con excepción del contrato de trabajo de la propia autoridad, cuyo objeto sea un bien o servicio municipal, de la documentación que obra en autos se advierte que la Municipalidad Distrital de Olmos celebró con Percy Sánchez Mío los siguientes contratos:
FIRMA EN FECHA MONTO REPRESENTACIÓN FOJAS DE DE MUNICIPALIDAD FIRMA
S/ 800 JUAN MÍO SÁNCHEZ 05/01/2015 329 Y 330

AÑO

MES
ENERO FEBRERO MARZO ABRIL MAYO

TIPO DE CONTRATO

N.°

CARGO

PLAZO

LOCACIÓN DE SERVICIOS AUTÓNOMOS

057-2015-MDO

JEFE EN EL ÁREA DEL SISFOH

DEL 5 DE ENERO AL 28 DE FEBRERO

* **
CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS 0016-2015-MDO/ARH JEFATURA DEL SISFOH DEL 1 AL 30 DE ABRIL S/ 800 JUAN MÍO SÁNCHEZ 01/04/2015 98 A 102

2015

JUNIO JULIO AGOSTO SETIEMBRE OCTUBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE ENERO FEBRERO MARZO

CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS 0184-2015-MDO/ARH

JEFATURA DEL SISFOH

DEL 4 DE MAYO AL 31 DE AGOSTO

S/ 1,500

JUAN MÍO SÁNCHEZ

04/05/2015 103 A 107

CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS 0308-2015-MDO/ARH

JEFETURA DEL SISFOH

DEL 1 DE SETIEMBRE AL 30 DE NOVIEMBRE

S/ 1,500

JUAN MÍO SÁNCHEZ

01/09/2015 93 A 97

CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS 0374-2015-MDO/ARH

JEFATURA DEL SISFOH RESPONSABLE DE LA SECCIÓN DE EMPADRONAMIENTO (PENSIÓN 65, BECA 18, TECHO PROPIO) RESPONSABLE DE LA SECCIÓN DE EMPADRONAMIENTO (PENSIÓN 65, BECA 18, TECHO PROPIO) RESPONSABLE DE LA SECCIÓN DE EMPADRONAMIENTO (PENSIÓN 65, BECA 18, TECHO PROPIO)

DEL 1 AL 30 DE DICIEMBRE

S/ 1,500

JUAN MÍO SÁNCHEZ

01/12/2015 88 A 92

LOCACIÓN DE SERVICIOS AUTÓNOMOS

0036-2016-MDO

DEL 4 DE ENERO AL 31 DE MARZO

S/ 1,800

JUAN MÍO SÁNCHEZ

04/01/2016 400 Y 401

ABRIL

LOCACIÓN DE SERVICIOS AUTÓNOMOS

0212-2016-MDO

DEL 1 AL 30 DE ABRIL

S/ 1,800

***

01/04/2016 427 Y 428

MAYO LOCACIÓN DE SERVICIOS AUTÓNOMOS 2016 JUNIO JULIO AGOSTO SETIEMBRE OCTUBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE ENERO 2017 FEBRERO MARZO LOCACIÓN DE SERVICIOS AUTÓNOMOS 046-2017-MDO LOCACIÓN DE SERVICIOS AUTÓNOMOS 647-2016-MDO LOCACIÓN DE SERVICIOS AUTÓNOMOS 0486-2016-MDO 0342-2016-MDO

DEL 2 DE MAYO AL 30 DE JUNIO

S/ 2,000

JUAN MÍO SÁNCHEZ

02/05/2016 438 Y 439

RESPONSABLE DE LA SECCIÓN DE EMPADRONAMIENTO (PENSIÓN 65, BECA 18, TECHO PROPIO)

DEL 1 DE JULIO AL 30 DE SETIEMBRE

S/ 2,000

JUAN MÍO SÁNCHEZ

01/07/2016 460 Y 461

RESPONSABLE DE LA SECCIÓN DE EMPADRONAMIENTO (PENSIÓN 65, BECA 18, TECHO PROPIO)

DEL 3 DE OCTUBRE AL 31 DE DICIEMBRE

S/ 2,000

JUAN MÍO SÁNCHEZ

03/10/2016 489 Y 490

RESPONSABLE DE LA SECCIÓN DE EMPADRONAMIENTO (PENSIÓN 65, BECA 18, TECHO PROPIO)

DEL 2 DE ENERO AL 31 DE MARZO

S/ 2,000

JUAN MÍO SÁNCHEZ

02/01/2017 500 Y 501

* Según el Informe Nº 065-2018-MDO/AC, el 31 de marzo se pagó a Percy Sánchez Mío, S/ 800.00 por concepto de honorarios profesionales ** A fojas 272, obra el documento "Pantalla: pago de honorarios al señor Percy Sánchez Mío correspondiente al mes de marzo de 2015". En dicho documento se lee la siguiente glosa: "por el giro de cheque en cancelación por el servicio prestado como jefe del SISFOTH, mes de marzo de 2015, Informe Nº 032-2015-MDO/PS, Adenda Nº 059-2015-MDO, Contrato de Locación de Servicios Autónomos Nº 057-2015-MDO". *** En el documento se consigna el nombre del alcalde pero no se encuentra firmado por este. Al respecto, se debe indicar, sin embargo, que, a fojas 426, obra la Orden de Servicio Nº 00829, de fecha 18 de abril de 2016, que hace referencia al "Contrato Nº 212-2016-MDO"; asimismo, a fojas 431, obra el Recibo por Honorarios Electrónico Nº E001-10, por el monto de S/ 1 800, por concepto de "servicios profesionales prestados como responsable de la Unidad Local de Empadronamiento y los respectivos programas del Estado correspondiente al mes de abril de 2016".

10. Así, con relación al primer elemento que configura la causal de vacancia invocada, queda acreditada la existencia de contratos de índole civil y laboral celebrados por la mencionada entidad edil y Percy Sánchez Mío, desde enero de 2015 hasta marzo de 2017. Por lo demás, la ejecución de dichos contratos se verifica con lo expresado en los Informes Nº 065-2018-MDO/AC y Nº 346-2018-MDO/JRH. En ese sentido, el primer elemento se encuentra probado. 11. Ahora bien, corresponde analizar el segundo elemento de la causal invocada, el cual exige para su configuración la intervención de la autoridad edil, en

la relación contractual, como persona natural, o por interpósita persona o un tercero (persona natural o jurídica) con quien dicha autoridad tenga un interés propio (si la autoridad cuestionada forma parte de la persona jurídica que contrata con la municipalidad en calidad de accionista, director, gerente, representante o cualquier otro cargo) o un interés directo (si se advierte una razón objetiva por la que pueda considerarse que la autoridad tendría algún interés personal con relación a dicho tercero, por ejemplo, si ha contratado con sus padres, con su acreedor o deudor, etcétera).

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