Norma Legal Oficial del día 26 de marzo del año 2019 (26/03/2019)


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NORMAS LEGALES

Martes 26 de marzo de 2019 /

El Peruano

del Sistema de Gestión de la Calidad y Antisoborno, se ha temido en cuenta el Anexo SL, que es el estándar que define la nueve estructura de Alto Nivel para todos los sistemas de gestión de las Normas ISO; Que, de acuerdo a la propuesta presentada por la Unidad de Integridad y Gestión de la Calidad, el Manual del Sistema de Gestión de la Calidad y Antisoborno tiene como objetivo: Establecer una herramienta para la gestión y aplicación del Sistema de Gestión de Calidad y Antisoborno (SGCA) en el Programa Nacional Cuna Más tomando como base las normas ISO 9001:2015 e ISO 37001:2016; Que, por Memorando N° 510-2019-MIDIS/PNCM/ UPPM, el jefe de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, que hace suyo el Informe N° 054-2019-MIDIS/ PNCM/UPPM-JHC, del Especialista en Racionalización, en el cual indica que, el Manual del Sistema de Gestión de la Calidad y Antisoborno ha sido formulado por la Unidad de Integridad y Gestión de la Calidad siguiendo los aspectos contemplados en la Directiva N° 008-2018-MIDIS/PNCM "Control de Documentos y Registros del Sistema de Gestión de Calidad y Antisoborno"; por lo que dicha Unidad opina favorablemente para su aprobación, en el marco de su función establecida en el artículo 13, literal c) del Manual de Operaciones del Programa Nacional Cuna Más, y solicita se emita la respectiva Resolución de Dirección Ejecutiva; Que, mediante informe de visto, la Unidad de Asesoría Jurídica opina que, la Unidad de Integridad y Gestión de la Calidad presenta el proyecto de Manual del Sistema de Gestión de la Calidad y Antisoborno, conforme a sus atribuciones establecidas en el artículo 15, literal h) del Manual de Operaciones del Programa Nacional Cuna Más; y que la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización emite pronunciamiento favorable a dicha propuesta, de acuerdo a lo establecido en el literal c) del artículo 13 del citado manual. Asimismo, dicha Unidad señala que, teniéndose en cuenta lo expuesto por la Unidad de Integridad y Gestión de la Calidad y por la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, resulta procedente continuar con el trámite de aprobación del Manual del Sistema de Gestión de la Calidad y Antisoborno; De conformidad, con lo dispuesto en la Ley N° 29792, el Decreto Supremo N° 003-2012-MIDIS, modificado por Decreto Supremo N° 014-2017-MIDIS; la Resolución Ministerial Nº 274-2017-MIDIS; la Resolución Ministerial N° 311-2018-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1.- APROBAR el "Manual del Sistema de Gestión de la Calidad y Antisoborno", del Programa Nacional Cuna Más, el mismo que forma parte de la presente resolución. Artículo 2.- Poner en conocimiento la presente Resolución a todas las unidades (de apoyo, de asesoramiento y técnicas) que conforman el Programa Nacional Cuna Más, así como a las Unidades Territoriales a nivel nacional. Artículo 3.- DISPONER su publicación en el Portal Institucional del Programa Nacional Cuna Más (www. cunamas.gob.pe), en la fecha de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. FIORELLA JACKELINE ROJAS PINEDA Directora Ejecutiva Programa Nacional Cuna Más 1753567-1

CONSIDERANDO: Que, el artículo 14 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, establece el procedimiento para la transferencia de los recursos públicos asignados en los presupuestos institucionales de las entidades del Gobierno Nacional, por la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, para financiar la ejecución, entre otros, de proyectos de inversión en los Gobiernos Regionales o los Gobiernos Locales; Que, el párrafo 14.7 del artículo 14 de la citada Ley N° 30879 establece que mediante resolución directoral de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público se determinan las operaciones de endeudamiento cuyos recursos están comprendidos en el alcance del artículo 14; Que, resulta necesario determinar los recursos provenientes de las operaciones de endeudamiento aplicables al artículo 14 de la Ley N° 30879, teniendo en cuenta que el artículo 6 de la Ley Nº 30881, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2019, aprueba la emisión interna de bonos que, en una o más colocaciones, puede efectuar el Gobierno Nacional hasta por la suma de S/ 19 410 809 349,00 (Diecinueve Mil Cuatrocientos Diez Millones Ochocientos Nueve Mil Trescientos Cuarenta y Nueve y 00/100 Soles); De conformidad con lo dispuesto por el artículo 14 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; y por el artículo 6 de la Ley Nº 30881, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2019; SE RESUELVE: Artículo Único. Determínese que las operaciones de endeudamiento aplicables al artículo 14 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, son los correspondientes a la emisión interna de Bonos aprobada por el artículo 6 de la Ley Nº 30881, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 2 448 152 337,00 (Dos Mil Cuatrocientos Cuarenta y Ocho Millones Ciento Cincuenta y Dos Mil Trescientos Treinta y Siete y 00/100 Soles), según el siguiente detalle: a) Ministerio de Transportes y Comunicaciones, hasta por la suma de S/ 1 729 593 587,00 (Un Mil Setecientos Veintinueve Millones Quinientos Noventa y Tres Mil Quinientos Ochenta y Siete y 00/100 Soles). b) Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, hasta por la suma de S/ 718 558 750,00 (Setecientos Dieciocho millones Quinientos Cincuenta y Ocho Mil Setecientos Cincuenta y 00/100 Soles). Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE ENRIQUE SIU RIVAS Director General Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público 1753612-1

Aprueban "Lineamientos para la elaboración y remisión de información necesaria para el cálculo de los indicadores de desempeño de los Programas Presupuestales" y Anexos
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0013-2019-EF/50.01 Lima, 19 de marzo de 2019 CONSIDERANDO: Que, el artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, dispone que la Dirección General de Presupuesto Público es el ente rector y ejerce la máxima autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional de Presupuesto Público, y tiene las funciones de programar, dirigir, coordinar y evaluar la gestión del proceso presupuestario, así como emitir las directivas y normas complementarias pertinentes;

ECONOMIA Y FINANZAS
Determinan que las operaciones de endeudamiento aplicables al artículo 14 de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, son los correspondientes a la emisión interna de Bonos aprobada por la Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2019
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 011-2019-EF/52.01 Lima, 25 de marzo de 2019

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