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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE DICIEMBRE DEL AÑO 1998 (16/12/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 40

del descuento de la totalidad del interés de fracciona- miento, sólo en el caso que el contribuyente cancele el integro de las cuotas pendientes de pago dentro del plazo de la vigencia de la presente ordenanza. - Las cuotas de fraccionamiento comprendidas en este numeral no estzzín sujetas a nuevo convenio de fracciona- miento de pago. D FRACCIONAMIENTO DE PAGO DE LA DEU- DA: Los contribuyentes que paguen fraccionadamente sus obligaciones pendientes, podrían acogerse al Beneficio Especial abonando un monto inicial no me- nor al 30%~ del monto de la deuda establecida la misma que podrá ser fraccionada hasta en un plazo de tres (3 t meses. El incumplimiento de pago de alguna de las cuotas por más de 30 días a la fecha de su vencimiento dará iugar a la pérdida del beneficio y ala cobranza coactiva de la deuda original, sin el beneficio establecido en la presente ordenanza. En este caso los pagos efectuados se imputarán como pagos a cuenta de la deuda total, en la forma prevista en el Articulo 31” del Código Tribu- tario. Artículo Cuarto.- RECURSO DE RECLAMACION 0 APELACION EN TRAMITE: Tratándose de contribuyentes que tengan pendientes recursos de reclamación o de apelación en trámite, podrán acogerse al Beneficio Especial establecido en la presente ordenanza, presentando copia, original y fotocopia feda- tariada del recurso de desistimiento de la impugnación formulada. RECONOCIMIENTO DE DEUDA Artículo Quinto.- Queda entendido que los contribu- yentes acogidos al presente beneficio reconocen expresa- mente sus obligaciones pendientes materia de regulari- zación, por lo que no podrán presentar futuras reclama- ciones respecto a las deudas incluidas en dicho beneficio. GARANTIAS 0 MEDIDAS CAUTELARES Artículo Sexto.- Las garantías que se encuentren otorgadas a favor de la Municipalidad así como las medi- das preventivas trabadas, se mantendrán en tanto se concluya la cobranza de la deuda tributaria y/o la multa administrativa, salvo que el contribuyente las sustituya por otras a satisfacción de la administración. Artículo Sétimo.- Encárguese a las Oficinas de Ren- tas, Administración, Informática y Estadística y a la Ejecutoria Coactiva el cumplimiento de la presente orde- nanza en lo que les corresponda, bajo responsabilidad. Regístrese. comuníquese y cúmplase. YALILE BELTRAN DE MARTINEZ Alcaldesa 14707 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Convocan a concurso público de mé- ritos para la designación de ejecuto- res y auxiliares coactivos de la muni- cipalidad RESOLUCION DE ALCALDIA IV’ 2061 San Juan de Lurigancho, 7 de diciembre de 1998EL ALCALDE Visto el Informe N” 09%9%DR/MSJL de fecha 27 de noviembre de 1998, sobre las adecuaciones a la Ley N 26979, así como el Oficio N” 02%98.RyC/DR.MSJL; CONSIDERANDO: Que, la Ley N” 26797 ordena un enmarcamiento, el cual permite ordenar los actos administrativos de la ejecución como garantiza a los obligados el desarrollo correcto de un debido procedimiento coactivo; Que, así mismo mediante R. S. N” 1403 del 2 de setiembre de 1998, se aprueba se considere la plaza de Ejecutor Coactivo, en el Cuadro de Asignación de Perso- nal, el mismo que se encargará de ejercer las acciones de coerción para el cobro de las deudas tributarias que fueran exigibles entre otras; Que, el Municipio en la fecha cuenta con un universo tributario extenso, el mismo que por su magnitud origina un significativo número de personas omisas al cumpli- miento de sus obligaciones tributarias; Que, estando a lo dispuesto por la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público, así como las demás normas pertinentes; Que, de acuerdo a las facultades conferidas al despa- cho de Alcaldía mediante el Art. 47” de la Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar la Comisión de Concur- so Público de Méritos que se encargará de “elaborar” el “Reglamento y Bases del Concurso Público para Ejecuto- res Coactivos y Auxiliares Coactivos” en la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, comisiún que estará conformada por las siguientes personas: 1. Director Municipal (Presidente) 2. Director de la Oficina de Asesoría <Jurídica 3. Director de la Oficina de Rentas 4. Jefe de la Unidad de Personal (Secretario) Artículo Segundo.- Convocar a Concurso Público de Méritos para la designación de dos (2) Ejecutores Coacti- vos y ocho (8) Auxiliares Coactivos para la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, conforme a las disposiciones contenidas en la Ley de Procedimientos de Ejecución Coactiva, aprobado por Ley N” 26979. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LUIS SUARES CACERES Alcalde 14679 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO FE DE ERR.ATAS RESOLUCION DE ALCALDIA N” 2852-9%SEGEIMDS Por Oficio N” 1013-9%SEGEMDS, la Municipalidad de Surquillo solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución de Alcaldía N” 2852-9%SEGE/MDS, publica- da en nuestra edicihn del día 5 de diciembre de 1998, en la página 166908. \ DICE: RICARDO MARTIN NAKASAKl LA0 WILLY SOVERO URQUIA DEBE DECIR: RICARDO MARTIN NAKAZAKl LA0 WILLY GORGE SOVERO IJRQUIA 14678