Norma Legal Oficial del día 07 de noviembre del año 1998 (07/11/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, sabado 7 de noviembre de 19% cumplir con pagar, ante el Ministerio, el derecho de autorizacion, canon anual y por la publicacion de la resolucion. Articulo 3".- La ASOCIACION RADIO MORDAZA, en su condicion de titular de la presente autorizacion, esta obligada a solicitar la inspeccion tecnica a sus instalaciones hasta MORDAZA de los 60 dias calendario del vencimiento del periodo de instalacion y prueba de conformidad con el Articulo 162" del Reglamento General mencionado, debiendo asumir los gastos de viaje y viaticos que demande dicha diligencia. Estos gastos deben ser cancelados al Ministerio MORDAZA de la fecha fijada para la inspeccion. Articulo 4".- La presente autorizacion quedara sin efecto, ademas de lo dispuesto en la Ley de Telecomunicaciones y su Reglamento General, si el titular de la autorizacion se encuentra incurso en los siguientes casos: 1" No hubiera solicitado inspeccion tecnica dentro del ulazo urevisto en el Articulo 3". 2" Si vencido el periodo de prueba, la inspeccion no se hubiera realizado por causas que le MORDAZA imputables. 3" Si las pruebas de funcionamiento no son satisfactorias, o vencido el periodo de prueba no hubiera cumphdo con realizar la instalacion de los equipos. Articulo 5".- Si la inspeccion tknica a la estacion autorizada es satisfactoria, se concedera autorizacion a la ASOCIACION RADIO MORDAZA, hasta por el plazo de diez (10) anos, comprendiendose en este el periodo de instalacion y prueba autorizado. Articulo 6".- El titular de la autorizacion esta obligado a instalar y operar el servicio acorde con la presente resolucion, no pudiendo modificar las caracteristicas tecnicas a que se contrae el Articulo l", sin autorizacion previa de este Ministerio. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 12798 RESOLUCION VICEMINISTJZRIAL IV' 299-9%MTC115.03 MORDAZA, 3 de noviembre de 1998 VISTAS las solicitudes presentadas por la empresa RADIO SALCCANTAY S.C.R.LTDA., sobre autorizacion por el plazo de diez (10) anos, para operar una estacion Transmisora del Servicio de Radiodifusion Sonora Comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito, provincia y departamento de MORDAZA, asi como el cambio de ubicacion de los Estudios y Planta Transmisora de dicha estacion; CONSIDERANDO: Que por Resolucion Ministerial N" 1062.92.TC(:/15.17 del 23.NOV.92, se otorgo autorizacion a la empresa RADIO SALCCANTAY S.C.R.LTDA. para instalar y operar. por el plazo de un (1) ano, una estacion del Servicio de Radiodifusion Sonora Comercial en Frecuencia Modulada en el distrito, provincia y departamento de Cusco; Que la Direccion de Administracion de Frecuencias de la Direccion General de Telecomunicaciones, segun los terminos del Informe N" 228-98-MTC/15.19.03.02., expresa que habiendose efectuado la inspeccion tecnica a las instalaciones de la referida estacion en FM, las pruebas de funcionamiento han resultado satisfactorias y asimismo, es factible el cambio de ubicacion de los Estudios y Planta Transmisora, "cl,il'cu ti.=`1 ~,r;d.mud~¿aLl"m~, ddla.iri'rurll lnc II i¿u9%MTCX5.19.01, considera procedente autorizar la operacion de la referida estacion. nor el ulazo de diez (10) anos. aue incluye el periodo de instaiaclon-y prueba otorgado pOr* la R.M. N" 110-92 acotada; De conformidad con los Decretos Supremos N"s. 013-93TCC, 06-94-TCC y 005-98-MTC; y, Con la opinion favorable del Director General de Telecomunicaciones: SE RESUELVE: Articulo l".- Autorizar por el plazo de diez (10) anos, la empresa RADIO SALCCANTAY S.C.R.LTDA., la operacion de una estacion Transmisora del Servicio de Radiodifusion Sonora Comercial en Frecuencia Modulada (FM,, ubicada en

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el distrito, provincia y departamento de MORDAZA, asi como el cambio de ubicacion de los Estudios y Planta Transmisora y el MORDAZA de Emision, de acuerdo a las siguientes caracteristicas tecnicas: Estacion Frecuencia Indicativo Potencia Emision Horario Ubicacion de los Estudios Ubicacion de la Planta Transmisora : BC-FM : 92.7 MHz : OBW-IID

: MORDAZA El Triunfo N" 379 - 3" piso, Dist., Prov. y Dpto. Cusco. : Cerro Ucchullo, Sector Tahuantinsuyo; Disk, Prov. y Dpto. Cusco. Coordenadas: L.S. 13" 31' 05" L.O. 71" 57' 49"

Articulo 2".- El plazo de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente incluye el periodo de instalacion y prueba de un (1) ano, otorgado por R.M. N" 1062-92-TCCl 15.37, por tanto vencera el 23 de noviembre del ano 2002. La Direccion General de Telecomunicaciones procedera a extendera la empresa RADIO SALCCANTAY S.C.R.LTDA. la correspondiente Licencia de Operacion. con plazo de vigencia al de la autorizacion otorgada. Articulo 3".- La presente resolucion dejara de surtir efectos en el caso que la empresa RADIO SALCCANTAY S.C.R.LTDA. incumpla con lo establecido en el Articulo 150" del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, o incurra en alguna de las causales contempladas en los incisos 2) al 6) del Articulo 151" del Reglamento General acotado. Articulo 4".- De conformidad con el Articulo 118" del Reglamento General en mencion, la empresa RADIO SALCCANTAY S.C.R.LTDA. no podra introducir modificaciones en las caracteristicas tecnicas establecidas en el Articulo 1" de la presente resolucion, sin la autorizacion previa de este Ministerio. Articulo 5".- Los derechos otorgados en la presente resolucion son intransferibles, salvo previa autorizacion del MinisteriodeTransportes, Comunicaciones,ViviendayConstruccion, caso contrario y en aplicacion del Articulo 51" del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N" 013-93-TCC, la presente resolucion quedara automaticamente anulada. Articulo 6".- La empresa RADIO SALCCANTAY S.C.R.LTDA. para solicitar la renovacion de la autorizacion otorgada, observara el plazo previsto en el Articulo 178" del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 12900 RESOLUCION VICEMINISTERIAL W 300-9%MTCh5.03 MORDAZA, 3 de noviembre de 1998 Visto el Expediente N" 964138 presentado por la empresa EMISORAS POPULARES PERUANAS S.A.. oara establecer una estacion Retransmisora del Servicio'de Radiodifusion Sonora Comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la
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Que el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N" 013-93-TCC, en sus Articulos 22", 48" y 49" prescribe que, la autorizacion, el permiso y la licencia, es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de telecomunicaciones, instalar en un lugar determinado equipos de radiocomunicacion y operar dicho servicio autorizado, respectivamente: Que el Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N" 06-94-TCC, y modificado por D.S. N" 005-98-MTC, en sus Articulos 161" y 162" indica la informacion y documentacion que debera acompanar la persona solicitante para obtener la autorizacion respectiva, y que luego de otorgada se inicia un periodo dentro del cual el titular instalara los equipos requeridos

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