Norma Legal Oficial del día 07 de noviembre del año 1998 (07/11/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, sabado 7 de noviembre de 1998

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El plazo de la autorizacion y el permiso concedido se computara a partir del dia siguiente de publicada la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2".- Dentro de los treinta (30) dias de publicada la presente resolucion, el titular de la autorizacion debera cumplir con pagar, ante el Ministerio, el derecho de autorizacion, canon anual y por la publicacion de la resolucion. Articulo 3".- La empresa RADIO SABORMIX S.A., en su condicion de titular de la presente autorizacion, esta obligada a solicitar la inspeccion tecnica a sus instalaciones hasta MORDAZA de los 60 dias calendario del vencimiento del periodo de instalacion y prueba de conformidad con el Articulo 162" del Reglamente General mencionado, debiendo asumir los gastos de viaje y viaticos que demande dicha diligencia. Estos gastos deben ser cancelados al Ministerio MORDAZA de la fecha tijada para la inspeccion. Articulo 4".- La presente autorizacion quedara sin efecto, ademas de lo dispuesto en la Ley de Telecomunicaciones y su Reglamento General, si el titular de la autorizacion se encuentra incurso en los siguientes casos: 1" No hubiera solicitado inspeccion tecnica dentro del plazo previsto en el Articulo 3". 2" Si vencido el periodo de prueba, la inspeccion no se hubiera realizado por causas que le MORDAZA imputables. 3" Si las pruebas de funcionamiento no son satisfactorias, o vencido el periodo de prueba no hubiera cumplido con realizar la instalacion de los equipos. Articulo 5".- Si la inspeccion tecnica a la estacion autorizada es satisfactoria, se concedera autorizacion a la empresa RADIO SABOR MM S.A., hasta por el plazo de diez (10) anos, comprendiendose en este el periodo de instalacion v prueba autorizado. Articulo 6".- El titular de la autorizacion esta obligado a instalar y operar el servicio acorde con la presente resolucion, no pudiendo modificar las caracteristicas tecnicas a que se contrae el Articulo l", sin autorizacion previa de este Ministerio. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 12804 J RESOLUCION VICEMINISTERIAL W 305-9%MTCY15.03 MORDAZA, 3 de noviembre de 1998 VISTAS las solicitudes presentadas por la empresa FRECUENCIA "LA RADIO FIESTA" E.I.R.LTDA., sobre autorizacion por el plazo de diez (10) anos, para operar una estacion Transmisora del Servicio de Radiodifusion Sonora Comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito y provincia de Chanchamayo, departamento de MORDAZA, asi como el cambio de ubicacion de los Estudios y Planta Transmisora de dicha estacion; CONSIDERANDO: Que por Resolucion Ministerial N" 576-96-MTC15.17, del lS.OCT.96, se concedio autorizacion v permiso de instalacion y prueba por el plazo de doce (12) meses, a la empresa FRECUENCIA "LA RADIO FIESTA' E.I.R.LTDA.! para operar una estacion Transmisora del Servicio de Radiodifusion Sonora Comercial en Frecuencia Modulada (FM). en la MORDAZA de La Merced. distrito v orovincia de Chanchamavo. < d ' departamento de Junin; Que la Direccion de Administracion de Frecuencias de la Direccion General de Telecomunicaciones, segun los terminos del Informe N" 98-98-MTC/15.19.03.02., expresa que habiendose efectuado la inspeccion tecnica a las instalaciooes de la referida estacion en FM, las pruebas de funcionamiento han resultado satisfactorias y asimismo, es factible el cambio de ubicacion de los Estudios y Planta Transmisora, asi como el MORDAZA de Emision de la estacion, emitiendo su conformidad tecnica; Que la Direccion de Asesoria Tecnica de la Direccion General de Telecomunicaciones, mediante Informe N" 41498-MTCi15.19.01, considera procedente autorizar la operacion de la referida estacion, por el plazo de diez (10) anos, que incluye el periodo de instalacion y prueba otorgado por la R.M. N" 576-96 acotada; De conformidad con los Decretos Supremos N"s. 013-93I'CC, 06.94-TCC y 00598-MTC; y,, Con la opinion favorable del Director General de Telecomunicaciones;

3" Si las pruebas de funcionamiento no son satisfactorias, o vencido el periodo de prueba no hubiera cumplido con realizar la instalacion de los equipos. Articulo 5".- Si la inspeccion tecnica a la estacion autorizada es satisfactoria, se concedera autorizacion a la empresa RADIO MAR S.A., hasta por el plazo de diez (10) anos, comprendiendose en este el periodo de instalacion y prueba autorizado. Articulo 6".- El titular de la autorizacion esta obligado a instalar y operar el servicio acorde con la presento resolucion, no pudiendo modificar las caracteristicas tecnicas a que se contrae el Articulo l", sin autorizacion previa de este Ministerio. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 12893 RESOLUCION VICEMINISTERIAL IV 303-9¿3-MTCY15.03 MORDAZA, 3 de noviembre de 1998 Visto el Expediente N" 970277 presentado por la empresa RADIO SABOR MM S.A., para establecer una estacion Retransmisora del Servicio de Radiodifusion Sonora Comercial en Frecuencia Modulada 1 FM), ubicada en el distrito de San MORDAZA de Canete, provincia de Canete, departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N" 013-93-TCC, en sus Articulos 22", 48" y 49" prescribe que, la autorizacion, el permiso y la licencia, es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de telecomunicaciones, instalar en un lugar determinado equipos de radiocomunicacion y operar dicho servicio autorizado, respectivamente; Que el Re lamento General de la Ley de Telecomunicaciones, apro`b ado por Decreto Supremo W 06-94-TCC, y modificado por D.S. N" 005-98-MTC, en sus Articulos 161" y 162" indica la informacion y documentacion que debera acompanar la persona solicitante para obtener la autorizacion respectiva, y que luego de otorgada se inicia un periodo dentro del cual el titular instalara los equipos requeridos para la prestacion del servicio y se realizaran las pruebas de funcionamiento; Que la Direccion de Administracion de Frecuencias y la Direccion de Asesoria Tecnica de la Direccion General de Telecomunicaciones, segun los Informes NS. 418.97-MTC/ 15.19.03.2. y 050-9%MTC/15.19.01., consideran procedente la solicitud de la empresa RADIO SABOR MM S.A. al haber cumplido con la informacion y documentacion exigida por el Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones; De conformidad con los Decretos Supremos Nos. 013-93TCC, 06-94-TCC y 005-9%MTC; y? Con la opinion favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo lo.- Otorgara la empresa RADIO SABOR MM S.A., autorizacion y permiso de instalacion y prueba por el plazo improrrogable de doce (12) meses, para operar una estacion Retransmisora del Servicio de Radiodifusion Sonora Comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito de San MORDAZA de Canete, provincia de Canete, departamento de MORDAZA, de acuerdo alas siguientes caracteristicas tecnicas: Estacion Frecuencia Indicativo Potencia Emision Horario Ubicacion de la Planta Retransmisora : BC-FM : 99.9 MHz : OBR-4K : 1ooow. : 256F8E : H24 : Jr. Mariscal MORDAZA N" 999, Dist. SanVicente de Canete. Prov. Canete, Dpto. Lima. Coordenadas: L.O. 76" 23' 01" LS. 13" 04' 32.3"

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