Norma Legal Oficial del día 07 de noviembre del año 1998 (07/11/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

Pag. 165524 c{peruar#, i:LIl;1;para la prestacion del servicio y se realizaran las pruebas de funcionamiento; Que la Direccion de Administracion de Frecuencias y la Direccion de Asesorla Tecnica de la Direccion General de Telecomunicaciones, segun los Informes N'k. 414-97-MTC/ 15.19.03.2. y 01598-MTC/15.19.01., consideran procedente la solicitud de la EMISORAS POPULARES PERUANAS S.A. al haber cumplido con la informacion y documentacion exigida por el Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones; De conformidad con los Decretos Supremos Ns. 013-93TCC, 06-94-TCC y 005-9%MTC; y, Con la opinion favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: LARES PERUANAS S.A., autorizacion y permiso de instalacion y prueba por el plazo improrrogable de doce (121 meses, para operar una estacion Retransmisora del Servicio de Radiodifusion Sonora Comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la MORDAZA de Tingo MORDAZA, distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia de MORDAZA MORDAZA, departamento de MORDAZA, de acuerdo a las siguientes caracteristicas tecnicas: Estacion Frecuencia Indicativo Potencia Emision Horario Ubicacion de la Planta Retransmisora BC-FM 104.5 MHz OAT-SB 500 w. 256F8E H24 Cerro La MORDAZA Durmiente, Dist. MORDAZA MORDAZA, Prov. MORDAZA MORDAZA, Dpto. Huanuco. Coordenadas: L.O. 75" 59' 53.5" LS. 09" 07' 52.8" El plazo de la autorizacion y el permiso concedido se computara a partir del dia siguiente de publicada la presente resolucion en el Diario Olicial El Peruano. Articulo !X'.- Dentro de los treinta (30) dias de publicada la presente resolucion, el titular de la autorizacion debera cumplir con pagar, ante el Ministerio, el derecho de autorizacion, canon anual y por la publicacion de la resolucion. Articulo 3".- La empresa EMISORAS POPULARES PERUANAS S.A., en su condicion de titular de la presente autorizacion, esta obligada a solicitar la inspeccion tecnica a sus instalaciones hasta MORDAZA de los 60 dias calendario del vencimiento del periodo de instalacion y prueba de conformidad con el Articulo 162" del Reglamento General mencionado, debiendo asumir los gastos de viaje y viaticos que demande dicha diligencia. Estos gastos deben ser cancelados al Ministerio MORDAZA de la fecha fijada para la inspeccion. Articulo 4".- La presente autorizacion quedara sin efecto, ademas de lo dispuesto en la Ley de Telecomunicaciones y su Reglamento General, si el titular de la autorizacion se encuentra incurso en los siguientes casos: 1" No hubiera solicitado inspeccion tecnica dentro del plazo previsto en el Articulo 3". 2" Si vencido el periodo de prueba, la inspeccion no se hubiera realizado por causas que le MORDAZA imputables. 3" Si las pruebas de funcionamiento no son satisfactorias, o vencido el periodo de prueba no hubiera cumplido con realizar la instalacion de los equipos. Articulo 5".- Si la inspeccion tecnica a la estacion autorizada es satisfactoria, se concedera autorizacion a la empresa EMISORAS POPULARES PERUANAS S.A., hasta por el plazo de diez (10) anos, comprendiendose en este el periodo de instalacion y prueba autorizado. Articulo 6".- El titular de la autorizacion esta obligado a instalar y operar el servicio acorde con la presente resolucion, no pudiendo modificar las caracteristicas tecnicas a que se contrae el Articulo l", sin autorizacion previa de este Ministerio. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones
12801 Articulo l".- Otorgar a la empresa EMISORAS POPU-

MORDAZA, sabado 7 de noviembre de 1998

RRSOLUCION VICEMINISTERIAL W 302-9t3-MTC115.03

MORDAZA, 3 de noviembre de 1998 Visto el Expediente N" 953253 presentado por la empresa RADIO MAR S.A., para establecer una estacion Retransmisora del Servicio de Radiodifusion Sonora Comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito de Caraz, provincia de Huaylas, departamento de Ancash; CONSIDERANDO Que el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo W 013-93-TCC, en sus Artkulos 22", 48" y 49" prescribe que, la autorizacion, el permiso y la licencia, es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de telecomunicaciones, instalar en un lugar determinado equipos de radiocomunicacion y operar dicho servicio autorizado, respectivamente; Que el Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo W 06-94-TCC, y SUS modificatoras aprobadas por D.S. N" 005-9%MTC, indica la informacion y documentacion ue debera acompariar la persona solicitante para obtener1a autorizacion respectiva, y que luego de otorgada se inicia un periodo dentro del cual el titular instalara los equipos requeridos para la prestacion del servicio y se realizaran las pruebas de funcionamiento; Que la Direccion de Administracion de Frecuencias y la Direccion de Asesorfa Tecnica de la Direccion General de Telecomunicaciones, segun los Informes N"s. 231-98-MTC/ 15.19.03.2. y 417-98-MTC/15.19.01., consideran procedente la solicitud de la empresa RADIO MAR S.A. al haber cumplido con la informacion y documentacion exigida por el Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones; De conformidad con los Decretos Supremos NS. 013-93TCC, 06-94-TCC y 005-98-MTC; y,, Con la opinion favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo Io.- Otorgar a la empresa RADIO MAR S.A.. autorizacion y permiso de instalacion y prueba por el plazo improrrogable de doce (12) meses, para operar una estacion Retransmisora del Servicio de Radiodifusion Sonora Comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito de Caraz, provincia de Huaylas, departamento de MORDAZA, de acuerdo a las siguientes caracteristicas tecnicas: Estacion Frecuencia Indicativo Potencia Emision Horario Ubicacion de la Planta Retransmisora : BC-FM : 106.1 MHz : OAT-3D : 3oow. : 256F8E : H24 : Cerro San MORDAZA, Dist. Caraz, Prov. Huaylas, Dpto. Ancash. Coordenadas: T,.O. -.-. 770 .47' 28" -L.S. 09" 02' 20" El plazo de la autorizacion y el permiso concedido se com utara a partir del dia siguiente de publicada la presente reso 1 ucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2".- Dentro de los treinta (30) dias de publicada la presente resolucion, el titular de la autorizacion debera cumplir con pagar, ante el Ministerio? el derecho de autorizacion, canon anual y por la publicacion de la resolucion. ArticuIo 3".- La empresa RADIO MAR S.A., en su condicion de titular de la presente autorizaci6n esta obligada a solicitar la inspeccion t6cnica a sus instalaciones hasta MORDAZA de los 60 dias calendario del vencimiento del perfodo de instalacion y prueba de conformidad con el Articulo 162" del Reglamente General mencionado, debiendo asumir los gastos de viaje y viaticos ue demande dicha diligencia. Estos gastos deben ser cancePados al Ministerio MORDAZA de la fecha fijada para la inspeccion. Articulo 4".- La presente autorizacion quedara sin efecto, ademas de lo dispuesto en la Ley de Telecomunicaciones y su Reglamento General, si el titular de la autorizacion se encuentra incurso en los siguientes casos: 1" No hubiera solicitado inspeccion tecnica dentro del plazo previsto en el Articulo 3". 2" Si vencido el periodo de prueba, la inspeccion no se hubiera realizado por causas que le MORDAZA imputables.

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