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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1998 (23/09/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 32

Pág. 164246 laj3@$atm ~ Lima, miércoks 23 ck setiembre de 1998 Inde ndiente Vamos Vecino, don Néstor Alberto Cuellar Cárirnae, en apelación de la Resolución N° 01 de fecha ll de setiembre del año en curso; CONSIDERANDO: Que don Wilfredo Martin Zapata Zeballos personero de Movimiento Independiente Somos Pení interpuso por ante el Jurado Electoral Especial de Mariscal Nieto tacha contra don Néstor Alberto Cuellar Cárdenas, candidato a Regidor del Concejo Provincial de Mariscal Nieto por la Agrupación Independiente Vamos Vecino; alegando que el citado candi- date en su condición de Gerente de la empresa de Servicioa Múltiples y Transportes “Santa Fortunata” tiene interés en la concesión de rutas de transporte urbano otorgada a su representada, ademas viene sosteniendo una acción de dn~~o~~~~~~~~~~~~ Articulo 23° numerales 7 y 8 de la Ley Orgánica de Munici- 1”idades N° 23863; que el Jurado Electoral Especial de ariscal Nieto por Resolución N° 01 de fecha ll de setiem- bre del año en curso, declaro fundada la tacha interpuesta por don Wilfredo Martin Zapata Zeballos, personero 1T de la Agrupación Independiente Somos Perú, en contr ael ciudadano Alberto Cuellar Cardenas, candidato a Regidor al Concejo Provincial de Mariscal Nieto por el Movimiento Independiente Vamos Vecino; Que, del analisis de autos se establece que la Empresa de Trans rtes Servicios Múltiples “Santa Fortunata”ssssssssssssssssss k?sol uciones de Alcaldia N°s. 1297 y 1316-9hkUN~~~ de fechas 24 de octubre de 1995 fue autorizada para la concesión de las Rutas N°s. OS Rirestar servicio público de pasajeros; que en e P16, para Re tro ercantil don Néstor Alberto Cuellar Cárdenas en fecEi12 de abril de 1996 fue nombrado Gerente General de la referida empresa; que la empresa en mención tiene proceso RInal y acción de amparo en contra de la Municipalidad de arisca1 Nieto, en cuyos escritos el candidato tachado se presenta ante autoridades judiciales como Gerente General de la indicada empresa; que la alegación que hace el personero de la lista a la que se le habría concedi 1ue pertenece el candidato tachado o licencia indefinida no prueba el hecho que haya dejado de ser Gerente de la ya indicada empresa, debido a que tal licencia no ha sido inscrita en los Registros Públicos; por lo que se acredita que como repre- sentante legal de la Empresa de Transportes y ServicioaMúltiples tiene interés en una concesión otorgada r la municipalidad, y en consecuencia está incurso don iréstor Alberto Cuellar Cárdenas en la causal de tacha establecida por el Articulo 9° numeral 4 de la Ley de Elecciones Muni- cipales N° 26864, concordante con el Articulo 23° numeral 7delaLeyTnica El Juradode Municipalidades N° 23853; acional de Elecciones, en uso de sus atribu- ciones; RESUELVE: Articulo PRIMERO --Confirmar la Resolucion N° 01 de fecha ll de setiembre del año en curso., emitida por el Jurado Electoral Especial de Mariscal Nieto, que declaro fundada la tacha interpuesta por don Wilfredo Martin Zapata Zeballos, Personero Legal de la Agru ción Inde- pendiente Somos Perú en contra del ciuda 8”ano Néstor Alberto Cuellar Cárdenas, candidato a Regidor al Concejo Provincial de Mariscal Nieto por el Movimiento Indepen-dien&~g8 Vecmo. YFndo.- resolución a laPoner en conocimiento la presente icina Nacional de Procesos Electoralea y al Jurado Electoral Especial de Mariscal Nieto. Registrese y comuníquese. SS. SERPA SEGURA, BRINGAS VILLAR; MUÑOZ ARCE; HERNANDEZ CANELO; Secretario General, TRUJILLANO 10864 RESOLUCION N° 717-98-JNE Lima, 22 de setiembre de 1998 Visto, el Oficio N° 074-98-JEE-Huaura, recibido el 19 de setiembre del año en curso, remitido por la doctora Ana María Guerra Sato, Presidenta del Jurado Electoral Espe- cial de la provincia de Huaura, elevando el recurso deapelación formulado ricdon Pedro Jesús Palomo Romero, contra la Resolución 056-98 exP mediante la cual se declara infun‘da por dicho Jurado, la tacha presentada contra el candidato a la Alcaldfa de la citad arovincia la Lista Independiente Somos Huacho y susiit3trito0~~~ Carlos Augusto Meza Velásquez, con ocasión de las Eleccio- nes Municipales del ll de octubre próximo; CONSIDERANDO Que, la tacha presentada contra el candidato Carlos Augusto Meza Velásquez, se funda en la sentencia de fecha 8 de enero de 1997, expedida por la Sala Penal Permanente de Huaura, mediante la cual se le condena a la pena privativa de la libertad de dos años, la misma que se suspende condicionalmente r el término de un año bajo las corres ndientes reglas e conducta; la misma que fuea$8”confirmm a con fecha dos de setiembre del mismo año, por la Corte Suprema de Justicia; Que, por auto de fecha cinco de agosto de 1998, el Juez Penal Permanente de Procesos en Reserva declara rehabi-litado a don Carlos Augusto Meza Velasquez y otro restitu- yéndole en sus derechos suspendidos o restringidoa por la sentencia se canceló los antecedentes policiales y judicia- lesue se zb3:ubieren generado a causa del presente proceso; e,de conformidad con el inciso 4) del Artículo 9” de la Ley de Elecciones Municipales N° 26864, están imPidos de ser candidatos en elecciones municipales loe ciu adanos a los que se refieren, entre otros, el inciso 9) de la Ley N° 23863 “Ley Orgánica de Municipalidades”; no siendo esto aplicable al caso de autos; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribu- ciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Confirmar la Resolución N° 056- 98 expedida por el Jurado Electoral Especial de la provincia de Huaura, que declara infundada la tacha interpuesta porel ciudadano Pedro Jesús Palomo Romero, contra el candi- dato a la Alcaldfa Provincial de Huaura, señor Carlos Augusto Meza Velásquez, por la Lista Independiente “So- mos Huaura y sus distritos ; conocimiento del recurren- te, el Jurado Electoral Es y la Oficina Nacional de lcz?1 de la provincia de Huaura esos Electoralee (ONPE). Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SERPA SEGURA, BRINGAS VILLAR; MUÑOZ ARCE; HERNANDEZ CANELO; Secretario General, TRUJILLANO RESOLUCION N° 718-98-JNE Lima, 22 de setiembre de 1998 Visto, el Oficio N° 39-98-JEE/HBBA recibido el 18 de setiembre del año en curso, remitido por el doctor Nazario Moquillaza Mayuri, Presidente del Jurado Electoral Espe- cial de larovincia de Huacaybamba, departamento de Huánuco, e evando la apelación interpuesta por el ciudada- P no Arturo Beltrán Asencios, contra la Resolución N° 06-98 expedida por dicho Jurado, mediante la cual se resuelve declarar infundada la tacha interpuesta por el recurrente, a la candidatura de don Luis d9l Tarazona Silva, a la Alcaldia del Concejo Municipal de la Agru ci6n Inreferida provincia, por rependiente “Movimiento Independiente Vamos ecino" con ocasión de las Elecciones Municipales del ll de octubre próximo; CONCIDERANDO:: Que, la tacha de visto se funda en ue don Luis Angel Tarazona Silva no tiene autorización %el Partido Aprieta Peruano, en el cual supuestamente milita, para postular como Alcalde del Concejo Provincial de Huacaybamba, por la Agruuación Independiente “Movimiento Independiente Vamos t;ecino”; que, el recurrente acompaña como prueba una carta de fecha 17 de mayo de 1996, la cual el tachadosuscribe en su calidad de Secretario General JAP - Huaáu- co, y un “certificado” del Secretario Departamental PAP Huánuco de fecha 8 de setiembre de 1998, donde aparece el mismo tachado, como militante del Partido Aprista Peruano;