Norma Legal Oficial del día 08 de abril del año 1999 (08/04/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 8 de MORDAZA de 1999

PESQUERIA
Otorgan a persona natural concesion para desarrollar la actividad de acuicultura mediante el cultivo del recurso "pulpo"
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 012-99-PE/DNA MORDAZA, 6 de MORDAZA de 1999 Visto el escrito con Registro Nº CE-003001 de fecha 8 de enero de 1999, presentado por la senora MORDAZA MORDAZA SALLERES MORDAZA DE MURGUIA, mediante el cual solicita concesion para desarrollar la actividad de acuicultura; CONSIDERANDO: Que los Articulos 41º, 42º y 44º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, y el Articulo 111º de su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE; establecen que el Ministerio de Pesqueria otorga concesiones a plazo determinado para permitir el desarrollo de la actividad acuicola en terrenos publicos, en fondos o en aguas marinas y continentales; Que por Decreto Supremo Nº 001-98-PE se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, considerandose en el Procedimiento Nº 29 correspondiente a la Direccion Nacional de Acuicultura, el de concesion para desarrollar la actividad de acuicultura, el mismo que ha sido modificado por Resolucion Ministerial Nº 505-98-PE; Que mediante el expediente del visto, la recurrente solicita se le otorgue concesion para desarrollar la actividad de acuicultura, mediante el cultivo del recurso "pulpo" (Octopus vulgaris), en un area de mar, ubicada en la MORDAZA Tres Penas, playa Embajadores, distrito de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de Lima; Que mediante Resolucion Directoral Nº 0409-98/DCG de 6 de octubre de 1998 la Direccion General de Capitanias y Guardacostas de la MORDAZA de MORDAZA del Peru - Ministerio de Defensa, considera como extension habil para el desarrollo de la maricultura el area solicitada; Estando a lo informado por la Direccion de Maricultura de la Direccion Nacional de Acuicultura a traves de la Nota Nº 114-99-PE/DNA-Dm, que sustenta la procedencia de lo solicitado por la recurrente, al haber cumplido con los requisitos del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, por la Direccion de Medio Ambiente a traves del Oficio Nº 18799-PE/DIREMA, y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 01-94-PE; el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-98-PE, modificado por Resolucion Ministerial Nº 505-98-PE de fecha 9 de octubre de 1998; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la senora MORDAZA MORDAZA SALLERES MORDAZA DE MURGUIA, concesion para desarrollar la actividad de acuicultura, mediante el cultivo del recurso "pulpo" (Octopus vulgaris), en un area de mar de cuatro mil ciento cincuenta metros cuadrados (0.415 ha.), en la MORDAZA Tres Penas, playa Embajadores, distrito de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, delimitada por las siguientes coordenadas geograficas: VERTICE A B C D E F G H LATITUD SUR 12° 24' 19.317" 12° 24' 18.758" 12° 24' 18.758" 12° 24' 19.996" 12° 24' 19.916" 12° 24' 20.368" 12° 24' 21.000" 12° 24' 21.000" LONGITUD OESTE 76° 46' 48.000" 76° 46' 46.635" 76° 46' 45.010" 76° 46' 45.010" 76° 46' 46.018" 76° 46' 47.090" 76° 46' 47.090" 76° 46' 48.000"

Articulo 2º.- La concesion para desarrollar la actividad de acuicultura a que se contrae el articulo precedente comprende acondicionamiento del medio, obtencion de larva planctonica y semilla, siembra, crianza y cosecha; dentro de las coordenadas que delimitan su concesion. Articulo 3º.- La concesion a que se refiere el articulo precedente se otorga por un plazo de diez (10) anos, renovable por periodos iguales; debiendo la beneficiaria cumplir con lo siguiente: a) Prever que el desarrollo de sus actividades no afecte o altere el medio ambiente o altere el equilibrio bioecologico del sistema MORDAZA circundante. b) Tramitar ante la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, la correspondiente autorizacion para la ocupacion de area del mar. c) Tramitar ante la Direccion Nacional de Extraccion el permiso correspondiente para el abastecimiento de semilla o larva, cuando dicha actividad se realice fuera del area de la concesion otorgada. d) Presentar informes semestrales a la Direccion Nacional de Acuicultura, sobre las actividades realizadas y los resultados obtenidos en el desarrollo del cultivo. e) La transferencia de la propiedad o posesion de las respectivas instalaciones acuicolas debera ser comunicada a la Direccion Nacional de Acuicultura. Articulo 4º.- La utilizacion del objeto de la concesion con una finalidad distinta a aquella por la cual se otorgo, el incumplimiento de los objetivos prefijados en el proyecto que motivo su otorgamiento, no acreditar la ejecucion de su proyecto dentro de los plazos establecidos en la normatividad vigente, el incumplimiento de las normas ambientales y de lo establecido en la presente Resolucion Directoral, seran causales de caducidad o reversion del derecho concedido y estara sujeta a las sanciones que correspondan. Articulo 5º.- Transcribase la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional de Acuicultura (e) 4468

Declaran improcedente solicitud de otorgamiento de licencia para la operacion de planta de procesamiento de harina de pescado
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 033-99-PE/DNPP MORDAZA, 6 de MORDAZA de 1999 Vistos los escritos con Registros Nºs. 5432 de 18 de setiembre de 1997, 01036003 de 20 de marzo y 13 de MORDAZA de 1998, y 04007001 de 21 de MORDAZA de 1998 presentados por PESQUERA ACUARIUS S.R. Ltda. CONSIDERANDO: Que por Resolucion Directoral Nº 515-89-PE/DGT de 14 de diciembre de 1989, prorrogada en cuanto al termino para su instalacion por la Resolucion Directoral Nº 101-91-PE/ DGT de fecha 16 de MORDAZA de 1991 y modificada por Resolucion Directoral Nº 069-92-PE/DGT de 23 de junio de 1992, se otorgo a PESQUERA ACUARIUS S.R. Ltda. concesion para que se dedique a la transformacion de productos hidrobiologicos para consumo humano indirecto, fijandose en 15 t/h la capacidad de reduccion con que debia operar la planta de harina de residuos y especies desechadas a instalarse en su establecimiento industrial pesquero ubicado en Huamanchacate s/n, distrito y provincia del MORDAZA, departamento de Ancash; Que por Resolucion Ministerial Nº 343-94-PE de 23 de agosto de 1994 se otorgo a PESQUERA ACUARIUS S.R. Ltda. licencia para la operacion de su planta de procesamiento de harina de pescado con una capacidad de 15 t/h, en adecuacion al Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE;

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