Norma Legal Oficial del día 11 de abril del año 1999 (11/04/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, MORDAZA 11 de MORDAZA de 1999 Exp./Codigo

NORMAS LEGALES
Propietario MORDAZA Longitud (m.) 2 090

Pag. 171969
Ancho de la faja (m.) 4

Salida/Llegada del MORDAZA de acceso

11074498

Carretera existente - MORDAZA Nahuincocha

Comunidad Campesina de MORDAZA

Trocha Carrozable

Articulo 2º.- Los propietarios de los predios sirvientes no podran construir obras de cualquier naturaleza ni podran realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de las servidumbres constituidas. Articulo 3º.- ELECTROPERU S.A., debera adoptar las medidas necesarias a fin de que los predios sirvientes no sufran dano ni perjuicio por causa de la servidumbre, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Articulo 4º.- ELECTROPERU S.A., debera velar permanentemente para evitar que en la faja de servidumbre se ejecute cualquier MORDAZA de construccion. Articulo 5º.- La presente resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HOKAMA Ministro de Energia y Minas 4109 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 134-99-EM/VME MORDAZA, 25 de marzo de 1999 Visto, el Expediente Nº 11077498, que incluye los documentos con Registro Nºs. 1205445 y 1223507, presentado por Electricidad del Peru S.A. - ELECTROPERU S.A., solicitando la imposicion de las servidumbres de acueductos, embalses, obras hidroelectricas y de MORDAZA para la custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones en el rio Pongor, ubicadas en el distrito de Exp./Codigo 11077498 Descripcion de la Servidumbre Rio Pongor 1) Obras hidroelectricas. (instalaciones y obras de afianzamiento hidrico)

Colcabamba, provincia de Tayacaja, departamento de Huancavelica; CONSIDERANDO: Que, ELECTROPERU S.A., empresa concesionaria de generacion de energia electrica, en merito de las Resoluciones Supremas Nºs. 058-94-EM y 059-94-EM de fecha 3 de octubre de 1994 ha solicitado la imposicion de las servidumbres de acueductos, embalses, obras hidroelectricas y de MORDAZA para la custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones en el rio Pongor; Que, la peticion se encuentra amparada en lo dispuesto por los incisos a), e) y f) del Articulo 110º y siguientes de la Ley de Concesiones Electricas (Decreto Ley Nº 25844) y el Articulo 220º y siguientes de su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes ha emitido el Informe favorable Nº 043-99-EM/DGE; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Imponer las servidumbres de acueductos, embalses, obras hidroelectricas y de MORDAZA para la custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones en el rio Pongor, ubicadas en distrito de Colcabamba, provincia de Tayacaja, departamento de Huancavelica, a favor de Electricidad del Peru S.A. - ELECTROPERU S.A.; con caracter permanente de acuerdo a la documentacion tecnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro: Propietarios Tipos de Terreno Tierras diversas

Area de Servidumbre

Area: Terrenos de terceros = 3 966,188 m2

1. MORDAZA MORDAZA Camborda (Fundo Mandor) 2. El Estado

Area: Terrenos del Estado = 132 307,84 m2 Coordenadas UTM: (Especificadas en el Plano POCRP-SE-02) Articulo 2º.- Los propietarios de los predios sirvientes no podran construir obras de cualquier naturaleza ni podran realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de las servidumbres constituidas. Articulo 3º.- ELECTROPERU S.A., debera adoptar las medidas necesarias a fin de que los predios sirvientes no sufran dano ni perjuicio por causa de la servidumbre, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Articulo 4º.- ELECTROPERU S.A., debera velar permanentemente para evitar que en la faja de servidumbre se ejecute cualquier MORDAZA de construccion. Articulo 5º.- La presente resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HOKAMA Ministro de Energia y Minas 4110 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 135-99-EM/VME MORDAZA, 25 de marzo de 1999

Visto, el Expediente Nº 11073998, que incluye los documentos con Registro Nºs. 1203222, 1213605 y 1217508, presentado por Electricidad del Peru S.A. - ELECTROPERU S.A., solicitando la imposicion de las servidumbres de acueductos, embalses, obras hidroelectricas, de paso y de MORDAZA para la custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones en la MORDAZA Balsacocha, ubicada en el distrito de Chongos Alto, provincia de Huancayo, departamento de Junin; CONSIDERANDO: Que, ELECTROPERU S.A., empresa concesionaria de generacion de energia electrica, en merito de las Resoluciones Supremas Nºs. 058-94-EM y 059-94-EM de fecha 3 de octubre de 1994 ha solicitado la imposicion de las servidumbres de acueductos, embalses, obras hidroelectricas, de paso y de MORDAZA para la custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones en la MORDAZA Balsacocha; Que, la peticion se encuentra amparada en lo dispuesto por los incisos a), e) y f) del Articulo 110º y siguientes de la Ley de Concesiones Electricas (Decreto Ley Nº 25844) y el Articulo 220º y siguientes de su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los

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