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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE ABRIL DEL AÑO 1999 (11/04/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 8

Pág. 171948 NORMAS LEGALES Lima, domingo 11 de abril de 1999 El estado de conservación del paisaje o región está en relación con el tipo mayoritario de actividades humanas realizadas en el paisaje y la capacidad de regeneración (resiliencia) del mismo. Se dará prioridad para el establecimiento de la ANP a aquellos paisajes cuya capacidad de regeneración, luego de la influencia de los factores adversos, sea muy baja (paisajes con alta vulnerabilidad). Además, las áreas con alto valor por la diversidad biológica amenazada, es decir, donde la magnitud de la presión humana sobre el área propuesta pueda compro- meter estos valores, deben tener prioridad. No será tan urgente el establecimiento de una ANP en aquellas áreas identificadas como importantes pero natu- ralmente protegidas (aisladas) como en donde las activi- dades de uso actual y potencial podrían contribuir a la degradación del hábitat. Adicionalmente será importante contar con la acepta- ción y el apoyo de las poblaciones locales para el estable- cimiento y futuro desarrollo del ANP y de su área de amortiguamiento, trabajando desde el inicio con ellas en proponer alternativas de desarrollo. Valor socioeconómico Las necesidades territoriales para la subsistencia, la recreación y la integración intercultural adecuada de las poblaciones locales, constituyen consideracio- nes en estos procesos de selección, de modo que el área natural protegida por el Estado contribuya a diversi- ficar la economía local, regional y nacional con activi- dades sostenibles en el largo plazo. Hay que conside- rar y evaluar por su importancia los siguientes facto- res: • Significado étnico, histórico y cultural por la presencia de restos arqueológicos, escenarios de im- portancia histórica y aspectos mágico-religiosos. Es- tas consideraciones deben tomarse en cuenta en la zonificación y el uso del área por las poblaciones locales para no interferir con los patrones de la cultura local. • Importancia actual y potencial del área como destino turístico, de recreación y de esparcimiento de las poblacio- nes locales o provenientes de otros ámbitos. • Presencia de paisajes y escenarios de belleza única o especial, importantes para la recreación. • Potencial y alcance educativos del área (local, regio- nal, nacional). • Potencial para la investigación básica y aplicada en el área y su importancia para el desarrollo sostenible local (aledaño o interno) y para extrapolar los resultados de dichas investigaciones a ámbitos más amplios en la re- gión, país o en el exterior. Estos dos últimos conceptos son particularmente importantes en las áreas que tienen o aspiran a su reconocimiento internacional como reserva de biosfera. • Producción hídrica cuantitativa y cualitativa de cuencas hidrográficas. • Aprovechamiento actual y potencial de los recursos de un área en actividades económicas directas, conside- rando el beneficio económico logrado con actividades alternativas más compatibles con el área, como pueden ser la extracción de productos forestales distintos de la madera: Medicinas, látex, fibras, material para construc- ciones rústicas, frutos, etc. Al establecer un ANP, será necesario determinar el grado de limitaciones a los usos actuales de los pobladores locales y las posibles alternati- vas. • Costo de oportunidad es también un criterio aunque secundario que se debe tomar en cuenta con relación al valor (beneficio) de mejores alternativas de uso del área propuesta. Si los beneficios netos del uso alternativo del área son mayores que aquellos propios de la ANP, la propuesta tendría un alto costo de oportunidad. Si los beneficios netos de la mejor alternativa de uso para el área son menores, la propuesta tiene un bajo costo de oportunidad..Viabilidad de la gestión La viabilidad de la gestión supone la consideración de las siguientes características: • Tenencia de la tierra: Las posibilidades de estableci- miento del área sobre tierras del Estado o su capacidad de saneamiento integral o de catastro de todos los sectores pertinentes (minería, turismo, pesquería, agricultura, forestal) estarán suficientemente claras en el expediente del área. • Accesibilidad: Es conveniente la existencia de accesos fácilmente controlables. El expediente esta- blecerá los lugares posibles de ubicación de los puestos de control. • Posibilidades de ordenamiento territorial: Se pre- sentará una propuesta preliminar de cómo llevar a cabo este proceso en un ámbito mayor a la del área. • Cooperación interinstitucional para la gestión: Es importante identificar en el expediente los interlocutores potenciales y necesarios que habría que contactar para el establecimiento del área. Los acuerdos preliminares se- rán favorables para el establecimiento efectivo de una nueva ANP. • Diseño y configuración: Se refiere a la extensión, límites y forma que deben tener las ANP. En el Perú, se recomienda tomar en cuenta como unidades las cuencas hidrográficas y trazar los límites sobre las divisorias de aguas entre cuencas, aunque debe tomarse en considera- ción que esto puede resultar impráctico en áreas muy planas como la Selva Baja. Sin embargo, ya que también es necesario proteger las partes bajas de las cuencas, y en ocasiones en ambos lados de una divisoria o cumbre, la mejor con- figuración será aquella que tenga el mínimo de puntos de acceso o una mejor relación entre forma y superfi- cie. En general cuanto más grande y circular, resulta más eficiente. Proceso de establecimiento de las Areas Natura- les Protegidas: En la figura 3, se presenta un diagrama de flujo sobre el proceso para el establecimiento de un ANP. El primer paso será la determinación del valor biológico y la urgencia de protección del área. Este será sustentado con un expediente breve que desarro- llará con énfasis principal el aspecto biológico y la urgencia de protección, así como un avance acerca de la tenencia de la tierra. Un segundo paso se refiere a la elaboración del expe- diente técnico donde se explicarán los aspectos socioeco- nómicos y la factibilidad de la gestión del área. Cuando sea necesario se procederá al establecimiento de la zona reservada correspondiente. Las evaluaciones posteriores servirán para el diseño de la organización y la zonificación interna del área y sobretodo para otorgar la categoría adecuada de manejo. Proceso de asignación de categorías y objetivos de manejo: Con base en el expediente inicial se llevarán a cabo los estudios de ordenamiento territorial, el reconocimiento del área, el inventario biológico, de recursos y usos actua- les, los aspectos socioeconómicos y legales, tal como es el caso la tenencia de la tierra. En este proceso se identificarán los valores singu- lares del área y de aquellos sitios con mayor vulnera- bilidad y ocupación de las tierras al momento de creación del área. Estas consideraciones serán nece- sarias para determinar los posibles objetivos de mane- jo, la futura categoría asignada, así como para definir la zonificación preliminar.