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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE ABRIL DEL AÑO 1999 (11/04/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 9

Pág. 171949 NORMAS LEGALES Lima, domingo 11 de abril de 1999 (1)Las zonas reservadas se consideran generalmente una situación provisional, pues luego deben incluirse en la categoría más conveniente. . (2)Las Reservas de Biosfera incluyen dentro de ellas toda la gama de posibilidades de uso de la biosfera, desde protección estricta hasta producción intensiva sobre base sostenida. (3)Los Sitios de Patrimonio Mundial Natural, en todos los casos en el Perú, se sobreponen como reconocimiento internacional a áreas protegidas ya existentes, ubica- das en categorías de protección estricta. I.Equivalencia de Categoría UICN II.Parque Nacional (Area Protegida manejada principalmente para la conservación de ecosistemas y con fines de recreación). III.Monumento Natural (Area protegida manejada principalmente para la conservación de características naturales específicas). IV.Area de Manejo de hábitat/Especies (Area protegida manejada principalmente para la conservación, con intervención a nivel de gestión). V.Paisaje Terrestre y Marino Protegido (Area protegida manejada principalmente para la conservación, con intervención a nivel de gestión). VI.Area Protegida con recursos manejados (Area protegida manejada principalmente para la utilización sostenible de los ecosistemas naturales). 7) Areas de Conservación Regionales, Municipa- les y Privadas Areas de Conservación Regionales Selección y establecimiento: Los gobiernos des- centralizados de nivel regional podrán gestionar ante el ente rector la tramitación para la creación de un Area de Conservación Regional en su jurisdicción, de acuerdo al Artículo 7º de la Ley de Areas Naturales Protegidas. Las áreas de conservación regionales se conformarán sobre zonas que, a pesar de tener importancia ecológica significativa, no califican para integrar el SINANPE, debiendo estar sus objetivos de manejo y sus usos posibles expresamente indicados en su documento de creación. La Autoridad Nacional podrá incorporar al SINANPE aque- llas áreas regionales que posean demostrada importancia o trascendencia nacional. Los gobiernos regionales tendrán las atribuciones y la responsabilidad por el manejo y la administración de las áreas de su competencia siempre bajo esquemas partici- pativos. Areas de Conservación Municipales Es evidente que el país requiere contar también con este tipo de área protegida, complementaria al SINAN- PE. En este sentido, sería positiva su incorporación en futuros instrumentos legales. El objetivo de las áreas de conservación municipales es la protección de ecosiste- mas, especies de flora o fauna silvestre, zonas que contie- nen paisajes singulares o que cumplen funciones protec- toras de fuentes de agua que resultan de interés munici- pal. El uso de recursos de flora y fauna silvestre se regula con base a la legislación sobre la materia. Areas de Conservación Privadas Selección y establecimiento: A fin de ampliar la superficie de áreas naturales protegidas del país, cuyo manejo tenga fines de conservación y que permita una amplia y detallada cobertura de la diversidad biológica, se podrán reconocer como áreas naturales protegidas las tierras de propiedad privada, por parte del ente rector. Para acceder a dicho reconocimiento por parte de la Autoridad Nacional, los propietarios deben expresar su voluntad y compromiso de dedicarlas según los valores de diversidad biológica, así como los objetivos primarios de conservación que ellos propongan para ellas. Su denomi- nación genérica será la de Area de Conservación Privada, como categoría única. El establecimiento de las áreas de conservación priva- das es una estrategia que debe ser promovida y estimula- da por sus posibilidades de complementar los objetivos de conservación y los fines del Sistema. El reconocimiento de un Area de Conservación Priva- da obliga y compromete al propietario a cumplir los objetivos de manejo establecidos por un período a largo plazo, permitiendo la supervisión y control de las autori- dades del Sistema sobre el cumplimiento de dichas obliga- ciones y el buen manejo del área.Cuadro 1. Características generales de las categorías de nivel nacional Categoría Características Parque Nacional qVarios ecosistemas. Diversidad biológica relevante. qProcesos sucesionales, ecológicos, evolutivos qCaracterísticas estéticas y paisajísticas relevantes. qUsos indirectos: investigación, educación, turismo y recrea- ción qNo intervenido. Santuario Nacional qUno o varias comunidades bióticas. Diversidad biológica relevante. qEspecies endémicas, varias o de distribución restringida. qFormaciones geológicas, naturales únicas (interés científico y/o paisajístico). qUsos indirectos: investigación, educación, turismo y recrea- ción qNo intervenido, o mínimamente. Santuario Histórico qUna o varias comunidades bióticas. qBienes monumentales con alto valor arqueológico o histórico. qEscenario de acontecimientos históricos relevantes. qUsos indirectos: investigación, educación, turismo y recrea- ción qNo intervenido Reserva Paisajística qUno o más comunidades bióticas qCaracterísticas estéticas paisajísticas sobresalientes. qUso directo: usos tradicionales armoniosos con el entorno (ej: agricultura, viviendas). qIntervención para el uso de recursos. Refugio de Vida qUna o viarias comunidades bióticas. Silvestre qHábitat de especies importantes, amenazadas, raras, migra- torias, recursos genéticos. qMantenimiento y recuperación de especies y/o del hábitat qUso indirecto: investigación, educación, turismo y recreación qIntervención para el manejo del hábitat o de especie. Reserva Nacional qVarios ecosistemas. Diversidad biológica relevante. qPrácticas de manejo, desarrollo de alternativas sostenibles de uso qUso directo de recursos silvestres: flora, fauna, recursos hidrobiológicos. No aprovechamiento forestal maderero. Reserva Comunal qUno o más ecosistemas qUsos tradicionales según planes de manejo qProhibidos el establecimiento de nuevos asentamientos, expansión de actividades agrícolas, pecuarias y extracción forestal maderera qGestión comunal del área y conducción. Bosque de Protección qUno o más ecosistemas, generalmente cuencas altas, man- tenimiento de la cobertura vegetal. qPrácticas de manejo, desarrollo de alternativas sostenibles de uso qUso directo de recursos silvestres: flora, fauna, recursos hidrobiológicos qUsos indirectos: investigación, educación, turismo y recrea- ción qManejo de suelos y aguas qPermitido el uso y aprovechamiento de la fauna silvestre y de productos forestales diferentes a la madera Coto de Caza qUna o más comunidades bióticas qPlanes de manejo para el aprovechamiento de la fauna silvestre y cinegética. Cuadro 2. Equivalencias de las categorías de Areas Naturales Protegidas del SINANPE con categorías de la Unión Mundial de la Naturaleza (UICN) CATEGORIA DE MANEJO , NIVELES DE USO PERMITIDOS Y EQUIVALENCIAS CON CATEGORIAS UICN.( I)I NIVEL DE USO PROTECCION ESTRICTA USO SOSTENIBLE DE ECOSISTEMAS (No utilización directa) NATURALES (Mayor impacto sobre los ecosistemas) S Areas de Uso Parques Nacionales (II) I Indirecto Santuarios Nacionales (III) N Santuarios Históricos (III - V) A N Areas de uso Reservas Nacionales (VI) P Directo Bosques de Protección (VI) E Reservas Comunales (VI) Reservas Paisajísticas(V) Refugio de Vida Silvestre (IV) Cotos de Caza (VI) Areas en ——---—-———-¿Zonas Reservadas? (1) ————--—-—- Estudio RECONOCIMIENTOS ——-———---— Reserva de la Biósfera (2) ——————--- INTERNACIONALES Sitios de Patrimonio Mundial(3) Sitios Ramsar