Norma Legal Oficial del día 11 de abril del año 1999 (11/04/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 11 de MORDAZA de 1999

Aprovechamiento y manejo: Sera autorizado por el Gobierno Regional, cuando no perjudique el cumplimiento de los fines del establecimiento del area y este en concordancia con lo establecido por el Plan Maestro. El tramite para lograr la autorizacion de aprovechamiento de los recursos naturales dentro de las ACR se realizara ante la autoridad sectorial competente y solo podra ser resuelto favorablemente cuando se cumplan las condiciones senaladas en el acapite anterior, ante la autoridad del Gobierno Regional, con visto MORDAZA de la autoridad del SINANPE. Poblacion local y participacion: Los habitantes, usuarios directos o indirectos, de los espacios naturales en los cuales se establecen las ACR, constituyen las poblaciones locales de estas areas. El desarrollo de las ACR como el de cualquier otra ANP se MORDAZA en un MORDAZA participativo, para lo cual sera necesario establecer los mecanismos apropiados que permitan la participacion de las poblaciones locales en el establecimiento de las areas, planificacion, manejo, evaluacion y monitoreo, asi como en los beneficios que se puedan generar. Estos mecanismos seran implementados por el Gobierno Regional en la medida en que se logre una conciliacion entre los intereses de la poblacion y los propios de las ACR. Manejo de las areas de conservacion regional y poblaciones locales: Los distintos tipos y caracteristicas de las poblaciones locales, ubicadas al interior y en las zonas contiguas de las ACR, requieren la identificacion MORDAZA de los derechos de propiedad y los patrones de utilizacion del espacio y de los recursos, contrastandolos con las posibilidades de uso directo de los recursos en las ANP, segun los objetivos de manejo y zonificacion del area. El Gobierno Regional debe considerar el diseno e implementacion de mecanismos para evitar y resolver posibles conflictos derivados de los usos posibles, como la zonificacion y regulacion de usos. Propiedad de la tierra en las areas naturales protegidas regionales: Las ACR se estableceran en tierras de dominio publico, aplicandose los mismos conceptos y practicas que a las areas de nivel nacional. El Estado garantiza los derechos de propiedad privada sobre las tierras dentro de las ACR, de acuerdo a la legislacion vigente. Sin embargo, el ejercicio de este derecho se hace en MORDAZA con los objetivos y fines de creacion de las ACR. Todo MORDAZA de creacion de una ACR debera pasar necesariamente por un cuidadoso MORDAZA de consulta con las poblaciones humanas locales, particularmente si se trata de areas ocupadas por pueblos indigenas. En el establecimiento de las ACR, se promovera la regularizacion de la tenencia de tierras, no solamente en su ambito sino tambien en las areas contiguas o de amortiguamiento- como una estrategia basica para consolidar alternativas de desarrollo socioeconomico con dichas poblaciones, en las mejores condiciones. A fin de contar con la informacion adecuada para un ordenamiento territorial y un MORDAZA de resolucion de conflictos MORDAZA, es necesario efectuar una amplia difusion de la existencia de estas poblaciones locales en mapas y otros documentos, para evitar la superposicion dentro de su ambito de derechos otorgados por otras autoridades sectoriales. Recursos naturales renovables: El uso directo de los recursos naturales renovables dentro del ambito de las ACR debe ser sostenible y compatible con los objetivos de creacion del area, es decir, que las actividades de uso directo no deben alterar significativamente los valores, la calidad ni la integridad del area. Las opciones de uso y aprovechamiento de los recursos naturales renovables son definidas por los objetivos de manejo, la zonificacion y los planes maestros y de uso de los recursos del area. Planificacion de las ACR Los planes maestros de las areas de conservacion regionales y municipales, asi como para las areas de

conservacion privadas se efectuaran siguiendo los lineamientos de los planes del SINANPE, a fin de mantener la coherencia metodologica y estrategica entre las ANP en todo el pais. La responsabilidad en la elaboracion de los planes para las areas regionales y municipales, estara a cargo de los respectivos gobiernos y de los propietarios en el caso de las ACP, contando con la supervision y apoyo tecnico del INRENA. 4) Estrategia para las Areas de Conservacion Municipales Al igual que en el caso de las regionales, las areas de conservacion municipales constituyen una interesante estrategia para complementar las opciones de conservacion in situ de la diversidad biologica. Este planteamiento viene siendo promovido desde principios de la presente decada, independientemente de lo que establezca la futura legislacion, y es importante para la atencion de servicios ambientales - como la produccion de agua - y para facilitar las oportunidades de recreacion y educacion para los habitantes del municipio. En ocasiones, incluso, pueden tener un especial valor de conservacion aquellos elementos de diversidad biologica no protegidos en el ambito nacional o regional. Por lo tanto, corresponde a la Autoridad Nacional promover la definicion legal de este nivel de areas naturales protegidas, apoyar su establecimiento y proveer asistencia tecnica a las autoridades locales responsables de las mismas. Al igual que en los casos anteriores, el MORDAZA de usos permitidos estara en funcion de los objetivos de manejo del area sin que se vean afectados o que no MORDAZA viable los objetivos del area de conservacion municipal. 5) Estrategia para las Areas de Conservacion Privadas Las areas de conservacion privadas (ACP), como su nombre lo indica pertenecen al regimen privado y, por lo tanto, son de responsabilidad de sus propietarios. Su mision es la conservacion de la diversidad biologica, no pudiendo permitirse en ellas el uso directo de recursos de ningun MORDAZA con fines comerciales, sino solo los usos indirectos como la ciencia y el turismo. Al solicitar su reconocimiento como area protegida, los propietarios deben comprometerse a la conservacion de la diversidad biologica del area y a realizar su manejo, de acuerdo al plan que tendra que ser aprobado por la Autoridad Nacional. Resultaria conveniente incorporar en el modelo, siguiendo ejemplos exitosos en otros paises de la region, a organizaciones privadas de conservacion en el diseno, propuesta y gestion o supervision del manejo de ese MORDAZA de areas. Asimismo, el compromiso de los propietarios seria formalizado mediante servidumbres ambientales en forma voluntaria y definitiva. De otro lado, corresponde al Estado identificar y poner en marcha mecanismos que promuevan o faciliten el establecimiento de este MORDAZA de areas de conservacion. CAPITULO III PLAN DE ACCION ESTRATEGICO DEL SINANPE Consideraciones Generales Este capitulo se propone un Plan de Accion Estrategico (PAE) para el SINANPE orientado a lograr una gerenciamiento eficiente del Sistema, por parte del INRENA, quien debe continuar con el desarrollo, orientacion y seguimiento del mismo. La ejecucion del PAE, requerira que la entidad central conjugue esfuerzos con otras entidades e instituciones y recurra a las mejores MORDAZA de informacion disponibles. Consecuente con ello y con los planteamientos de la Estrategia, la implementacion y ejecucion de los PAE, tendra que darse en el MORDAZA de una amplia participacion y conjuncion de esfuerzos con los diferentes actores del Sistema.

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