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Pág. 177015 NORMAS LEGALES Lima, jueves 19 de agosto de 1999 -No proporcionar información que sea requerida por la Administración Tributaria sobre sus actividades o las de terceros con los que guarde relación o proporcionarla sin observar la forma, plazos y condiciones que establezca la Administración Tributaria.Numeral 6 Cierre -Proporcionar a la Administración Tributaria información no conforme con la realidad. Numeral 7 Cierre -No comparecer ante la Administración Tributaria cuando ésta lo solicite. Numeral 8 30% de la UIT -Autorizar balances, declaraciones u otros documentos que se presenten a la Administración Tributaria conteniendo información falsa.Numeral 9 50% de la UIT -No exhibir, ocultar o destruir carteles, señales y demás medios utilizados o distribuidos por la Administración Tributaria.Numeral 10 10% de la UIT -No facilitar a la Administración Tributaria los equipos técnicos de recuperación visual, pantallas, visores y artefactos similares, para la revisión de orden tributario de la documentación micrograbada que se realice en el local del contribuyente.Numeral 11 10% de la UIT - Violar los precintos de seguridad empleados en la inmovilización de libros, archivos, documentos, registros en general y bienes de cualquier naturaleza.Numeral 12 Cierre (1) - No efectuar las retenciones o percepciones establecidas por ley, salvo que el agente de retención o percepción hubiera cumplido con efectuar el pago del tributo que debió retener o percibir en el plazo establecido por la ley.Numeral 13 60% del tributo no retenido o no percibido - No proporcionar o comunicar a la Administración Tributaria, en las condiciones que ésta establezca, las informaciones relativas a hechos generadores de obligaciones tributarias que tenga en conocimiento en el ejercicio de la función notarial.Numeral 14 20% de la UIT 6. CONSTITUYEN INFRACCIONES RELACIONADAS CON EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIASArtículo 178 -No incluir en las declaraciones ingresos, rentas, patrimonio, actos gravados o tributos retenidos o percibidos, o declarar cifras o datos falsos u omitir circunstancias que influyan en la determinación de la obligación tributaria.Numeral 1 50% del tributo omitido (5) -Declarar cifras o datos falsos u omitir circunstancias con el fin de obtener indebidamente Notas de Crédito Negociables u otros valores similares o que impliquen un aumento indebido de saldos o créditos a favor del deudor tributario.Numeral 2 50% del monto aumentado indebidamente o, en caso el deudor tributario hubiera obtenido la devolución, el 100% del monto devuelto (5) (6) -Emplear bienes o productos que gocen de exoneraciones o beneficios en actividades distintas de las que corresponde.Numeral 3 50% del tributo omitido (5) -Elaborar o comercializar clandestinamente bienes gravados mediante la sustracción a los controles fiscales; la utilización indebida de sellos, timbres, precintos y demás medios de control; la destrucción o adulteración de los mismos; la alteración de las características de los bienes; la ocultación, cambio de destino o falsa indicación de la procedencia de los mismos.Numeral 4 50% del tributo omitido (5) -No pagar dentro de los plazos establecidos los tributos retenidos o percibidos. Numeral 5 50% del tributo no pagado - No pagar en la forma y condiciones establecidas por la Administración Tributaria, cuando se hubiera eximido de la obligación de presentar declaración jurada.Numeral 6 30% de la UIT5. CONSTITUYEN INFRACCIONES RELACIONADAS CON LA OBLIGACION DE PERMITIR EL CONTROL DE LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA, INFORMAR Y COMPARECER ANTE LA MISMA.Artículo 177 -No exhibir los libros, registros u otros documentos que ésta solicite. Numeral 1 Cierre -Ocultar antecedentes, bienes, documentos u otros medios de prueba o de control de cumplimiento, antes del término prescriptorio.Numeral 2 Cierre -Destruir antecedentes, bienes, documentos u otros medios de prueba o de control de cumplimiento, antes del término prescriptorio.Numeral 2 Cierre (1) -Poseer o comercializar productos o bienes gravados sin el signo de control visible exigido por las normas tributarias.Numeral 3 Comiso o Multa (3) -Transportar productos o bienes gravados sin el signo de control visible exigido por las normas tributarias.Numeral 3 Internamiento temporal del vehículo o Multa (2) -No mantener en condiciones de operación los soportes portadores de microformas grabadas y los soportes magnéticos utilizados en las aplicaciones que incluyen datos vinculados con la materia imponible, cuando se efectúen registros mediante microarchivos o sistemas computarizados.Numeral 4 Cierre -Reabrir indebidamente el local sobre el cual se haya impuesto la sanción de cierre temporal de establecimiento u oficina de profesionales independientes sin haberse vencido el plazo del cierre y sin la presencia de un funcionario de la Administración.Numeral 5 Cierre (1) -No proporcionar información que sea requerida por la Administración Tributaria sobre Numeral 6 Cierre