Norma Legal Oficial del día 19 de agosto del año 1999 (19/08/1999)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 50

Pag. 177004

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 19 de agosto de 1999

1. No otorgar los comprobantes de pago u otorgar documentos que no reunen los requisitos y caracteristicas para ser considerados como tales. 2. Otorgar comprobantes de pago que no correspondan al regimen del deudor tributario o al MORDAZA de operacion realizada, de conformidad con las leyes y reglamentos. 3. Transportar bienes sin el correspondiente comprobante de pago o guia de remision a que se refieren las normas sobre la materia. 4. No obtener el comprador los comprobantes de pago por las compras efectuadas. 5. No obtener el usuario los comprobantes de pago por los servicios que le fueran prestados. 6. Remitir bienes sin el correspondiente comprobante de pago o guia de remision a que se refieren las normas sobre la materia. 7. No sustentar la posesion de productos o bienes gravados mediante los comprobantes de pago que acrediten su adquisicion. (64) Articulo 175º.- INFRACCIONES RELACIONADAS CON LA OBLIGACION DE LLEVAR LIBROS Y REGISTROS Constituyen infracciones relacionadas con la obligacion de llevar libros y registros: 1. Omitir llevar los libros de contabilidad, otros libros o registros exigidos por las leyes, reglamentos o por Resolucion de Superintendencia de la SUNAT que se vinculen con la tributacion u otros medios de control exigidos por las leyes y reglamentos que tambien se vinculen con la tributacion en la forma y condiciones establecidas por las normas correspondientes. 2. Omitir registrar ingresos, rentas, patrimonio, bienes, ventas o actos gravados, o registrarlos por montos inferiores. 3. Usar comprobantes o documentos falsos, simulados o adulterados, para respaldar las anotaciones en los libros de contabilidad u otros libros o registros exigidos por las leyes, reglamentos o por Resolucion de Superintendencia de la SUNAT. 4. Llevar con atraso mayor al permitido por las normas vigentes, los libros de contabilidad u otros libros o registros exigidos por las leyes, reglamentos o por Resolucion de Superintendencia de la SUNAT que se vinculen con la tributacion. 5. No llevar en castellano o en moneda nacional los libros y registros contables u otros libros o registros exigidos por las leyes, reglamentos o por Resolucion de Superintendencia de la SUNAT, excepto para los contribuyentes autorizados a llevar contabilidad en moneda extranjera. 6. No conservar durante el plazo establecido por las leyes y reglamentos los libros, registros, copias de comprobantes de pago u otros documentos; asi como, los sistemas o programas computarizados de contabilidad, los soportes magneticos o los microarchivos.
(64) Articulo sustituido por el Articulo 51º de la Ley Nº 27038, publicada el 31 de diciembre de 1998.

3. Presentar las declaraciones que contengan la determinacion de la deuda tributaria en forma incompleta. 4. Presentar otras declaraciones o comunicaciones en forma incompleta. 5. Presentar mas de una declaracion rectificatoria o presentar las declaraciones rectificatorias sin tener en cuenta la forma y condiciones que establezca la Administracion Tributaria. 6. Presentar las declaraciones en la forma, condiciones y/o lugares distintos a los establecidos por la Administracion Tributaria.
(65) Articulo sustituido por el Articulo 52º de la Ley Nº 27038, publicada el 31 de diciembre de 1998.

Articulo 177º.- INFRACCIONES RELACIONADAS CON LA OBLIGACION DE PERMITIR EL CONTROL DE LA ADMINISTRACION, INFORMAR Y COMPARECER ANTE LA MISMA Constituyen infracciones relacionadas con la obligacion de permitir el control de la Administracion, informar y comparecer ante la misma: 1. No exhibir los libros, registros u otros documentos que esta solicite. 2. Ocultar o destruir antecedentes, bienes, documentos u otros medios de prueba o de control de cumplimiento, MORDAZA del termino prescriptorio. 3. Poseer, comercializar o transportar productos o bienes gravados sin el signo de control visible exigido por las normas tributarias. 4. No mantener en condiciones de operacion los soportes portadores de microformas grabadas y los soportes magneticos utilizados en las aplicaciones que incluyen datos vinculados con la materia imponible, cuando se efectuen registros mediante microarchivos o sistemas computarizados. 5. Reabrir indebidamente el local sobre el cual se MORDAZA impuesto la sancion de cierre temporal de establecimiento u oficina de profesionales independientes sin haberse vencido el plazo del cierre y sin la presencia de un funcionario de la Administracion. (66) 6) No proporcionar la informacion que sea requerida por la Administracion Tributaria sobre sus actividades o las de terceros con los que guarde relacion o proporcionarla sin observar la forma, plazos y condiciones que establezca la Administracion Tributaria.
(66) Numeral modificado por el Articulo 53º de la Ley Nº 27038, publicada el 31 de diciembre de 1998.

7. Proporcionar a la Administracion Tributaria informacion no conforme con la realidad. 8. No comparecer ante la Administracion Tributaria cuando esta lo solicite. 9. Autorizar balances, declaraciones u otros documentos que se presenten a la Administracion Tributaria conteniendo informacion falsa. 10. No exhibir, ocultar o destruir carteles, senales y demas medios utilizados o distribuidos por la Administracion Tributaria. 11. No facilitar a la Administracion Tributaria los equipos tecnicos de recuperacion visual, pantallas, visores y artefactos similares, para la revision de orden tributario de la documentacion micrograbada que se realice en el local del contribuyente. 12. Violar los precintos de seguridad empleados en la inmovilizacion de libros, archivos, documentos, registros en general y bienes de cualquier naturaleza.

(65) Articulo 176º.- INFRACCIONES RELACIONADAS CON LA OBLIGACION DE PRESENTAR DECLARACIONES Y COMUNICACIONES Constituyen infracciones relacionadas con la obligacion de presentar declaraciones y comunicaciones: 1. No presentar las declaraciones que contengan la determinacion de la deuda tributaria dentro de los plazos establecidos. 2. No presentar otras declaraciones o comunicaciones dentro de los plazos establecidos.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.