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Pág. 180809 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 1 de diciembre de 1999 Vistos; el Memorando Nº 1017-99-DP/GAF proce- dente de la Gerencia de Administración y Finanzas y sus correspondientes anexos 3A Nº 053-99-DP/TR, y la Solicitud de Pago Directo Nº 99/003 de fecha 27 de octubre de 1999; así como el Memorando Nº 315-99-DP/ TR de la representante del Defensor del Pueblo en Trujillo, mediante los que se solicita autorizar el viaje de la misma a la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América del 3 al 8 de noviembre del presente año, para participar en el International Law Weekend 1999 , "El Derecho Internacional en el año 2000: Un puente entre el siglo XX y el siglo XXI" organizado por The American Branch of the International Law Asso- ciation ; y, CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América del 4 al 6 de noviembre de 1999, se desarrollará la conferencia internacional International Law Wee- kend 1999 , "El Derecho Internacional en el año 2000: Un puente entre el siglo XX y el siglo XXI" organizada por The American Branch of the International Law Associa- tion; Que, interesa a la Defensoría del Pueblo del Perú que la Representante del Defensor del Pueblo en Trujillo, participe de modo oficial en su representación, por tratarse de asuntos que conciernen a las funciones que la Constitución del Estado y su Ley Orgánica le han encomendado, por lo que procede autorizar su participa- ción en comisión del servicio para las actividades ante- riormente citadas, del 3 al 8 de noviembre del presente inclusive, considerando el itinerario del viaje, en vía de regularización por tratarse de una conferencia interna- cional cuya convocatoria fue comunicada fuera de los plazos regulares; En concordancia con los Decretos Supremos Nºs. 135-90-PCM, 053-84-PCM y 074-85-PCM; y en aplica- ción de los Decretos Supremos Nºs. 163-81-EF y 031- 89-EF; en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26520; de conformidad con la Directiva Nº 01- 99-DP/GG "Normas para el otorgamiento de Pasajes, Viáticos y Asignaciones en Comisión de Servicios al Interior y Exterior del País de los Funcionarios y Servidores de la Defensoría del Pueblo", aprobada mediante Resolución Gerencial Nº 154-99/DP-GG, así como con los Artículos 6º y 7º incisos a) y k), y 9º del Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución Defensorial Nº 32-99/DP y estando al encargo efectuado mediante la Resolución Defenso- rial Nº 60-99/DP; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR en vía de regula- rización, el viaje en comisión del servicio de la señora doctora doña Yolanda Carolina FALCON LIZARASO, Representante del Defensor del Pueblo en Trujillo, a la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América del 3 al 8 de noviembre de 1999, con la finalidad de que participe en las actividades referidas en la parte consi- derativa de la presente resolución. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cum- plimiento de esta resolución se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional según el detalle siguiente: por la Fuente de Financiamiento Donaciones y Transfe- rencias - Apoyo a la Defensoría del Pueblo - PER-97-023 Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, US$ 200.00 por concepto de viáticos y US$ 540.00 por concepto de pasajes internacionales, totalizando US$ 740.00 (SETECIENTOS CUARENTA Y 00/100 DOLA- RES AMERICANOS). Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER ALBAN PERALTA Defensor del Pueblo (e) 14911J N E Declaran que regidor del Concejo Distri- tal de Pontó continúa en ejercicio del cargo RESOLUCION Nº 1923-99-JNE Lima, 30 de noviembre de 1999 VISTOS: El Oficio Nº 074-99-MDP/A y el Oficio Nº 086-99- MDP/A recibidos el 11 de octubre y el 19 de noviembre de 1999, respectivamente, remitidos por el señor Juan Alvarado Pimentel, alcalde del concejo distrital de Pon- tó, provincia de Huari, departamento de Ancash, que comunica la declaratoria de vacancia del cargo de regi- dor del señor Norberto Jara Meza, bajo acusación de haber incurrido dicho regidor en las causales de vacan- cia previstas en los incisos 1) y 2) del Artículo 26º, de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; y, solicita se convoque al candidato correspondiente para que asuma el cargo vacante de regidor; CONSIDERANDO: Que, se aprecia de la copia certificada del acta de la sesión de concejo de fecha 7 de julio de 1999, corriente a fojas 2, que los miembros del concejo distrital de Pontó declararon la vacancia del cargo de regidor del señor Norberto Jara Meza bajo acusación de no haber asistido a las sesiones de concejo por un lapso de más de tres meses, debido a su incapacidad física para ejercer el cargo de regidor, estando incurso en las causales de vacancia previstas por el Artículo 26º, incisos 1) y 2), de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; y, poste- riormente, con fecha 31 de agosto de 1999, se expide la Resolución Municipal Nº 019-99/MDP-A que declara la vacancia del cargo de regidor del señor Norberto Jara Meza en mérito del acuerdo de concejo de fecha 7 de julio de 1999; Que, respecto de la causal de vacancia por enferme- dad o por impedimento físico no susceptible de rehabili- tación integral que impida el desempeño de las funcio- nes de cargos municipales por plazo mayor de tres meses, prevista por el Artículo 26º, inciso 1º, de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, debe remitirse certificado médico expedido por el profesional compe- tente, que acredite la incapacidad física que se atribuye al regidor vacado y que le impediría ejercer el cargo de regidor; Que, respecto de la causal de ausencia de la localidad por más de treinta días consecutivos sin la autorización correspondiente del concejo municipal, prevista por el Artículo 26º, inciso 2), de la Ley Orgánica de Municipali- dades Nº 23853, no se ha acreditado la ausencia de la localidad de Pontó ni el tiempo de la misma por parte del regidor vacado con prueba suficiente e idónea; Que, en observancia del debido proceso y cumpliendo con lo establecido por el Artículo 27º, segundo párrafo, de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, concor- dante con el Artículo 113º de la misma ley; debe remitir- se constancia de la notificación efectuada al señor Nor- berto Jara Meza, utilizando cualquier medio permitido por el Código Procesal Civil, que acredite fehaciente- mente que ha tomado conocimiento del contenido del acuerdo de concejo que declaró la vacancia de su cargo de regidor, a fin de no vulnerar el derecho de defensa y contradicción que le asiste; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar inadmisible la solici- tud presentada por el señor Juan Alvarado Pimentel,