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Pág. 180810 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 1 de diciembre de 1999 alcalde del concejo distrital de Pontó, provincia de Hua- ri, departamento de Ancash, de convocatoria del candi- dato correspondiente para que asuma el cargo de regi- dor en reemplazo del señor Norberto Jara Meza, al no haberse remitido la documentación completa que acre- dite los hechos que configuran las causales de vacancia invocadas. Artículo Segundo.- Declarar que el señor Nor- berto Jara Meza continúa en el ejercicio del cargo de regidor del concejo distrital de Pontó, para el período 1999 - 2002. Artículo Tercero.- Las autoridades políticas y po- liciales prestarán las garantías que requiera el cumpli- miento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. MONTES DE OCA BEGAZO, BRINGAS VILLAR, MUÑOZ ARCE, HERNANDEZ CANELO, DE VALDIVIA CANO, TRUJILLANO, Secretario General 14909 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Autorizan a procurador iniciar proceso judicial a presuntos responsables de delitos contra la inscripción electoral, el estado civil y la fe pública RESOLUCION JEFATURAL Nº 437-99-JEF/RENIEC Lima, 26 de noviembre de 1999 Visto el Informe Nº 418-99-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, de fecha 3 de noviembre de 1999. CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentación sustentatoria del Informe del Visto se desprende que persona no identificada que dice llamarse Henry Vizarraga Wong ha incurrido en comportamiento de inducir a error a servidor público al insertar en instrumento público declaraciones falsas sobre hechos que deban probarse con el documento mismo, con el objeto de suplantar la identidad del ciudadano Henry Vizarraga Wong; Que el hecho antes descrito constituye indicio razona- ble de la comisión de presunto delito contra la inscrip- ción electoral y la fe pública, en la modalidad de falsedad ideológica, previsto y sancionado en el Artículo 91º del Decreto Ley Nº 14207 y los Artículos 427º y 428º del Código Penal vigente; Que, en atención al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Público, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identifica- ción y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Esta- do Civil, contra quienes resulte responsable en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, debiendo intervenir la División Nacional de Investigaciones Criminales de la Policía Nacional para los efectos de identificar plena- mente a la persona que ha suplantado al ciudadano Henry Vizarraga Wong; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encar- gado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para que en nombre y representación de los intereses del Estado interponga e impulse las acciones legales que correspondan contra quien resulte responsable, por presunto delito contra la inscripción electoral y la fe pública, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Artículo 2º.- Remítase lo actuado al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolución Jefatural. Regístrese, comuníquese y publíquese. CELEDONIO MENDEZ VALDIVIA Jefe Nacional 14893 RESOLUCION JEFATURAL Nº 438-99-JEF/RENIEC Lima, 26 de noviembre de 1999 Visto el Informe Nº 398-99-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, de fecha 22 de octubre de 1999. CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentación sustentatoria del Informe del Visto se desprende que el ciudadano Carlos Manuel Soto Bordonave ha incurrido en compor- tamiento de inducir a error a servidor público al hacer insertar en instrumento público declaraciones falsas sobre hechos que deban probarse con el documento mismo, conducentes a alterar el estado civil de una persona respecto a sus vínculos de familia; Que el hecho antes descrito constituye indicio razona- ble de la comisión de presunto delito contra el estado civil y contra la fe pública, en las modalidades de false- dad ideológica y genérica, previsto y sancionado en los Artículos 145º, 428º y 438º del Código Penal vigente; Que, en atención al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Público, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identifica- ción y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan contra Carlos Manuel Soto Bordona- ve y quienes resulten responsables, en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identi- ficación y Estado Civil; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encar- gado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para que en nombre y representación de los intereses del Estado interponga e impulse las acciones legales que correspondan contra el ciudadano Carlos Manuel Soto Bordonave y quienes resulten responsables, por presunto delito contra el estado civil y la fe pública, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil Artículo 2º.- Remítase lo actuado al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolución Jefatural. Regístrese, comuníquese y publíquese. CELEDONIO MENDEZ VALDIVIA Jefe Nacional 14894