Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE DICIEMBRE DEL AÑO 1999 (01/12/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 20

Pág. 180806 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 1 de diciembre de 1999 en la formación profesional que se pretende impartir en las diversas carreras profesionales proyectadas, para participar y competir en el desarrollo nacional. Regístrese, comuníquese y archívese. HECTOR LUJAN PERALTA Presidente ALBERTO CAZORLA TALLERI Vicepresidente MANUEL ZEVALLOS VERA Vocal de Asuntos Académico – Profesionales ESTUARDO MARROU LOAYZA Vocal de Asuntos Internacionales JORGE CAMPOS REY DE CASTRO Vocal de Asuntos Administrativos y Tecnología Educativa CESAR ANIBAL VERA PINEDA Secretario General 14919 CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCION Nº 661-99-CONAFU Lima, 22 de noviembre de 1999 Visto el Proyecto para la Autorización de Funciona- miento de la Universidad del Lago, presentado por la Asociación Civil "Ana Atahl", con sede en la ciudad de Juliaca, departamento de Puno, así como los informes técnicos correspondientes; y, CONSIDERANDO: Que la Asociación Civil "Ana Atahl", solicita autori- zación de funcionamiento provisional para la Universi- dad del Lago, con las carreras profesionales de Ciencias e Ingeniería: Ingeniería de Agroproducción Ecológica, Salud Humana: Estomatología y de Terapia Física, Educación: Lingüística y Terapia del Lenguaje y la de Matemática e Informática, para cuyo efecto, en cumpli- miento de las disposiciones legales y reglamentarias, han presentado la documentación sustentatoria corres- pondiente; Que el referido Proyecto ha sido revisado y calificado por la Comisión Evaluadora que se designó con ese objeto, la misma que, cumpliendo las disposiciones reglamentarias, efectuó la visita a la sede donde se proyecta el funcionamiento de la Universidad, para verificar las condiciones materiales con las que conta- ría, así como contrastar los diferentes elementos regis- trados en el Proyecto con las condiciones reales existen- tes, evaluar los aspectos técnicos y explorar el grado de recepción del lugar; Que emitido el informe correspondiente de la Comi- sión Evaluadora, éste fue transcrito a la entidad Promo- tora, la que ha dado respuesta a las observaciones formuladas; Que el referido Proyecto con el resultado de su evalua- ción y las respuestas de la Promotora, han sido vistos, así mismo, por la Comisión de Análisis y Consolidación del CONAFU siguiendo los criterios de evaluación establecidos en los reglamentos, manuales y tablas valorativas, previamente aprobados por el CONAFU; Que el Directorio del Consejo Nacional para la Autori- zación de Funcionamiento de Universidades, en sesión ordinaria de fecha 19 de noviembre de 1999, en conoci- miento de la totalidad del Proyecto, incluyendo losinformes producidos por las Comisiones Técnicas, con- cluye que el Proyecto aún presenta debilidades muy notorias que no permiten garantizar la calidad de la formación profesional que se pretende impartir en las diversas carreras profesionales propuestas en un medio en donde existen otras entidades similares para la competitividad; Que el Proyecto para la Autorización de Funciona- miento de la Universidad del Lago presenta, con excep- ción de la Fundamentación del Proyecto y de los Resulta- dos Esperados, todas las demás secciones evaluadas en los niveles de deficientes, particularmente los casos de Plan de Desarrollo Institucional, Infraestructura Física y Administración Financiera, por debajo del nivel de 65% que establece el límite mínimo para ser autorizada, es decir la media calificada que permita iniciar sus actividades académicas y administrativas con eficien- cia y lograr los niveles de competitividad; Estando a lo acordado y a lo establecido en el Artículo 23º del Reglamento para la Autorización de Funciona- miento de Universidades; y, En uso de las atribuciones que confiere al CONAFU la Ley Nº 26439; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Denegar la solicitud de la Asocia- ción Civil "Ana Stahl" para que se conceda autorización de funcionamiento provisional a la Universidad del Lago, con sede en la ciudad de Juliaca, departamento de Puno, por las deficiencias anotadas que no permiten garantizar el adecuado desarrollo del Proyecto ni alcan- za los niveles mínimos aceptables de calidad en la formación profesional que se pretende impartir en las diversas carreras profesionales proyectadas, para par- ticipar y competir en el desarrollo nacional. Regístrese, comuníquese y archívese. HECTOR LUJAN PERALTA Presidente ALBERTO CAZORLA TALLERI Vicepresidente MANUEL ZEVALLOS VERA Vocal de Asuntos Académico – Profesionales ESTUARDO MARROU LOAYZA Vocal de Asuntos Internacionales JORGE CAMPOS REY DE CASTRO Vocal de Asuntos Administrativos y Tecnología Educativa CESAR ANIBAL VERA PINEDA Secretario General 14920 Declaran improcedente adecuación de universidad a lo dispuesto en el D. Leg. Nº 882 CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCION Nº 666-99-CONAFU Lima, 30 de noviembre de 1999 VISTOS: el informe, en cuatro volúmenes, presentado por la Asociación Promotora "Los Andes", que da cuenta de la ejecución del procedimiento de adecuación de la