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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE ENERO DEL AÑO 1999 (02/01/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 26

- Serpar 619.00 m2 - Comercio 2.688.32 m2 Recreación pública 5.013.08 m:! 8.10% Area Remanente ll 3.75 m:! 0.18~~Area de Vias : 18.937.02 m2 30.609’0 El déficit de aportes de 20.36 m2 para recreación pública y de 335.00 m2 para otros fines han sido redimidos en dinero. Artículo Segundo.- Las obras de pavimentación se sujetarán a la calificación B-3 con las característ.icas siguien- tes: Subrasante.- Para conseguir un suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel de subrasante, será necesario efectuar una evaluación de la superficie del terreno natural eliminando el que contenga restos orgánicos, escarificando y mejorando su calidad en un espesor de 0.20 m., mediante la adición de material granular. mezclandose con riegos suce- sivos y cercanos al óptimo contenido de humedad, hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modi- ficado de Laboratorio para un índice C.B.R. mínimo de 20. Las partículas sólidas de esta capa tendrán un diámetro máximo de 2”. Base.- Posterior a la capa anterior debe colocarse una capa de base afirmada de 0.20 m. de espesor, compactado, provenientes de cantera seleccionada, que contenga propor- ciones adecuadas de material gruesos (con diámetros máxi- mo de 1 112” 1, finos y ligantes en proporciones adecuadas. La mezcla y compactación se efectuara con riegos sucesivos cercanos al óptimo contenido de humedad y hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modificado de Laboratorio para un índice de C.B.R. de 80. Se procurará una superficie lisa y uniforme con el conve- niente bombeo del centro a los extrenios, cuidando mantener el nivel de las tapas de buzones para la aplicación de una futura capa asfáltica de 2” de espesor. Suuerficie de Rodadura.- Suelu estabilizado. Aceras.- Suelo estabilizado con sardineles Sardineles.- En los extremos libres de las aceras o extremos en contacto con jardines se construirá un sardinel de concreto de dimensiones 0.15 x 0.30 m. de calidad y acabado igual a las aceras y en forma homogénea con ellas. En ambos extremos de las calzadas, protegiendo y confí- nando sus bordes se construirán sardineles de concreto de calidad de f ‘c=210 k./cm2, y de dimensiones 0.15 x 0.30 m. -Ramuas Deatonales.- En los extremos de los abanicos de las aceras, se construirán rampas peatonales, que eonec- tarán los niveles superiores de las aceras y las calzadasz de acuerdo con la adecuación urbanística para limitados físicos aprobado por Resolución Ministerial N” 1378-78-W-3500 del 21 de diciembre de 1978. Obras sanitarias.- Serán ejecutadas de conformidad con los Proyectos de Agua Potable y Alcantarillado que serán aprobados por SEDAPAL, debiendo poner en conocimiento de dicha companía, la fecha de inicio y término de las obras. Electricidad.- Los interesados deberán solicitar a LUZ DEL SUR la instalación de las redes primaria y secundaria de energía eléctrica pública y domiciliaria, los cuales serán ejecutados de acuerdo a los planes de expansión de dicha compañía. Instalaciones telefónicas.- Para las instalaciones tele- fónicas la parte interesada deberá coordinar con la Gerencia de Proyectos de Plantas Externas de dicha compariía, para la instalación de duetos, cámaras y la reserva de áreas para centrales. Artículo Tercero.- Autorízase la inscripción indivi- dualizada de los lotes que conforman la presente habilita- ción, de conformidad con la Memoria Descriptiva y Planos que. debidamente sellados y firmados, forman parte inte- grante de la presente resolución. Artículo Cuarto.- Inscríbase definitivamente las áreas de 5.013.08 m2 destinado a recreación pública, de 903.00 m2 para otros fines y de 619.00 m2 para Serpar, a favor de la Municipalidad Distrital de Ate, así como el área de 1,238.OO m2 a nombre del Ministerio de Educación. Artículo Quinto.- Considérese esta habilitación con construcción simultánea, debiendo solicitar previamente las respectivas autorizaciones y licencias de construcción a la Municipalidad Distrital de Ate. Artículo Sexto.- Establecer la condición de indivisibi- lidad de los lotes aprobados, así como la obligación de seguir el trámite para la aprobación de la recepción de obras a la culminación del proyecto de pavimentación, según las espe- cificaciones detalladas en el Artículo Segundo de esta reso- lución, para la posterior anexión de la habilitación al casco urbano. Artículo Sétimo.- Disponer que la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, estará a cargo de los interesados. Artículo Octavo.- Transcríbase esta resolución a los Registros Públicos, al Ministerio de Educación y a laMunicipalidad Metropolitana de Lima, para su conoci- miento y fines. Regístrese, comuníquese y cúmplase ENRIQUE PAJUELO ROLDAN Alcalde 15430 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Aprueban habilitación urbana para uso residencial de terreno ubicado en el distrito RESOLUCION DE ALCALDIA N” lOOl-9%MDSMP San Martín de Porres, 22 de diciembre de 1998 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTIN DE PORRES VISTO: El Expediente W CH-207-98 seguido por los señores Abraham Chumpitaz Caycho y Eugenio Chumpitaz Caycho propietarios de la Lotización “Las Casuarinas de Santa Rosa” para la aprobación de la habilitación urbana. en vía de regularización, para uso de vivienda, del terreno de 85100.00 m2 ubicado en el distrit.0 de San Martín de Portes, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Adjudicación por la Dirección General de la Reforma Agraria y Asentamiento Rural del Ministerio de Agricultura, Resolución N” 1028-7%DGRA-AR, los señores Abraham Chumpitaz Caycho adquirieron el dominio del terreno referido en el considerando referente, conforme se desprende de las fichas números 442966-300019-183594 y 3006334 del Registro de Propiedad Inmueble de Lima; Que, según el Informe N” 050.98-CVHUMDSMP-DODU, concluye que puede atenderse la solicitud de habilitación urbana, debiéndose remitir a la Comisión Técnica, para proseguir con el trámite de la habilitación urbana; Que, en la inspección ocular practicada se verificó que la obra de electrificación, ejecutada por Edelnor, está parcial- mente desarrollada. comprendiendo redes definitivas del Subsistema de Distribución Primaria y Secundaria, instala- ciones de Alumbrado Público y Conexiones domiciharias; no cuentan con redes de Agua y Desagtie, así mismo se ha instalado una red definitiva Telefónica para el suministro de Servicio Telefónico, según se desprende del Informe N” 109- 98.VHU./MD.SMP-DODU; Que, la zoniíicación vigente asignada al terreno en el Plano de Zoniticación del distrito, corresponde a Uso Residencial R-4; Que, los solicitantes han cumplido con presentar todos los documentos requeridos para el presente trámite por la Ley N” 26878 y las cartas reiterativas cursadas a los colegios profesionales instándoles a que nombren a sus representan- tes para la conformación de la Comisión Técnica de Habilita- ción Urbana, tal como lo requiere la acotada ley, aún no se ha conformado dicha comisión por falta de designación de estos representantes. no obstante que las empresas concesiona- rias de los servicios sí han cumplido con esta designación; Que, desde la fecha de presentación del Expediente N” CH-287-98 (17 de febrero de 1998) ha transcurrido en exceso el plazo establecido por el Artículo 14” del D.S. N” Oll-9% MTC, siendo de aplicación el silencio administrativo positivo a que se refiere el Artículo 4” de la Ley N” 26878, tal como se señala ene1 Informe N” 110.98.CVHU/.MD.SMP-D.DU, cons- tituida al amparo del Decreto de Alcaldía N” 007.9%AL/ MDSMP, e igualmente con los recibos de haber cancelado en la Tesorería del Municipio de San Martín de Porres, Recibo N” 557712 de fecha 15 de diciembre de 1998 por concepto de derechos administrativos que genera el presente trámite. ESTANDO A LAS CONSIDERACIONES EXPUESTAS Y EN 1 JSO DF I.AS FACULTADES CONFERIDAS POR EL INCISO 6~ DEL ARTICULO 47” DE LA LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES N” 23853, ASI COMO A LO DIS- PUESTO EN LAS LEYES NS. 26878 y 26664; RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por aprobada, en vías de regularización. la Habilitación Urbana para uso Residen-