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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE ENERO DEL AÑO 1999 (02/01/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 27

lima, sábado 2 de cnem dc IYYY cial de Densidad Media R-4, del terreno de 85,100.OO m2 de propiedad de los senores Abraham Chumpitaz Caycho y Eugenio Chumpitaz Caycho, ubicado en las parcelas N”s. 10227,10540,10541 y 10542 del ex fundo Santa Rosa en el distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima, conforme al plano signado con el N” 007CMHU/DODU/MDSMP y el siguiente cuadro de áreas: Area Bruta Total Area afectada por Vía Metropolitana Area Util Area de Vivienda Area de Vías y Veredas Area Comercial Area Vendible mínima APORTES:85,100.OO m2 11,878.12 m2 73,221.88 m2 47,750.OO m2 12.750.84 m2 1:490.00 m2 1.679.00 m2 - Recreación Pública : R.N.C. Proyecto Déficit9,768.41 m2 8,177.60 rn2 1,590.OO m2 - Educación R.N C. Proyecto Déficit - Otros Fines R.N.C. ECttoI1,464.44 m2 1,464.44 m2 0.00 m2 527.37 m2 0.00 m2 527.37 m2 LosaportescorrespondientesparaRecreaciónPública 1,590.OO m2 v de Otros Fines 527.37 m2. seran redimidos en dinero de acu&lo a Ley, al momento de solicitar la Recepción de Obras. Articulo Segundo.- Las características de las ohras son las siguientes: Las calzadas podrán ser del tipo rigido o del tipo flexible. Las dimensiones y caracteristicas de los componentes de las calzadas, serán las que resulten del diseño estructural, que deberá ser aprobado por la Comisión Técnica de Habili- tación Urbana, tomando en cuenta la carga por efecto del tránsito vehicular a soportar en su vida útil y el tipo del terreno de fundación. En caso de pavimentos flexibles, se considerará un sardi- nel sumergido de concreto con f ’ c = 210 k./cm2, en el borde de la pista expuesta. En cada etapa de la construcción se deberá efec,tuar los controles de calidad de conformidad a las normas técnicas existentes. VEREDA Seran de concreto con resistencia a la compresion f c = 140 k./cm2, de 0.10 m, de espesor y será colocada sobre una base de material seleccionado con ancho mínimo de 0.10 m. debidamente nivelado y compactado. El desnivel con relación a la calzada será de 0.15 m. y su acabado debe ser con mezcla cemento-arena tina. en propor- ción 1:2 de un centímetro de esoesor. bruñado a cada 1.0 m.. con juntas de 3/4” cada 5.00 m:l. En los extremos expuestos y/o en contacto con las calza- das, se construirán simultáneamente R las veredas, los sardineles de veredas de 0.15 x 0.30 m. RAMPAS PEATONALES Serán de concreto con f ’ c = 140 k.icm2, debiendo ajustarse a lo establecido por el Reglamento Nacional de Construcciones. OBRAS SANITARLAS Serán ejecutadas de conformidad con el royecto de Agua Potable y Alcantarillado que deben ser apro &ados por SEDA- PAL, debiendo poner en conocimiento de dicha compañía, la fecha de inicio y término de las obras. ELECTRICIDAD Los interesados deberán solicitar a EDELNOR la insta- lación de las redes primarias y secundarias de energia eléctrica pública y domiciliaria, las cuales serán ejecutadas de acuerdo a los planes de expansión de dicha compañía. INSTALACIONES TELEFONICAS Para las instalaciones telefónicas, la parte interesada deberá coordinar con la Gerencia de Proyectos de Plantas Externas de dicha compañía, para la instalación de duetos y cámaras y la reserva de áreas para centrales. Artículo Tercero.- Autorícese la venta garantizada de los lotes y la inscripción individualizada de los lotes que conforman la presente habilitación de conformidad con laMemoria Descriptiva y Plano que, debidamente sellados y firmados, forman parte integrante de la presente resolución. Artículo Cuarto.- Considérese la oresente habilitación con construcción simultánea. Los propietarios de los 1o~t.e~ deberán solicitar previamente las respectivas autorizacio- nes y licencias de construcción a la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres. Artículo Quinto.- Inscríbase en forma definitiva a favor de la Municipalidad de San Martín de Porres, las áreas de aporte reglamentario al uso de vivienda para recreación pública de 8,177.60 m2, ‘onforme aparece en el plano mate- ria de aprobación de esta resolución. Artículo Sexto.- Inscríbase en forma definitiva a favor del Ministerio de Educación las áreas de aporte para Educa- ción de 1,464.44 m2, sobre el área destinada a vivienda. Artículo Séptimo.- La publicación de la presente reso- lución en el Diario Oficial El Peruano estará a cargo de los interesados. Artículo Octavo.- Transcríbase la presente resolución a los Registros Públicos para su correspondiente inscripción y a la Municipalidad Metropolitana de Lima, para su conoci- miento y fines. Regístrese, publíquese y cúmplase. JAVIER RANASHIRO YWAMOTO Alcalde 15458 Aprueban habilitación urbana de terre- no para uso residencial RESOLUCION DE ALCALDlA N” 1099-9%MDSMP San Martín de Porres, 22 de diciembre de 1998 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTIN DE PORRES VISTO: El Expediente N” C-1980-98 seguido por Contra- tistas Monrov S.R.L. Y con el cual solicita acogerse al trámite de regularización de Habilitación Urbana, paya uso Residen- cial de Densidad Media R-4 y uso de Comercio Vecinal C2, del terreno de 21,275.OO m2 constituido por la U.C. 10609 del ex Fundo Naranjal ubicado en el distrito de San Martin de Porres, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que mediante Escritura Pública otorgada el 29 de marso de 1995 ante el Notario Oscar E. Medelius. Contratistas Monroy S.R.L. adquirió el dominio del terreno referido en el considerando precedente, conforme se desprende de la Ficha N” 301991-C en el Asiento 5-C del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima; Que, según el Informe N” 071-98-CVHU/MD.SMP-D.DU. concluve oue ouede atenderse la solicitud de habilitación urbana,, debiéndose remitir a la Comisión Tecnica, para prosegmr con el trámite de la habilitación urbana; Que. en la Inspección Ocular practicada se verificó que la obra de Electrificación, ejecutada por Edelnor, está total- mente desarrollada, comprendiendo Redes definitivas del Subsistema de Distribución Primaria y Secundaria, instala- ciones de Alumbrado Público y conexiones domiciharias, no cuentan con redes de Agua y Desagüe, ni con la red definitiva telefónica para el suministro de servicio telefónico, seún se desprende del Informe N” 117-98VHU/MDSMP-D.D 6.; Que, mediante Certificado de Zonificación y Vías N” 176- 96-MLMDMDU expedido el 2 de setiembre de 1996 por la Municipalidad de Lima Metropolitana, califica al terreno como de Uso de Comercio Vecinal C-2 y Residencial de Densidad Media R-4: documentos requeridos para el presente trámite por la Ley N” 26878 v las cartas reiterativas cursadas a los coleaiosQue, la recurrente ha cumplido con presentar todos los profesionales instándoles a que nombren a sus represe&m- tes para la conformación de la Comisión Técnica de Habilita- ción Urbana, tal como lo requiere la acotada ley, aún no se ha conformado dicha comisión por falta de designación de estos representantes, no obstante que las empresas concesionarias de los servicios sí han cumplido con esta designación; Que, desde la fecha de presentación del Expediente W C- 1980-98 (6 de julio de 19981 ha transcurrido en exceso el plazo establecido por el Artículo 14” del D.S. N” Oll-98-MTC, siendo de aplicación el silencio administrativo positivo a que se refiere el Artículo 4” de la Ley N” 26878, tal como se señala en el Informe N” 119-98CVHU/MD.SMP-D.DU, al amparo del