Norma Legal Oficial del día 06 de enero del año 1999 (06/01/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, miercoles 6 de enero de 1999
HORARIOS

NORMAS LEGALES

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: Salidas de Arequipa: 17.30 horas (martes, jueves y sabado) Salidas de Puno:17.30 horas (lunes, miercoles y viernes)

ruta: Lima-Llata y viceversa, de acuerdo a los siguientes terminos: RUTA ORIGEN DESTINO ITINERARIO ESCALA COMERCIAL FRECUENCIAS FLOTA VEHICULAR : LIMA-LLATA y viceversa : MORDAZA : LLATA : CHANCAY-HUALLANCA-UNION : CHANCAY-BARRANCA-HUALLANCA-UNION-PACHAS : Tres (3) semanales : Dos (2) omnibus

Las tarjetas de circulacion seran expedidas en relacion al ano de fabricacion de los vehiculos ofertados, bajo responsabilidad. Segundo.- La concesionaria esta obligada a cumplir con las normas establecidas en el reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y demas disposiciones vigentes, concernientes al Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, que se autoriza. Tercero.- La concesionaria esta obligada a iniciar el servicio dentro de los treinta (30) dias calendario computados a partir de la fecha de publicacion de la presente resolucion, cumpliendo con lo establecido en el Articulo 17º del reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95MTC; caso contrario, se aplicaran las sanciones previstas en el MORDAZA parrafo del Articulo 16º del citado reglamento. Cuarto.- Encargar la ejecucion de esta resolucion a la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Quinto.- La presente resolucion se publicara en el Diario Oficial El Peruano, conforme a ley. Registrese y comuniquese. MORDAZA A. MORDAZA MANCHEGO Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 0028

FLOTA OPERATIVA : Un (1) omnibus: VG-1649 (1997) FLOTA DE RESERVA : Un (1) omnibus: VG-1553 (1997) HORARIOS : Salida de Lima: 7.00 a.m. Salida de Llata: 7.00 a.m.

Otorgan a empresa concesion de servicio publico de transporte terrestre interprovincial de pasajeros
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1567-98-MTC/15.18 MORDAZA, 29 de diciembre de 1998 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 02719010 organizado por la Empresa de Transportes MUSHCA E.I.R.L., sobre Concesion de Ruta: Lima-Llata y viceversa e Informe Nº 1133-98-MTC/15.18.04.1 de la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. CONSIDERANDO: Que, la empresa de transportes ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Articulo 13º del Reglamento del Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97-MTC, para la prestacion del servicio propuesto; Que, la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional en Informe Nº 1133-98-MTC/ 15.18.04.1, expresa haber revisado la documentacion y encontrado conforme, por lo que, recomienda otorgar a favor de la Empresa de Transportes MUSHCA E.I.R.L. la concesion de ruta: Lima-Llata y viceversa; Estando a las opiniones favorables de las Direcciones de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional en Memorandum Nº 3378-98-MTC/15.18.04 y de Asesoria Legal en Informe Nº 1315-98-MTC/15.18.01; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a la Empresa de Transportes MUSHCA E.I.R.L., la Concesion de Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el periodo de diez (10) anos, computados a partir de la fecha de expedicion de esta resolucion, en la

La tarjeta de circulacion sera expedida en relacion al ano de fabricacion de los vehiculos ofertados, bajo responsabilidad. Segundo.- La concesionaria esta obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y demas disposiciones vigentes, concernientes al Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, que se autoriza. Tercero.- La concesionaria esta obligada a iniciar el servicio dentro de los treinta (30) dias calendario computados a partir de la fecha de publicacion de la presente resolucion, cumpliendo con lo establecido en el Articulo 17º del reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95MTC; en caso contrario, se aplicaran las sanciones previstas en el MORDAZA parrafo del Articulo 16º del citado reglamento. Cuarto.- Encargar la ejecucion de esta resolucion a la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Quinto.- La presente resolucion se publicara en el Diario Oficial El Peruano, conforme a ley. Registrese y comuniquese. MORDAZA A. MORDAZA MANCHEGO Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 0054

PESQUERIA
Modifican resolucion y otorgan permiso de pesca a empresa para operar embarcacion pesquera
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 393-98-PE/DNE MORDAZA, 31 de diciembre de 1998 Visto los escritos de Registros Nºs. CE-0091003 y 04155001 de fechas 6 y 16 de octubre y 10 de noviembre de 1998, presentados por PESQUERA MORDAZA S.A., mediante los cuales solicita permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera "SANTA MORDAZA III" en la extraccion de recursos hidrobiologicos con destino al consumo humano directo e indirecto; CONSIDERANDO: Que los Articulos 43º y 44º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, establecen que para la operacion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional, las personas naturales y/o juridicas requeriran del permiso de pesca correspondiente, el mismo que es un derecho especifico que el Ministerio de Pesqueria otorga a plazo determinado para el desarrollo de las actividades pesqueras; Que mediante las Resoluciones Ministeriales Nºs. 07095-PE y 573-97-PE de fechas 9 de febrero de 1995 y 15 de octubre de 1997, se autorizo a PESQUERA MORDAZA S.A., el incremento de flota con la embarcacion pesquera a denominarse "SANTA MORDAZA III", con una capacidad de

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