Norma Legal Oficial del día 06 de enero del año 1999 (06/01/1999)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, miercoles 6 de enero de 1999

NORMAS LEGALES

Pag. 168337

equipada con redes de cerco de 1/2 y 1 1/2 pulgadas (13 y 38 mm.), segun corresponda, para la extraccion de anchoveta y sardina, con destino al consumo humano directo e indirecto; Que del analisis y evaluacion efectuada a los documentos presentados por los recurrentes se concluye que no han cumplido con presentar reportes de descarga que acrediten que la embarcacion pesquera citada MORDAZA efectuado faenas de pesca del recurso hidrobiologico sardina con destino al consumo humano indirecto, por lo que deviene en improcedente en ese extremo la solicitud presentada; Que de acuerdo a la evaluacion efectuada a los documentos presentados por los recurrentes, se ha determinado que de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 6º del Reglamento de la Ley Nº 26920, han cumplido con los requisitos establecidos en el Procedimiento Nº 1, correspondiente a la Direccion Nacional de Extraccion; del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-PE, asi como con los requisitos establecidos en los literales a) y b) del citado articulo, en lo que respecta al recurso anchoveta; Armadores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nombre de la Embarcacion MORDAZA MORDAZA III

Estando a lo informado por la Direccion de Administracion y Control Pesquero y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad a lo establecido en el Articulo 43º literal c) numeral 1) de la Ley General de Pesca y en el Articulo 138º de su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE; y, En uso de las atribuciones conferidas mediante el Reglamento de la Ley Nº 26920, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-98-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar permiso de pesca a plazo determinado a los armadores pesqueros que se indican a continuacion, para operar una (1) embarcacion pesquera de bandera nacional, la cual se dedicara a la extraccion del recurso anchoveta para el consumo humano directo e indirecto, con empleo de MORDAZA con hielo como sistema de preservacion, utilizando red de cerco con longitud minima de abertura de malla de 1/2 pulgada (13 mm.), en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas costeras Sistema de Pesca Red de Cerco de 1/2 pulgada Capacidad de Bodega 34,08 m3 Sistema de Preservacion MORDAZA con hielo Ano Construc. 1990

Nº de Matricula PT-6115-BM

Articulo 2º.- Declarar improcedente la solicitud de permiso de pesca respecto al recurso sardina, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 3º.- La embarcacion pesquera citada en el Articulo 1º no sera considerada como flota existente para efectos de su sustitucion de capacidad de bodega a que hace referencia el Articulo 24º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca y los Articulos 19º y 24º del Decreto Supremo Nº 001-94-PE, reglamento de la citada ley. Articulo 4º.- La vigencia del permiso de pesca otorgado por la presente resolucion esta supeditada a la operatividad de la embarcacion pesquera y al pago por concepto de derecho anual que acrediten los armadores con la respectiva constancia. Este pago sera abonado por los armadores pesqueros en el plazo que establezca el dispositivo normativo que fije el monto por dicho concepto. Articulo 5º.- Las operaciones de pesca estan sujetas a lo dispuesto en las normas legales vigentes y a las que se emitan sobre regulacion y ordenamiento pesquero. Articulo 6º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y a las Direcciones Regionales de Pesqueria Tumbes, MORDAZA, Chiclayo, MORDAZA, Chimbote, Ica, MORDAZA Ilo y Tacna. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SHIMABUKURO MIYASATO Director Nacional de Extraccion 0016

Otorgan licencia de operacion a empresa para que desarrolle la actividad de procesamiento pesquero
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 001-99-PE/DNPP MORDAZA, 4 de enero de 1999 Visto los escritos de Registros Nºs. 001999, 06851, 11974, 0006097, 02008002, 6097, 03882003 y 04140003, de fechas 15 de marzo de 1994, 2 de junio y 15 de setiembre de 1997, 7 de MORDAZA, 30 de junio y 11 de setiembre, 7, 16 de octubre, y 05433003 de 14 de diciembre de 1998, presentados por la empresa PRODUCTOS MARINOS DEL MORDAZA SUR S.A. CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Directoral Nº 106-93-PE/ DNPP de fecha 27 de diciembre de 1993 se autorizo la

transferencia de la concesion otorgada a MORDAZA DEL NORTE S.A., a traves de la Resolucion Directoral Nº 24189-PE/DGT de fecha 19 de junio de 1989, para desarrollar la actividad de enlatado y harina de pescado con las capacidades instaladas de 3,491 cajas/turno y 25t/h, respectivamente, en el establecimiento industrial pesquero, ubicado en la caleta de Puerto MORDAZA, distrito y provincia de Sechura y departamento de MORDAZA, a favor de la empresa PRODUCTOS MARINOS DEL MORDAZA SUR S.A., en virtud del acuerdo de fusion por incorporacion suscrito por MORDAZA empresas, otorgandosele a esta MORDAZA, nueva licencia de operacion para desarrollar dichas actividades, dejandose sin efecto la Resolucion Directoral Nº 241-89-PE/DGT; Que mediante Resolucion Directoral Nº 107-93-PE/ DNPP de fecha 27 de diciembre de 1993 se autorizo la transferencia de la concesion otorgada a MORDAZA DEL NORTE S.A., a traves de la Resolucion Directoral Nº 112-91-PE/DGT de fecha 24 de MORDAZA de 1991, para desarrollar las actividades de enlatado, congelado, curado y harina de pescado, con las capacidades instaladas de 3,180 cajas/turno, 19 t/dia, 18 t/mes y 25 t/h, respectivamente, en el establecimiento industrial pesquero, ubicado en la MORDAZA de Parachique, distrito y provincia de Sechura, departamento de MORDAZA, a favor de la empresa PRODUCTOS MARINOS DEL MORDAZA SUR S.A., en virtud del acuerdo de fusion por incorporacion suscrito por MORDAZA empresas, otorgandosele a esta MORDAZA nueva licencia de operacion para desarrollar dichas actividades, dejandose sin efecto la Resolucion Directoral Nº 11291-PE/DGT; Que mediante Resolucion Directoral Nº 051-96-PE/ DNPP de fecha 10 de setiembre de 1996 se declaro la caducidad del derecho otorgado a la empresa PRODUCTOS MARINOS DEL MORDAZA SUR S.A., mediante Resolucion Directoral Nº 107-93-PE/DNPP de fecha 27 de diciembre de 1993, en lo que respecta a sus plantas de congelado y curado de recursos hidrobiologicos; Que mediante los escritos del visto PRODUCTOS MARINOS DEL MORDAZA SUR S.A., solicita licencia de operacion de sus plantas de enlatado y harina de pescado en virtud a la fusion fisica de sus plantas de procesamiento a que se hace referencia en los considerandos que anteceden; Que la Direccion de Medio Ambiente, mediante Oficio Nº 099-98-PE/DIREMA de fecha 30 de enero de 1998, senala que ha recaido calificacion favorable sobre el Estudio de Impacto Ambiental presentado por la recurrente para su planta de harina de pescado; Que a traves del Oficio Nº 184-98-PE/DNPP-Dc de fecha 5 de febrero de 1998 se notifico a la recurrente a fin de que adecue el procedimiento de licencia de operacion iniciado, a las disposiciones del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria aprobado por Decreto Supremo Nº 00198-PE, no habiendo cumplido, con respecto a su planta de enlatado, hasta la fecha con presentar el Requisito Nº 2 del Procedimiento Nº 19 correspondiente a la Direccion Nacional de Procesamiento Pesquero del Ministerio de Pesqueria;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.