TEXTO PAGINA: 43
Pág. 168485 NORMAS LEGALES Lima, viernes 8 de enero de 1999 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Suspenden recepción de solicitudes de Licencias de Construcción y Certifi- cados de Zonificación para Grifos y/o Estaciones de Servicio DECRETO DE ALCALDIA Nº 25-98-ALC/MSI EL ALCALDE DE SAN ISIDRO; CONSIDERANDO: Que, según el Artículo 3º de la Ley Nº 23853, las Municipali- dades representan al vecindario, promueven la adecuada presta- ción de los servicios públicos locales, fomentan el bienestar de los vecinos y el desarrollo integral y armónico de las circunscripcio- nes de su jurisdicción; Que, el numeral 11) del Artículo 65º de la misma ley establece como función municipal en materia de acondicionamiento terri- torial, vivienda y seguridad colectiva, el reglamentar, otorgar licencias y controlar las construcciones, remodelaciones y demo- liciones de los inmuebles de las áreas urbanas, de conformidad con las normas del Reglamento Nacional de Construcciones y el Reglamento Provincial, respectivo; Que, asimismo el Artículo P.II.2.1. del Reglamento Nacional de Construcciones aprobado por Decretos Supremos Nºs. 039-70-VI y 063-70-VI, faculta a las Municipalidades Distritales a dictar disposi- ciones administrativas complementarias a fin de que las obras de construcción a ejecutarse en su jurisdicción, reúnan las condiciones necesarias de función, higiene, seguridad, comodidad y estética; Que, el Artículo P.II.2.2. del referido reglamento establece como facultad municipal distrital, el controlar de acuerdo al interés público, el uso de los terrenos y las densidades de pobla- ción y de construcción; Que, los vecinos del distrito de San Isidro han manifestado diversas sugerencias y opiniones en relación a la zonificación general del distrito, siendo necesario en aplicación de la Ordenanza Nº134-97- MML, que aprobó el Reglamento de Actualización y Reajuste del Plano de Zonificación General de Lima Metropolitana, evaluar y presentar una nueva propuesta de zonificación para el distrito; Que, acogiendo el sentimiento de la ciudadanía, mediante Resoluciones de Alcaldía Nºs. 259-98-ALC/MSI y 262-98-ALC/ MSI, de fechas 10.SET.98 se conformó una Comisión Interdisci- plinaria de especialistas en Desarrollo y Planificación Urbana, Ingeniería, Derecho Municipal y Administrativo, Administración de Empresas y otros, cuyo trabajo estará condicionado a que, estos profesionales residentes en el distrito, interpretando las aspiraciones de la comunidad de San Isidro procedan a la evalua- ción de la actual Zonificación y Reglamento e Indice de Usos y presentar la propuesta de Reajuste de Zonificación; Que bajo estas condiciones y en tanto, no se dicten nuevas normas en materia de zonificación e índice de usos, es prudente dictar las medidas preventivas del caso, que impidan la prolifera- ción inorgánica de Grifos y/o Estaciones de Servicio en la jurisdic- ción del distrito, en tanto se emitan las nuevas disposiciones sobre la materia; Estando a lo opinado por la Dirección de Desarrollo Urbano, según Informe Nº 334-98-DDU/MSI y por la Oficina de Asesoría Jurídica, mediante Informe Nº 790-98-09-OAJ/MSI; En uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del Artículo 47º y de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 111º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853; DECRETA: Artículo Primero.- SUSPENDER la recepción a trámite, así como el trámite mismo de las solicitudes de Licencias de Cons- trucción y Certificados de Zonificación para Grifos y/o Estaciones de Servicio en la jurisdicción del distrito de San Isidro, en tanto, sean dictadas las nuevas normas en materia de zonificación e índices de usos. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del pre- sente decreto a la Dirección de Desarrollo Urbano. Artículo Tercero.- ESTABLECER que el presente decreto entrará en vigencia por excepción a partir del día siguiente de su publicación, según lo dispuesto por el Artículo 112º de la Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Cuarto.- TRANSCRIBIR el presente decreto a la Municipalidad Metropolitana de Lima a efectos de las acciones de coordinación y trámite a que se refiere la Ordenanza Nº 134-97-MML. Dado en la Casa Consistorial de San Isidro a los veintiocho días del mes de diciembre de mil novecientos noventiocho. GASTON BARUA LECAROS Alcalde 0331Prorrogan plazo de suspensión de recepción de solicitudes para otorgar licencias de construcción, certificados de zonificación y cambio de uso DECRETO DE ALCALDIA Nº 26-98-ALC/MSI EL ALCALDE DE SAN ISIDRO CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 19-98-ALC/MSI, publi- cado en el Diario Oficial El Peruano el 25.9.98 se dispuso la suspensión de recepción de trámite de solicitudes de Licencias de Construcción y Certificados de Zonificación para aquellas edificaciones cuya altura supere los cinco pisos en la zona residen- cial comprendida en el lado oeste del distrito entre la Av. Arequi- pa y los límites distritales con Miraflores, Magdalena del Mar, Jesús María y Lince por el lapso de noventa (90) días calendario, en tanto la Comisión Interdisciplinaria de Evaluación de la Zonificación, conformada mediante Resoluciones de Alcaldía Nºs. 259-98-ALC/MSI y 262-98-ALC/MSI de fecha 10.9.98, emitan su propuesta final y sea aprobada por la Municipalidad de Lima Metropolitana; Que, igualmente mediante Decreto de Alcaldía Nº 21-98- ALC/MSI publicado en el Diario Oficial El Peruano el 6.11.98, se dispuso la suspensión de la recepción y trámite de solicitudes de cambio de uso por el lapso de setenta (70) días calendario, en tanto la Comisión Interdisciplinaria conformada por Resolución de Alcaldía Nº 259-98-ALC/MSI de fecha 10.9.98, evalúe la actual zonificación y Reglamento e Indice de Usos y presenten la propuesta de Reajuste de Zonificación; Que, la Alcaldía ante el clamor vecinal ha evaluado la pro- puesta presentada por la Comisión Interdisciplinaria, así como revisada la normatividad vigente determinando se elabore el Plan Director de Desarrollo Urbano para San Isidro, en donde no sólo se contemple la zonificación sino también la factibilidad de ampliación y mejora de los servicios de agua, luz, teléfono y otros; el control del medio ambiente, la promoción turística, cultural y tecnológica, el tránsito y transporte público y, en términos gene- rales el mejoramiento de la calidad de vida y el bienestar social de la población, con miras a una reglamentación que respete el carácter residencial del distrito, que limite alturas, compatibili- dad de uso, requerimiento de estacionamiento, así como determi- ne áreas urbanas especiales de intervención; Que, el Plan Director de Desarrollo Urbano tiene por finali- dad, constituirse en un instrumento técnico - político adecuado para el afianzamiento de la autoridad municipal en su capacidad de gestión; para orientar las acciones prioritarias de desarrollo urbano del distrito coherentemente con el conjunto metropolita- no, así como para propiciar la concertación de los agentes públicos y privados y, de los actores sociales organizados, que promueva y oriente la iniciativa de inversión pública y privada de los agentes con sede en el distrito y, ordene las acciones técnico - administra- tivas para un manejo institucionalizado de la gestión municipal; Que, por los motivos expuestos, resulta conveniente prorro- gar la suspensión de la recepción y trámite de solicitudes de Licencia de Construcción y Certificados de Zonificación para aquellas edificaciones cuya altura supere los cinco pisos, así como los cambios de uso en las zonas residenciales del distrito según la delimitación señalada en el Decreto de Alcaldía Nº 19-98-ALC/ MSI ampliándola a la zona residencial del lado este del distrito a partir de la Av. Pablo Carriquiry Maurer y los límites distritales con La Victoria, San Borja y Surquillo, en tanto se aprueba el Plan Director de Desarrollo Urbano de San Isidro; Estando a lo informado por la Dirección de Desarrollo Urbano y con la visación de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, En uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del Artículo 47º y de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 111º de la Ley Orgánica de Municipalidades; De conformidad a lo estipulado por la Ordenanza Nº 134-97- MML; DECRETA: Artículo 1º.- PRORROGAR, en tanto se aprueba el Plan Director de Desarrollo Urbano de San Isidro, la suspensión dispuesta en el Artículo 1º del Decreto de Alcaldía Nº 19-98-ALC/ MSI y ampliar la misma a la zona residencial del lado este del distrito a partir de la Av. Pablo Carriquiry Maurer y los límites distritales con La Victoria, San Borja y Surquillo, lo cual permi- tirá preservar las características arquitectónicas, residenciales e histórico-tradicionales del distrito. Artículo 2º.- PRORROGAR en tanto se aprueba el Plan Director de Desarrollo Urbano de San Isidro, la suspensión establecida en el Decreto de Alcaldía Nº 021-98-ALC/MSI. Artículo 3º.- TRANSCRIBIR el presente decreto a la Muni- cipalidad Metropolitana de Lima a efectos de las acciones de coordinación y aprobación correspondientes. Artículo 4º.- El presente decreto entrará en vigencia por excepción a partir del día siguiente de su publicación, según lo dispuesto por el Artículo 112º de la Ley Orgánica de Municipali- dades, Ley Nº 23853.