Norma Legal Oficial del día 08 de enero del año 1999 (08/01/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 8 de enero de 1999

de personas y zonas riberenas a las playas, que seran determinadas por Decreto de Alcaldia. Articulo 3º.- Son deudores tributarios en calidad de contribuyentes los conductores que estacionen sus vehiculos en las zonas indicadas en el Articulo Segundo. Son deudores tributarios en calidad de responsables, los propietarios de los referidos vehiculos. Articulo 4º.- El rendimiento de la tasa constituye renta de la Municipalidad y se destinara a financiar la implementacion, mantenimiento y mejoramiento de las vias publicas destinadas al Estacionamiento o Parqueo de Vehiculos, a la limpieza de las playas y a brindar servicio de grua y MORDAZA mecanico. Articulo 5º.- El monto de la tasa a ser abonada por el deudor tributario es (S/. 10.00), diez nuevos soles por cada dia o fraccion de permanencia del vehiculo en estacionamiento o parqueo en las areas indicadas en el Articulo MORDAZA, durante los meses de enero a MORDAZA de cada ano. Articulo 6º.- La Municipalidad, mediante carteles colocados en lugares visibles, identificara las vias publicas al pago de la tasa por estacionamiento de vehiculos, indicara los conceptos comprendidos dentro del servicio y el importe que se cobra. Articulo 7º.- Se encuentran inafectos al pago de la tasa, los conductores de ambulancias, vehiculos de propiedad de contribuyentes que habitan permanentemente en el distrito, vehiculos de la Compania de Bomberos, vehiculos de las Fuerzas Armadas y Policia Nacional, vehiculos que prestan el servicio de Serenazgo, vehiculos de Seguridad del Estado, vehiculos de propiedad municipal, vehiculos de limpieza publica y mantenimiento de parques y jardines al servicio de la Municipalidad, siempre y cuando se encuentren en cumplimiento de sus funciones. Articulo 8º.- La recaudacion de la tasa podra ser efectuada directamente por la Municipalidad o encargada a una empresa publica o privada, bajo las modalidades que permite la ley. Articulo 9º.- Modifiquese la Ordenanza Nº 004-97-A/MDA, en lo que se refiere a las tarifas de zonas de estacionamiento y playas de estacionamiento. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 0334

Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital de Los Olivos; Nivel Remunerativo F-1. Articulo Segundo.- DESIGNAR, a partir de la fecha, a la Srta. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de confianza de Auxiliar Coactiva de la Municipalidad Distrital de Los MORDAZA, Nivel Remunerativo SPE. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Direccion de Administracion, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolucion. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 0206

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Designan al SAT como institucion encargada de la administracion de los tributos de la municipalidad
ORDENANZA Nº 001-MDLV La MORDAZA, 6 de enero de 1999 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA VICTORIA; POR CUANTO: El Concejo Distrital de la MORDAZA, en Sesion Extraordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru establece que las municipalidades distritales y provinciales y las delegadas conforme a ley, son los organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo 194º de la misma MORDAZA establece que las municipalidades pueden asociarse o concertar entre ellas convenios cooperativos para la prestacion de servicios comunes; Que, de conformidad con el Articulo 91º de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por Decreto Legislativo Nº 776, las municipalidades distritales podran celebrar convenios de cooperacion con la respectiva Municipalidad Provincial para la realizacion de obras o la prestacion de servicios interdistritales; Que, de conformidad con lo establecido en el Articulo 52º del Decreto Legislativo Nº 816, Codigo Tributario, las municipalidades tienen competencia para administrar los tributos dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la ley; Que, de conformidad con lo establecido en el Articulo 93º de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por Decreto Legislativo Nº 776, las Municipalidades podran entregar en concesion los servicios de fiscalizacion de los tributos a su cargo, siempre que no se viole el secreto tributario; Que la Tercera Disposicion Complementaria y Transitoria de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecucion Coactiva, faculta a las entidades de la administracion publica a celebrar convenios con el Banco de la Nacion o con otras entidades publicas de caracter administrativo a fin de que estas se encarguen de la tramitacion de los procedimientos coactivos; Que, mediante Edicto Nº 225, se creo el Servicio de Administracion Tributaria - SAT, como organismo publico descentralizado de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, que tiene por finalidad organizar y ejecutar la administracion, fiscalizacion y recaudacion de todos los ingresos tributarios de dicha municipalidad, asi como organizar y ejecutar la recaudacion y cobranza coactiva de las multas administrativas y otros ingresos de derecho publico, entre otras funciones. Que, el inciso l) del Articulo 2º del Edicto Nº 225 faculta al Servicio de Administracion Tributaria - SAT, a celebrar convenios con las municipalidades distritales de MORDAZA Metropolitana para brindar asesoria o encargarse de la administracion, fiscalizacion y/o recaudacion de sus ingresos tributarios, multas administrativas y otros ingresos de derecho publico, previa aprobacion del Concejo Metropolitano; Que, es necesario contar con los servicios del SAT para que realice las funciones propias de la Administracion Tributaria, incluyendo las funciones de servicios al contribuyente, control de cumplimiento de las obligaciones tributarias, resolucion de reclamaciones y cobranza coactiva de deudas tributarias; asi como la recaudacion, cobranza, otorgamiento de aplazamientos y fraccionamientos y devolucion de pagos indebidos y en exceso de multas administrativas y otros ingresos, con la finalidad de mejorar los servicios prestados a los administrados a traves de la utilizacion de menores recursos, sin perjuicio de la responsabilidad que corresponde a esta municipalidad por dichos servicios; Estando a lo dispuesto por el numeral 3. del Articulo 36º y el Articulo 109º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853; ha dado la siguiente:

MUNICIPALIDAD DE LOS MORDAZA
Designan ejecutor y auxiliar coactivos de la municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 014-99 Los MORDAZA, 2 de enero de 1999 VISTOS: Las Resoluciones de Alcaldia Nº 2849-98 del 2 de octubre de 1998, Nº 3007-98 del 30 de octubre de 1998, el Acuerdo de Concejo Nº 083-98/CDLO; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 2849-98 se constituyo una Comision Especial de Trabajo para que se encargue de implementar las disposiciones contenidas en la Ley de Procedimiento de Ejecucion Coactiva Nº 26979; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 3007-98, se aprobo el Reglamento de Evaluacion del Concurso Publico de Meritos Nº 001-98-MDLO y se convoco al Concurso Publico de Meritos para designar al Ejecutor y Auxiliar Coactivo de la Muncipalidad Distrital de Los MORDAZA, resultando ganadores el Dr. MORDAZA Pumajulca MORDAZA y la Srta. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Monzon. De esta forma se dio cumplimiento a lo dispuesto por la Setima Disposicion Complementaria y Transitoria de la Nº 26979 - Ley de Procedimiento de Ejecucion Coactiva; Que, a partir del 1 de enero de 1999 entro en vigencia la nueva Estructura Organica de la Municipalidad Distrital de Los MORDAZA, aprobada mediante Acuerdo de Concejo Nº 083-98/CDLO, la misma que incluye a la Ejecutoria de Procedimientos Coactivos de la Municipalidad; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 006-99/CDLO, se aprobo el Presupuesto Analitico de Personal de la Municipalidad Distrital de Los MORDAZA, incluyendose el cargo de Ejecutor Coactivo con nivel remunerativo F1, asi como el cargo de Auxiliar Coactivo con nivel remunerativo SPE; Que, el MORDAZA es el personero legal de la Municipalidad y como titular de la misma, esta facultado para designar al personal de confianza o administrativo, en concordancia con el Art. 50º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 23853; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DESIGNAR, a partir de la fecha, al Dr. MORDAZA PUMAJULCA MORDAZA, en el cargo de confianza de

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