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Pág. 168470 NORMAS LEGALES Lima, viernes 8 de enero de 1999 ma de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y la Resolución SBS Nº 419-98, de fecha 29 de abril de 1998; Estando a lo informado por la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica, la Oficina de Estudios Económicos y por la Intendencia de Instituciones Financieras "E" mediante Informes Nºs. 639-98-AJ, 056-98-GEE y ASIF"E" 122/OT-98 e Informe Complementario de fecha 98.9.28, respectivamente; así como, a lo opinado por el Banco Central de Reserva del Perú; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 21º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702; En uso de las atribuciones conferidas por la precitada Ley General; RESUELVE: 1º.- Autorizar la organización de la EDPYME CREDITOS DE ALCANCE REGIONAL CUSCO S.A., a quien también se le podrá denominar EDPYME CREAR CUSCO, para lo cual se aprueba el proyecto de minuta de constitución social y estatuto presentado para tal efecto por los organizadores, el que se devuelve debida- mente autenticado con sello oficial de esta Superintendencia, para su elevación a escritura pública, debiendo insertarse en ésta el Certificado de Autorización al que se refiere el tercer numeral de la presente resolución. 2º.- Para la autorización de funcionamiento de la EDPYME CREDITOS DE ALCANCE REGIONAL CUSCO S.A. - EDPYME CREAR CUSCO en organización, deberán realizar dentro del plazo de ley, todas las acciones orientadas a formalizar su consti- tución; asimismo, comunicar por escrito a esta Superintendencia que se ha cumplido con las exigencias establecidas en el Art. 8º de la Resolución SBS Nº 419-98, y adecuarse además a lo dispuesto por la Resolución Nº 776-98 del 14 de agosto de 1998, procediendo para tal efecto a: a) Adjuntar el Testimonio de la Escritura Pública de constitu- ción social; b) Acreditar el pago de su capital social mínimo mediante aportes en efectivo; c) Acreditar que debida y oportunamente se ha efectuado la publicación de que trata el numeral 1) del Artículo 23º de la Ley General; d) Acreditar el nombramiento de todos los miembros del Directorio, por parte de la Junta General de Accionistas, el cual debe encontrarse íntegramente constituido y en funciones; e) Remitir los manuales de organización y funciones, de normas operativas y de delegación de facultades, debidamente aprobados por el Directorio. Igualmente, copia del Acta de apro- bación respectiva; f) Remitir el currículum vitae de sus directores y principales funcionarios; así como la Declaración Jurada de los mismos, de no encontrarse incurso en los impedimentos previstos en los Artícu- los 20º y 81º de la Ley General; g) Remitir copia certificada de los poderes que se les hubiera otorgado a cada uno de los funcionarios, incluyendo la delegación de facultades; h) Remitir las políticas y procedimientos generales de audito- ría interna; i) Remitir cualquier otra información complementaria que sea requerida por esta Superintendencia y que tienda a demos- trar la capacidad de funcionamiento de la empresa. 3º.- Disponer que por Secretaría General se otorgue el corres- pondiente Certificado de Autorización, el mismo que deberá ser publicado en el Diario Oficial, conforme a ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTIN NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros 0229 CONASEV Disponen inscribir valores represen- tativos de acciones de empresa mine- ra en el Registro Público del Mercado de Valores RESOLUCION GERENCIA GENERAL Nº 001-99-EF/94.11 Lima, 5 de enero de 1999 VISTOS: El documento simple Nº 98/17235 presentado por la Bolsa de Valores de Lima, así como el Informe Nº 001-99-EF/94.50 de fecha 4 de enero de 1999, presentado por la Gerencia de Emisores y Empresas;CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución CONASEV Nº 209-96-EF/94.10 de fecha 14 de mayo de 1996, se dispuso la inscripción de las acciones comunes clase B representativas del capital social de COMPA- ÑIA DE MINAS BUENAVENTURA S.A.A., en el Registro Públi- co de Valores e Intermediarios, hoy Registro Público del Mercado de Valores y se dispuso la inscripción de las referidas acciones en la Bolsa de Valores de Lima; Que, mediante escrito de fecha 17 de diciembre de 1998, COMPAÑIA DE MINAS BUENAVENTURA S.A.A. solicitó a la Bolsa de Valores de Lima la inscripción de sus American Deposi- tary Shares (ADSs) representativos de sus acciones comunes clase B, de conformidad con lo establecido por el Artículo 18º del Reglamento de Inscripción y Exclusión de Valores Mobiliarios en la Rueda de Bolsa de la Bolsa de Valores de Lima, aprobado mediante Resolución CONASEV Nº 125-98-EF/94.10; Que, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 16º del Reglamento del Registro Público del Mercado de Valores, aproba- do por Resolución CONASEV Nº 079-97-EF/94.10.0, la Bolsa de Valores de Lima mediante Cartas GL-679/98 y GL-690/98, pre- sentadas el 21 y el 22 de diciembre de 1998, respectivamente, comunicó a esta Comisión Nacional la decisión de admitir la solicitud de inscripción de los American Depositary Shares (ADSs) representativos de las acciones comunes clase B de COMPAÑIA DE MINAS BUENAVENTURA S.A.A.; Que, se ha observado en el presente caso, que el expediente organizado por COMPAÑIA DE MINAS BUENAVENTURA S.A.A., satisface lo establecido en el Reglamento de Inscripción y exclusión de Valores Mobiliarios en la Rueda de Bolsa de la Bolsa de Valores de Lima, aprobado mediante Resolución CONASEV Nº 125-98-EF/94.10; y, Estando a lo dispuesto por el Artículo 23º del Reglamento de Inscripción y Exclusión de Valores Mobiliarios en la Rueda de Bolsa de la Bolsa de Valores de Lima, aprobado por Resolución CONASEV Nº 125-98-EF/94.10 y el Artículo 16º del Reglamento del Registro Público del Mercado de Valores, aprobado por Reso- lución CONASEV Nº 079-97-EF/94.10.0, que faculta al Gerente General a disponer la inscripción de los valores en el Registro Público del Mercado de Valores; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Pronunciarse a favor del listado de los Ameri- can Depositary Shares (ADSs) representativos de las acciones comunes clase B de COMPAÑIA DE MINAS BUENAVENTURA S.A.A. en el Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima. Artículo 2º.- Inscribir en el Registro Público del Mercado de Valores los American Depositary Shares (ADSs) representativos de las acciones comunes clase B de COMPAÑIA DE MINAS BUENAVENTURA S.A.A. Artículo 3º.- La negociación de los valores a que se refiere el artículo anterior se iniciará al día siguiente de publicado su listado en el Boletín Diario de la Bolsa de Valores de Lima. Artículo 4º.- Transcribir la presente resolución a COMPA- ÑIA DE MINAS BUENAVENTURA S.A.A., a la Bolsa de Valores de Lima y a CAVALI ICLV S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese. GUSTAVO BERAMENDI GALDOS Gerente General 0263 DEFENSORIA DEL PUEBLO Modifican resolución que autorizó via- je de Adjunto al Defensor del Pueblo para los Derechos Humanos a los EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCION DEFENSORIAL Nº 74-98/DP Lima, 30 de diciembre de 1998 Vistos; el Memorando Nº 1077-98-DP/GAF, por el que la Gerente de Administración y Finanzas solicita la rectificación de la Resolución Defensorial Nº 57-98/DP que autorizó la comisión de servicios al exterior del Adjunto al Defensor del Pueblo para los Derechos Humanos y el pago de sus pasajes internacionales entre otros conceptos, con cargo al Presupuesto Institucional por las Fuentes de Financiamiento, Donaciones y Transferencias - AID Fase III; y, CONSIDERANDO: Que, según la documentación que acompaña el memorando de vistos, la Jefa de la Oficina de Iniciativas Democráticas, de la