Norma Legal Oficial del día 10 de febrero del año 1999 (10/02/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, miercoles 10 de febrero de 1999
VISTA:

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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La solicitud de nulidad presentada por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Briceno contra el Titulo de Propiedad Nº 4025 de 24 de junio de 1994 otorgado a favor de don MORDAZA Berlanga Bolanos; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Directoral Nº 769-94-MAGDRAA-OAL, de 23 de junio de 1994, la Direccion Regional Agraria de la Region MORDAZA incorporo al dominio del Estado 1.54 ha. de terrenos eriazos de los predios rusticos "Cabancha" y "El Cardo", ubicados en el distrito de MORDAZA MORDAZA Quimper, provincia de Camana, departamento de MORDAZA, califico en el a don MORDAZA Berlanga Bolanos como beneficiario con derecho a convertirse en propietario, otorgandole el Titulo de Propiedad Nº 4025; Que formulada oposicion a la titulacion por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Briceno y otros, la Direccion Regional Agraria de MORDAZA mediante Resolucion Directoral Nº 0470-96-MAG-DRAA-OAJ, de 27 de agosto de 1996, declaro la abstencion del procedimiento administrativo de titulacion seguido por don MORDAZA Berlanga Bolanos sobre los predios "Cabancha" y "El Cardo" hasta la conclusion del MORDAZA judicial de desalojo seguido por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Briceno y don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Briceno contra la persona MORDAZA nombrada; Que posteriormente mediante escrito de 3 de junio de 1998, de fojas 41, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Briceno, solicita la nulidad del Titulo de Propiedad Nº 4025 manifestando que conjuntamente con su hermano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Briceno son propietarios del predio que denomina "Cabancha Jardin" el que es conducido como arrendatario por don MORDAZA Berlanga Bolanos; Que de la documentacion que corre de fojas 56 a 61, se advierte que la accion judicial de desalojo que motivo la abstencion dispuesta por la Resolucion Directoral Nº 0470-96-MAG-DRAA-OAJ, concluyo con la sentencia consentida de fecha 26 de noviembre de 1996 de la Primera Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA que confirmo la sentencia de primera instancia que declaro improcedente la demanda de desalojo interpuesta en contra de don MORDAZA Berlanga Bolanos, por lo que por economia procesal es necesario pronunciarse respecto del Titulo de Propiedad Nº 4025 y la Resolucion Directoral Nº 769-94-MAG-DRAA-OAL que lo sustenta; Que el Estado puede adjudicar u otorgar titulos de propiedad unicamente sobre predios incorporados a su dominio en virtud de alguno de los procedimientos de adquisicion previstos por ley; Que no esta demostrado en autos que el predio materia de procedimiento MORDAZA sido incorporado al patrimonio del Ministerio de Agricultura; Que por el contrario esta acreditado que el predio es de propiedad privada segun aparece de la MORDAZA de los partes de la escritura publica de 3 de junio de 1991 por la cual don MORDAZA MORDAZA Bolanos y MORDAZA MORDAZA Briceno MORDAZA de MORDAZA transfieren a favor de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Briceno los predios que denominan "Cabancha Jardin" y "Buenos Aires"; lo que se halla corroborado con la certificacion obrante a fojas 64 emitido con fecha 22 de octubre de 1997, por el Director de la Agencia Agraria de Camana, conforme a la cual revisados los archivos de Catastro Rural, los predios "Cabancha" de 1.20 ha., con Unidad Catastral Nº 10380 y "El Cardo", de 0.34 ha., con Unidad Catastral Nº 10194, estan registrados teniendo como propietario a don MORDAZA MORDAZA Bolanos; Que de otro lado, la condicion de eriazo atribuida al bien como justificacion para incorporarlo al dominio del Estado esta desvirtuada por la parte considerativa de la propia resolucion que senala que el predio se encuentra con cultivos de panllevar; Que por tanto las resoluciones MORDAZA citadas y todo lo actuado se hallan incursas en la causal de nulidad prevista en el inciso b) del Articulo 43º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94JUS; Que con arreglo al Articulo 45º del Texto Unico acotado, la invalidez de un acto implicara la de los sucesivos en el procedimiento, siempre que esten vinculados a el; Estando a lo dictaminado por la Oficina de Asesoria Juridica y de conformidad con la Ley Organica del Ministerio de Agricultura, dada por Decreto Ley Nº 25902;

Articulo 1º.- Declarar nula la Resolucion Directoral Nº 769-94-MAG-DRAA-OAL, de 23 de junio de 1994, expedida por la Direccion Regional Agraria de la Region MORDAZA e insubsistente todo lo actuado, por cuanto los predios rusticos "Cabancha" y "El Cardo" son de propiedad privada. Articulo 2º.- Declarar igualmente nulo el Titulo de Propiedad Nº 4025 de 24 de junio de 1994 otorgado a favor de don MORDAZA Berlanga Bolanos; devolviendose el expediente a la Direccion Regional Agraria citada para su archivamiento. Registrese y comuniquese. MORDAZA DE LAS MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 1818

PROMUDEH
Designan Jefa de la Oficina de Cooperacion Internacional del Ministerio
RESOLUCION SUPREMA Nº 022-99-PROMUDEH MORDAZA, 9 de febrero de 1999 CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Supremo Nº 012-98-PROMUDEH, de fecha 6 de noviembre de 1998, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano PROMUDEH, el mismo que establece la nueva estructura organica del referido Ministerio; Que se encuentra vacante el cargo de Jefe de la Oficina de Cooperacion Internacional, Nivel Remunerativo F-5, del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH; Que es necesario designar al funcionario que desempene dicho cargo publico de confianza; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Legislativo Nº 866, modificado por el Decreto Legislativo Nº 893 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-98PROMUDEH y el Decreto Ley Nº 25515; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar, a partir del 1 de enero, a la Eco. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Jefa de la Oficina de Cooperacion Internacional, Nivel Remunerativo F-5, del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA CUCULIZA MORDAZA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 1902

Designan miembros del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica de MORDAZA Metropolitana en representacion del PROMUDEH
RESOLUCION SUPREMA Nº 023-99-PROMUDEH MORDAZA, 9 de febrero de 1999

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