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Pág. 173872 NORMAS LEGALES Lima, jueves 3 de junio de 1999 sectoriales en armonía con el Marco Estructural de Ges- tión Ambiental (MEGA); De conformidad con la disposición complementaria segunda del Decreto del Consejo Directivo Nº 001-97-CD/ CONAM que aprueba el Marco Estructural de Gestión Ambiental (MEGA); SE ACORDO: Artículo 1º.- La Comisión Nacional de Cambio Climá- tico como Grupo Técnico del MEGA está conformada por las siguientes instituciones, señaladas a continuación en orden alfabético: 1.Asociación de Municipalidades del Perú 2.CONFIEP 3.Consejo Nacional del Ambiente, quien la presidirá. 4.Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología. 5.Ministerio de Agricultura. 6.Ministerio de Economía y Finanzas. 7.Ministerio de Energía y Minas. 8.Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales. 9.Ministerio de Relaciones Exteriores. 10.Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción. 11.Representante de las ONG´s. 12.Representante de la comunidad universitaria. El CONAM podrá convocar a otras personas naturales o jurídicas especializadas en el tema. Artículo 2º.- La designación del representante titular y alterno se realizará mediante resolución administrativa en el caso del Sector Público y mediante carta del repre- sentante legal en caso del Sector Privado. Para el caso del representante de la comunidad universitaria éste será designado por la Comisión de Coordinación Interuniver- sitaria de la Asamblea Nacional de Rectores. Artículo 3º.- El representante de las ONG´s será designado entre las organizaciones que muestren interés en la convocatoria pública que para el efecto realizará el CONAM. Artículo 4º.- El MITINCI continuará coordinando el Grupo de Trabajo para la aplicación del "Programa País" para la reducción y eliminación de las sustancias que deterioran la capa de ozono, tal como lo establece la R.S. Nº 359-93-RE. Regístrese y publíquese. GONZALO GALDOS JIMENEZ Presidente del Consejo Directivo 7230 I N E I Aprueban Indices Unificados de Pre- cios de la Construcción para las seis áreas geográficas, correspondientes al mes de mayo de 1999 RESOLUCION JEFATURAL Nº 178-99-INEI Lima, 1 de junio de 1999 CONSIDERANDO: Que, la Undécima Disposición Complementaria y Tran- sitoria del Decreto Ley Nº 25862, transfiere al Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) las funcio- nes de elaboración de los Indices de los elementos que determinen el costo de las Obras; Que, el Art. 1º del Decreto Supremo Nº 011-89-VC de fecha 12 de setiembre de 1989, establece que los Indices que se apliquen, serán a la fecha en que debe ser pagada la valorización, de acuerdo al plazo legal o contractual estipulado; Que, con el objeto de facilitar su cumplimiento, se considera necesaria la publicación de aquellos índices que a la fecha cuentan con la información requerida;Que, la Dirección Técnica de Indicadores Económicos ha elaborado el Informe Nº 01-05-99-DTIE, referido a los Indices Unificados de Precios de la Construcción, para las seis (6) Areas Geográficas, correspondientes al mes de mayo de 1999, y con la aprobación de la Comisión Técnica del Instituto Nacional de Estadística e Informática; En uso de las atribuciones conferidas por el Art. 6º del Decreto Legislativo Nº 604; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar los Indices Unificados de Pre- cios de la Construcción para las seis (6) Areas Geográficas, correspondientes al mes de mayo de 1999, en la forma que a continuación se detalla: INDICE MAYO 1999 CODIGO 30 317,43 34 229,35 39 268,62 47 258,94 49 271,78 53 278,82 Regístrese y comuníquese. FELIX MURILLO ALFARO Jefe 7261 I N P E Inician procedimiento disciplinario a servidores de centros penitenciarios de Challapalca y Lima RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 327-99-INPE-P Lima, 27 de mayo de 1999 VISTO, el Informe Nº 063-99-INPE-CPPAD de fecha 14 de mayo de 1999 de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario; CONSIDERANDO: Que, mediante Memorando Nº 234-98-INPE/SR-SG de fecha 27.NOV.98, el Dr. Manuel GONZALES BAZAN, ex Secretario General del INPE, remite a esta Comisión, los documentos relacionados con las investigaciones realizadas al comportamiento irregular de la servidora médico María Victoria RUIZ GIRALDO, en el Estableci- miento Penitenciario de Régimen Cerrado CHALLAPAL- CA, a efectos de que se determine su responsabilidad administrativa, en el cargo señalado en la Hoja Informa- tiva Nº 053-98-INPE/AG; Que, la servidora nombrada médico María Victoria RUIZ GIRALDO, cirujano general, trabajó en el EPRC CHALLAPALCA, desde el 24.MAY.98 hasta el 23.JUN.98, como Jefa de Servicio Médico, durante el tiempo que trabajó en el mencionado penal, permanentemente insti- gó delante de los demás servidores, reclamando en voz alta según sus apreciaciones, la mala calidad de las comi- das, criticando que por la cantidad de dinero que remitía la Dirección Regional Sur Arequipa, no debería recibir tal alimentación, hecho que ha sido reconocido por la misma servidora, en cuanto a sus reclamos y críticas, no habién- dose establecido que la comida que se otorgaba a los servidores en el EPRCE CHALLAPALCA, durante la ex gestión del ex Director Keneeth MORA LANDEO, era de mala calidad, por falta de prueba para sustentar tal apreciación. Asimismo, la servidora Dra. María Victoria RUIZ GIRALDO, en 16 días entre el 26.MAY.98 al 17.JUN.98, recetó 120 tabletas y 23 ampolletas de Dieze- pan a 28 internos, siendo más notable lo recetado al interno Lucio Tijero Guzmán, que fue del 27.MAY.98 al