Norma Legal Oficial del día 03 de junio del año 1999 (03/06/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, jueves 3 de junio de 1999

NORMAS LEGALES

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1.JUN.98, tres ampolletas, mas 10 tabletas y del 2.JUN.98 al 17.JUN.98, 41 tabletas; al interno MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el 25.MAY.98, una ampolleta, el 29.MAY.98, 5 tabletas, los dias 5.JUN.98 y 14.JUN.98, una ampolleta cada dia; al interno A. Bedon MORDAZA, el mismo dia 2.JUN.98, en dos recetarios diferentes, una ampolla de Diezepan y otro, con otros medicamentos 4 ampollas de Diezepan y que distribuyo con algunos internos sin un control adecuado, tal es el caso del interno MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien junto 22 tabletas de Diezepan, ingiriendolos al mismo tiempo, lo que ocasiono problemas en su salud, y por ende en la seguridad del E.P., segun manifestacion del mismo interno y otros. Por otro lado en una tienda aledana al EPRCE CHALLAPALCA, la precitada servidora medico, se entrevisto con los hijos del interno MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a los que informo sobre la salud de su padre, no responsabilizandose por su salud; Que, se ha llegado a establecer que la servidora medico MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefa del Servicio Medico del EPRCE CHALLAPALCA, habria incumplido lo dispuesto en los incisos a) y d) del Articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276, faltas tipificada en los incisos a), c) y d) del Articulo 28º del mismo cuerpo legal; Estando al informe de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y con las visaciones de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Oficina de Recurso Humanos; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 276, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Resolucion Ministerial Nº 199-98-JUS, Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional Penitenciario y en uso de las facultades conferidas por la Resolucion Ministerial Nº 022-99-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- INSTAURAR MORDAZA administrativo disciplinario a la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefa del Servicio Medico del EPRCE CHALLAPALCA, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- La servidora procesada puede presentar su descargo y pruebas convenientes a su defensa ante la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios. Articulo 3º.- Notifiquese la presente resolucion administrativa a traves del Diario Oficial El Peruano, para los fines legales pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE Presidente 7211 RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 331-99-INPE-P MORDAZA, 27 de MORDAZA de 1999 Vistos, el Informe Nº 066-99-INPE-CPPAD, de fecha 14 de MORDAZA de 1999 de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario. CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 447-98-INPE/AG de fecha 17 de MORDAZA de 1998, la Auditoria General del INPE, remite la Hoja Informativa Nº 043-98-INPE/AG, sobre el resultado de las investigaciones realizadas en torno a la perdida de medicamentos del Area de Farmacia del Establecimiento Penitenciario Procesado Primario de MORDAZA, en la que tendria responsabilidad el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, encargado de la Farmacia del referido E.P.; Que, del analisis de los documentos obrantes en autos, se desprende que el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, encargado de la Farmacia del E.P.P.P. MORDAZA, no habria cumplido diligentemente con sus funciones inherentes a su cargo al no haber dado cuenta oportuna de los medicamentos que ingresaban al mencionado E.P., procedente del Almacen Central del INPE, habiendo recepcionado las PECOSAS Nº 980460 y Nº 980587 de fecha 26 de marzo y 6 de MORDAZA de 1998, con 21 medicamentos y 3 medicamentos

respectivamente, informando a su Jefe inmediato de entonces doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solamente respecto de 21 medicamentos, entregando posteriormente al doctor MORDAZA Ishikawa MORDAZA, con fecha 13 de MORDAZA de 1998, MORDAZA fotostatica de la PECOSA de fecha 26 de marzo de 1998, sin numero, donde figuran solamente 17 medicamentos, faltando 4 medicamentos, que en forma global su valor asciende a S/. 1,661.00 Nuevos Soles, no habiendo dado cuenta en forma oportuna a su Jefe inmediato de la perdida de dichos medicamentos; Que, ha quedado evidenciado que existen suficientes elementos de juicio que permiten establecer que el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, encargado de la Farmacia del E.P.P.P. de MORDAZA, habria incumplido lo dispuesto en el inciso a) y d) del Articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276, falta prevista en el inciso a) y d) del Articulo 28º del acotado dispositivo legal; Estando al Informe de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y las visaciones de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Oficina de Recursos Humanos; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 276, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Resolucion Ministerial Nº 199-98-JUS, Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional Penitenciario y en uso de las facultades conferidas por la Resolucion Suprema Nº 022-99-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- INSTAURAR, MORDAZA Administrativo Disciplinario al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, encargado de la Farmacia del Establecimiento Penitenciario Procesado Primario de MORDAZA por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- El servidor procesado puede presentar su descargo y pruebas convenientes a su defensa ante la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, conforme a ley. Articulo 3º.- Notifiquese la presente resolucion a traves del Diario Oficial El Peruano, para los efectos legales pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE Presidente 7215

Sancionan con cese temporal a servidores de Establecimientos Penitenciarios de La MORDAZA y Huancane
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 328-99-INPE-P MORDAZA, 27 de MORDAZA de 1999 Vistos, el Informe Nº 065-99-INPE-CPPAD, de fecha 14 de MORDAZA de 1999, de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de la Presidencia Nº 11599-INPE-P de fecha 12 de marzo de 1999, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 14 de marzo de 1999, se instaura MORDAZA Administrativo Disciplinario a servidores del Establecimiento Penitenciario de Procesados La MORDAZA, en torno a la fuga de dos internos del referido Establecimiento Penitenciario, en donde el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, habria actuado negligentemente al haber realizado solo el dia 23 de marzo de 1998 a las 06.00 horas, el desencierro de los Pabellones "B" y "A", conduciendo a los internos MORDAZA MORDAZA MORDAZA Yaringano, MORDAZA Canari MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, hacia la parte exterior del E.P., para llevar un tacho y un costalillo de basura, por areas criticas sin utilizar medio coercitivo que permitiera neutralizar riesgos de seguridad, momentos que fueron

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