Norma Legal Oficial del día 16 de junio del año 1999 (16/06/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 16 de junio de 1999

"Articulo 21º.- La Intendencia Nacional de Recaudacion Aduanera es la encargada de regular, administrar, contabilizar y controlar el sistema de recaudacion de derechos arancelarios y demas tributos aplicables al comercio exterior, asi como los otros ingresos que fije la legislacion aduanera y los dispositivos legales conexos. Tambien se encarga del almacenamiento de mercancias en abandono legal, comisos e incautaciones, de las que proceden de acciones de cobranza coactiva; programa y propone el remate, adjudicacion, incineracion o destruccion en los casos pertinentes". Articulo 2º.- La presente resolucion entrara en vigencia a partir del 1 de MORDAZA de 1999. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional de Aduanas (e) 7837

ejemplo que la Contaduria Publica de la Nacion exhorta a imitar. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Contador General de la Nacion 7763

ESSALUD
Aprueban formatos que deberan utilizar entidades empleadoras que soliciten extincion de obligaciones mediante el pago con servicios en la modalidad pago al contado
RESOLUCION Nº 563-GG-ESSALUD-1999 MORDAZA, 4 de junio de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo Nº 30-10-ESSALUD-99 se reglamento la extincion de obligaciones mediante el pago con servicios que brindan los medios de comunicacion asi como el diseno y produccion de los servicios de publicidad, dentro del MORDAZA establecido por las Leyes Nºs. 26790 y 27056; Que, es necesario precisar los requisitos que deben cumplir las entidades empleadoras que solicitan la extincion de obligaciones mediante el pago con servicios para el caso de pago al contado, tomando en cuenta ciertos requisitos exigidos al momento de presentar la solicitud de acogimiento al Regimen de Facilidades establecido por el Acuerdo Nº 16-4-ESSALUD-99, para efectos de determinacion de la deuda; Que, es necesario establecer y aprobar los formatos que permitan a las entidades empleadoras, identificar las obligaciones que seran materia de extincion mediante el pago con servicios; De conformidad con las facultades conferidas por el Acuerdo Nº 30-10-ESSALUD-99; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Las entidades empleadoras que soliciten la extincion de obligaciones segun lo establecido por el Acuerdo Nº 30-10-ESSALUD-99 en la modalidad pago al contado, y cuya deuda no se encuentre considerada en la facilidad otorgada por el Acuerdo Nº 16-4-ESSALUD99, deberan: a) Presentar conjuntamente con la solicitud, las Declaraciones Juradas de Trabajadores que correspondan a la deuda por la que solicita la extincion de obligaciones mediante el pago con servicios, en caso no hayan sido presentadas en su oportunidad. b) En caso la deuda sea materia de recurso de reclamacion en tramite, el deudor debera desistirse de su recurso, hasta la fecha de MORDAZA del Formato 6046-Solicitud extincion de obligaciones mediante el pago con servicios, no siendo necesario adjuntar MORDAZA del escrito de desistimiento presentado. c) En caso la deuda sea materia de recurso de apelacion o demanda contencioso administrativa ante el Poder Judicial y se encuentre en tramite, el deudor debera presentar conjuntamente con la solicitud, MORDAZA del escrito de desistimiento presentado ante el organo correspondiente. Articulo Segundo.- Aprobar los siguientes formatos que a continuacion se detallan, los que forman parte integrante de la presente resolucion: Formato 6054: "Anexo I-Deuda por Aportaciones" Formato 6055: "Anexo II-Deuda de Multas por Infracciones Formales" Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ARMIJO MORDAZA Gerente General

CONTADURIA PUBLICA DE LA NACION
Reconocen labor efectuada por funcionarios y personal de la SAFP en la MORDAZA de la rendicion de cuentas del ejercicio 1998
RESOLUCION JEFATURAL Nº 025-99-EF/93.01 MORDAZA, 4 de febrero de 1999 VISTA: Las hojas de recepcion de la informacion sobre rendicion de cuentas para la elaboracion de la Cuenta General de la Republica de 1998 de los pliegos presupuestarios que comprenden las Instituciones Publicas Descentralizadas. CONSIDERANDO: Que, en el actual periodo de MORDAZA de la rendicion de cuentas para la elaboracion de la Cuenta General de la Republica, se ha acordado y convenido en felicitar a la Superintendencia de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, por haber presentado en tercer lugar de las Instituciones Publicas Descentralizadas, la rendicion de cuentas completa del ejercicio fiscal 1998, por lo que merecen ser felicitadas de modo especial y hacer de conocimiento publico; Estando a lo previsto en el Articulo 10º y el inciso m) del Articulo 18º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Sistema Nacional de Contabilidad y de su Organo Rector; con la aprobacion de la Alta Direccion y la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, En uso de las facultades legales que le confiere el Articulo 9º de la Ley Nº 24680, modificado por el Articulo 277º de la Ley Nº 24977; SE RESUELVE: Articulo 1º.- FELICITAR al Superintendente de la Superintendencia de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones senor CPC MORDAZA Mouchard MORDAZA, al Gerente General de Administracion Sr. MORDAZA MORDAZA Nayashida y a la Contadora General del Pliego senora CPC MORDAZA MORDAZA de Mendivil, por haber presentado en tercer lugar de las Instituciones Publicas Descentralizadas, la rendicion de cuentas del ejercicio 1998, para la elaboracion de la correspondiente Cuenta General de la Republica. Articulo 2º.- SOLICITAR al Superintendente de la Superintendencia de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, haga extensiva esta especial felicitacion, al personal del area de Contabilidad, y a todas las demas personas que han contribuido a la MORDAZA de la rendicion de cuentas en forma oportuna, lo que significa un

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