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Pág. 174393 NORMAS LEGALES Lima, viernes 18 de junio de 1999 niveles de menor jerarquía seguida por Aduanas; a fin de desconcentrar los procesos decisorios, resulta conveniente transferir funciones al Intendente Nacional de Técnica Aduanera, para que dentro de este contexto, emita Resolu- ciones de Intendencia Nacional, que regulen la fluidez en la operatividad del Servicio Aduanero; En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 11º del Decreto Ley Nº 26020 - Ley Orgánica de la Superinten- dencia Nacional de Aduanas, inciso n), Artículo 7º de su Estatuto, aprobado por Resolución de Superintendencia de Aduanas Nº 0021-97, modificada por Resoluciones Nºs. 001591-97, 001116-98, 000412-99 y 000551-99; y estando a la Resolución Suprema Nº 168-99-EF del 22.ABR.99; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Delegar en el Intendente Nacional de Técnica Aduanera, la facultad de resolver los siguientes actos administrativos: a) Autorizar el funcionamiento de los Agentes de Adua- na y los Consignatarios, así como su cambio de personería jurídica o razón social, cancelación y/o revocación. b) Autorizar el funcionamiento de los Almacenes Aduane- ros, así como su ampliación, reducción, reubicación, cambio de personería jurídica o razón social, cancelación y/o revocación. c) Determinar y sancionar las infracciones cometidas por los Operadores de Comercio Exterior dentro de su competencia funcional y resolver los Recursos de Recla- mación que de ellos se deriven. d) Exoneración de derechos aduaneros solicitadas por Miembros del Cuerpo Diplomático, Misiones, Consulado, Or- ganismos Internacionales, Funcionarios y Expertos Extranje- ros y Agregados Militares Peruanos, así como la regulariza- ción de las importaciones con derechos suspendidos que se acogieron al Decreto Ley Nº 22342 y D.S. Nº 019-98-PCM. Artículo Segundo.- En las Resoluciones de Intendencia que se expidan por la presente delegación, se hará constar expresamente esta circunstancia, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 86º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrati- vos, aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS. Artículo Tercero.- Déjese sin efecto la Resolución de Superintendencia de Aduanas Nº 001487 del 7.SET.98 y demás normas que se opongan a la presente Resolución. Regístrese y comuníquese. JOSE HERRERA MEZA Superintendente Nacional de Aduanas (e) 7975 Establecen disposiciones y aprueban modelos de Solicitud y Declaración Jurada aplicables al procedimiento de prórroga del Régimen de Depósito de Aduana CIRCULAR Nº 46-22-99-ADUANAS/INTA Callao, 16 de junio de 1999 Señor Intendente de Aduana Presente .- ASUNTO: Régimen de Depósito de Aduana Habiéndose publicado el 15.JUN.99 la Ley Nº 27138 que autoriza por única vez y por el plazo máximo de seis meses la prórroga del Régimen de Depósito de Aduana y estando a la delegación de funciones otorgada mediante Resolución de Superintendencia Nº 001029 del 18.3.97, sírvase tener presente lo siguiente: 1. La Declaración Unica de Importación - DUI (Depósito de Aduana) numerada durante el período del 16.DIC.98 al 15.JUN.99 inclusive, podrá ser prorrogada a solicitud del beneficiario por un plazo de seis meses, debiéndose presen- tar ante el Area de Depósito de la Intendencia de Aduana donde se numeró la DUI, los siguientes documentos de acuerdo al modelo que se acompaña:a) Solicitud de ampliación del régimen de Depósito de Aduana en original y dos copias. b) Declaración Jurada, en original y copia. 2. El personal de Aduanas encargado de la recepción de los documentos verificará en el SIGAD que la Solicitud se hubiere presentado dentro de la vigencia de la DUI (Depó- sito de Aduana), de ser conforme procederá a registrar la recepción de los documentos considerándose por aprobada automáticamente la solicitud de prórroga; asimismo ingre- sará al sistema el nuevo plazo otorgado, entregando al solicitante copia de la Declaración Jurada así como la 1ra. y 2da. copia de la Solicitud para que ésta última sea presentada al respectivo Depósito Aduanero Autorizado. 3. Las mercancías amparadas en Declaraciones (Depó- sito de Aduana) que hubieren sido prorrogadas al amparo de la Ley Nº 27138 sólo podrán ser destinadas al régimen de Importación Definitiva. Atentamente, MIGUEL ARRIOLA LUYO Intendente Nacional de Técnica Aduanera MODELO DE SOLICITUD DE PRORROGA Lugar, y fecha Sr. (a) Intendente de Aduana ....................................................................identificada con (Nombre o Razón Social de la Empresa) DNI/RUC Nº ............................., solicita a usted que al amparo de la Ley Nº 27138 se sirva prorrogar por seis meses adicionales el plazo de la Declaración que a continuación se detalla: DUI Fecha de Nombre del Depositario Aduana-año-número Vencimiento Se acompaña a la presente solicitud, la Declaración Jurada a que se refiere el inciso b) Artículo 2º de la Ley Nº 27138. Agradeciendo anticipadamente la atención que presta al presente, quedo de usted. Atentamente, ..................................................... Nombre y firma del solicitante MODELO DE DECLARACION JURADA (Inc. b) Art. 2º LEY Nº 27138) ....................................................................identificada con (Nombre o Razón Social de la Empresa) DNI/RUC Nº .......................... Declaro bajo juramento mi compromiso de nacionalizar, dentro de la vigencia de la prórroga autorizada al amparo de la Ley Nº 27138, las mercancías correspondientes a la DUI Nº .................... y que se encuentran depositadas en: ............................ Lugar y fecha .............................................................................. Nombre y firma del beneficiario o Rep. Legal de la Empresa 7893 CONSUCODE Declaran nulo proceso de selección desde la etapa de evaluación de pro- puestas económicas, de concurso con- vocado por la Contraloría General TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 113/99.TC-S2 Lima, 15 de junio de 1999