Norma Legal Oficial del día 27 de marzo del año 1999 (27/03/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, sabado 27 de marzo de 1999

NORMAS LEGALES

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mento de Elaboracion y Aprobacion de Normas Tecnicas Peruanas mediante el Sistema de Adopcion: PNTP-ISO 6383-2:1998 PLASTICOS. Peliculas y laminados. Determinacion de la resistencia al desgarro. Parte 2: Metodo de Elmendorf. 1ª Edicion. PNTP-ISO 8296:1998 PLASTICOS. Peliculas y laminados. Determinacion de la tension superficial. 1ª Edicion.

II. CUESTIONES EN DISCUSION Si la APSAV ha subsanado las observaciones efectuadas por la Oficina y cumplido con los requisitos para funcionar como sociedad de gestion colectiva. III. ANALISIS DE LA CUESTION EN DISCUSION La Decision MORDAZA 351, que aprueba el "Regimen Comun sobre Derecho de Autor y Derechos Conexos", en su Articulo 43º senala que "Las sociedades de gestion colectiva de Derecho de Autor y Derechos Conexos, estaran sometidas a la inspeccion y vigilancia por parte del Estado, debiendo obtener de la Oficina nacional competente la correspondiente autorizacion de funcionamiento." La Ley sobre el Derecho de Autor, aprobada mediante el Decreto Legislativo Nº 822, establece que "Las sociedades de autores y de derechos conexos, constituidas o por constituirse para defender los derechos patrimoniales reconocidos en la presente Ley, necesitan para los fines de funcionamiento como sociedades de gestion colectiva, de una autorizacion de la Oficina de Derechos de Autor del Indecopi, y estan sujetos a su fiscalizacion, inspeccion y vigilancia en los terminos de esta Ley ..." La APSAV ha cumplido con subsanar las omisiones efectuadas por la Oficina con fecha 12 de enero, y por tanto, procede otorgarle la autorizacion de funcionamiento, como sociedad de gestion colectiva de derechos de autor de los titulares de las artes visuales. La sociedad para poder iniciar los cobros por el uso de las obras de los titulares que representa, previamente debera publicar sus tarifas en el Diario Oficial El Peruano y en un diario de amplia circulacion nacional, la que entrara en MORDAZA a los treinta dias de la MORDAZA publicacion, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 153º literal f) del Decreto Legislativo Nº 822. Precisar, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 154º de la MORDAZA mencionada en el parrafo anterior, que para que surtan efectos dentro de la sociedad y frente a terceros, los contratos de representacion con sociedades de gestion colectiva o asociaciones extranjeras y la designacion de los miembros de los organos directivos, y del director general, deben ser previamente inscritos en la Oficina de Derechos de Autor del Indecopi. IV. RESOLUCION DE LA OFICINA Primero.- CONCEDER la autorizacion de funcionamiento como sociedad de gestion colectiva de derechos de las artes visuales a la Asociacion Peruana de Artistas Visuales -APSAV-. Segundo.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en la separata de normas legales del Diario Oficial El Peruano por una sola vez, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 148º MORDAZA parrafo del Decreto Legislativo Nº 822. MORDAZA UGARTECHE MORDAZA Jefe de la Oficina de Derechos de Autor 4074

Que, luego de la evaluacion correspondiente, la Secretaria Tecnica de la Comision recomendo la aprobacion de los Proyectos de Normas Tecnicas Peruanas MORDAZA senalados, como Normas Tecnicas Peruanas; Estando a lo recomendado por la Secretaria Tecnica, de conformidad con el Decreto Ley Nº 25868, el Decreto Legislativo Nº 807 y la Resolucion Nº 031-93INDECOPI/CNM, y con el acuerdo unanime de sus miembros, reunidos en su sesion de fecha 17 de marzo de 1999; RESUELVE : APROBAR como Normas Tecnicas Peruanas, las siguientes: NTP-ISO 6383-2:1999 PLASTICOS. Peliculas y laminados. Determinacion de la resistencia al desgarro. Parte 2: Metodo de Elmendorf. 1ª Edicion. NTP-ISO 8296:1999 PLASTICOS. Peliculas y laminados. Determinacion de la tension superficial. 1ª Edicion.

Registrese y comuniquese. MORDAZA RUILOBA ROSSEL Presidente de la Comision de Reglamentos Tecnicos y Comerciales 4077

Autorizan funcionamiento de asociacion como sociedad de gestion colectiva de derechos de las artes visuales
RESOLUCION Nº 00070-1999/ODA-INDECOPI EXPEDIENTE Nº 000951-1998/ODA-AI MORDAZA, 25 de marzo de 1999 SOLICITANTE : Asociacion Peruana de Artistas Visuales -APSAVMATERIA : Autorizacion de funcionamiento como sociedad de gestion colectiva I. ANTECEDENTES Con fecha 15 de octubre de 1998, la Asociacion Peruana de Artistas Visuales -en adelante APSAV- solicita a la Oficina de Derechos de Autor -en lo sucesivo la Oficina- se le conceda la autorizacion de funcionamiento para funcionar como sociedad de gestion colectiva en materia de artes visuales. Con fechas 18 de noviembre y 1 de diciembre de 1998, APSAV presenta documentacion complementaria. Mediante providencia de fecha 12 de enero de 1999, la Oficina efectua una serie de observaciones a la documentacion presentada por la APSAV, otorgandole un plazo de sesenta dias a fin que proceda a subsanarlas. Con fecha 26 de febrero APSAV presenta un escrito, en el que senala que ha subsanado las observaciones efectuadas por la Oficina.

OSINERG
Sancionan con multa a empresas concesionarias de distribucion y generacion de energia electrica
RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA OSINERG Nº 085-1999-OS/GG MORDAZA, 25 de marzo de 1999

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