Norma Legal Oficial del día 25 de septiembre del año 1999 (25/09/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 25 de setiembre de 1999

anticipos concedidos con los Comprobantes de Pago Nºs. 246 del ano 90, 4200 del ano 95, 1054, 1778, 2432, 3461, 3849 del ano 1996 y 036, 545 y 1802 del ano 1997, las mismas que si bien es MORDAZA como falta administrativa pueden haber prescrito, sin embargo, la responsabilidad economica se mantiene aun; mas aun teniendo en cuenta que se trata de fondos publicos que su reversion debe ser ordenada mediante accion judicial correspondiente; que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como medio de defensa y descargos a la responsabilidad administrativa a que se infiere en la Resolucion de Apertura, ha senalado que en su oportunidad aprobo varias Directivas entre ellas la Nº 002-96-VRADM sobre Ejecucion Presupuestaria y Financiera de los Viaticos, asimismo, indica como descargo que puso en conocimiento del Rector la situacion de los Estados Contables de la Universidad, haciendo saber la falta de documentacion sustentatoria de gastos, atraso en el llenado de Libro Principal y otros; sin embargo, pese contar con las facultades y autoridad suficiente incumplio dar las directivas para regularizar el estado de las cuentas de la Universidad y superar la situacion de los anticipos otorgados con anterioridad, cuya regularizacion se encontraban pendientes , cargos que no han sido desvirtuados adecuadamente y se consideran como faltas de caracter disciplinario tipificados en el Art. 28º, incisos a) y d) del D. Legislativo Nº 276; el Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Unidad de Economia, frente a los cargos de no haber efectuado los registros pertinentes en los Libros de Inventario y Balance al cierre del periodo de ejecucion Presupuestal 1997, sostiene como descargo que en su momento cumplio con solicitar al Contador General, al Jefe del Area de Integracion Contable los informes sobre el avance contable financiero, con Memorandum Nº 060-97-UE, asi como el Informe sobre anticipo concedido y liquidacion de los mismos, con MORDAZA Nº 035-97-UE y comunicacion mediante Oficios Nºs. 077-97-UE y 102-97-UE dirigidos al Vicerrector Administrativo sobre la situacion de anticipos concedidos a distintas personas desde 1990 para que se adopte las medidas del caso; descargo, que si bien es MORDAZA, trata de justificar su funcion como Jefe de la Unidad de Economia; sin embargo de acuerdo al Reglamento de Organizacion y Funciones (R.O.F.), aprobada por Resolucion Rectoral Nº 131-86-UH, de fecha 16 de MORDAZA de 1986 vigente en ese momento, era responsabilidad del Jefe de la Unidad de Economia, supervisar la ejecucion de las actividades economicas, supervisar los procesos tecnicos de Abastecimiento, Programacion, Adquisicion y conducir las Acciones del Sistema de Contabilidad, formulado los Balances, Estados Financiero y Presupuestarios de gestion y dentro de ello estaba la obligacion de verificar y corregir las distintas deficiencias e irregularidades presentadas en los Libros de Gestion, por consiguiente sobre el retraso y/ o negligencia de las liquidaciones de anticipos concedidos a autoridades, funcionarios, servidores y docentes; habiendo quedado demostrado su negligencia en el desempeno de sus funciones, falta administrativa tipificada en el Art. 28º, incisos a) y d) del Decreto Leg. Nº 276; el CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Contador General de la Universidad, a quien se le imputa la falta de diligencia al no haber dispuesto poner al dia el Libro de Inventarios y Balances al cierre de la ejecucion Presupuestal 1997, y no observar de modo alguno los gastos efectuados de periodos anteriores que se encontraban sin justificar ni liquidar los anticipos otorgados a funcionarios y servidores, permitiendo dicha irregularidad; quien en su descargo ha senalado, que al asumir el cargo encontro dichas irregularidades, haciendo de conocimiento al Auditor Interno que se trataba de gestiones anteriores cuya responsabilidad no asumia; senala ademas, que la autorizacion del Libro de Registros Auxiliares fue superado en el mes de MORDAZA de 1998 posterior al Examen de Auditoria; descargo que se debe tomar en cuenta por el hecho de haber asumido el cargo a fin del mes de diciembre de 1997, no tipificandose propiamente su conducta como falta administrativa; por lo que procede ABSOLVERLO de los cargos formulados en su contra; el CPC MORDAZA HUACHUA MORDAZA, ex Contador General, a quien se responsabiliza por no haber adoptado acciones administrativas a fin de lograr la autorizacion de los Registros Auxiliares MORDAZA de su uso; cargos que han sido desvirtuados en parte, por cuanto ha senalado que los Libros Auxiliares se encuentran autorizados por el Vicerrector Administrativo con posterioridad al Examen de Auditoria; situacion que no justifica la negligencia incurrida en el desempeno de sus funciones ,

quien pese a haber asumido el cargo con anterioridad al Ejercicio 1997, incumplio con efectuar las gestiones para la autorizacion oportuna de los Registros Auxiliares para su correspondiente uso; conducta tipificada como NEGLIGENCIA en el ejercicio de sus funciones, segun dispone el Articulo 28º, inciso d) del D. Leg. Nº 276; el CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe del Area de Integracion Contable, frente a los cargos de falta de diligencia al no haber efectuado los Registros pertinentes en el Libro de Inventario y Balance, asi como, permitir la existencia de anticipos sin liquidar de anos anteriores; ha senalado como descargo que asumio la Jefatura del Area de Integracion Contable el 1 de febrero de 1996 y que la UNSACA no contaba con ROF ni MOF que delimite las funciones de las areas y unidades, y que en 1996 puso de conocimiento del Contador General de la situacion de los Libros Contables existiendo un desfase en ellos desde 1990, recomendando que se de un tratamiento especial para superar los mismos; senala ademas, que sus acciones han sido dirigidas para superar los estados contables y financieros de la Universidad y de alli que se culmine con regularizar dichos libros; respecto a las liquidaciones de anticipos concedidos con anterioridad a su gestion, formulo alternativas de solucion a la Unidad de Economia con Oficio Nº 076-97-AIC; pero dichos descargos no desvirtuan totalmente la responsabilidad que le alcanzan, ya que la Universidad contaba y cuenta con el ROF que delimita la responsabilidad de cada uno de los encargados de las areas. En el presente caso, es funcion del Jefe del Area de Integracion Contable llevar el estricto control del analisis de las cuentas de anticipos concedidos, pese a haber asumido el cargo el ano 1996, omitio tomar las acciones necesarias para superar el problema de los anticipos concedidos; conducta que se encuadra como NEGLIGENCIA en el desempeno de sus funciones tipificado en el Art. 28º, inciso d) del D. Leg. Nº 276; La CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefa encargada del Area de Fondos, a quien se responsabiliza por no haber solicitado oportunamente a la Autoridad competente la autorizacion de los Registros Auxiliares MORDAZA de su uso que en su area se contabiliza; la citada ex Jefa en sus descargos, ha senalado que la Institucion no cuenta con ROF ni MOF por ello dificulta la labor de funcionamiento, utilizando las Normas Generales de Tesoreria, Directivas de Contabilidad y Ley de Presupuesto; asimismo, indica con respecto a la liquidacion de anticipos correspondiente en la Unidad de Economia al Area de Integracion Contable, y con respecto a la autorizacion de los Registros Auxiliares, estos han sido regularizados por el Vicerrector Administrativo con posterioridad al Examen de Auditoria Interna, las que han sido desvirtuadas en gran parte, por lo que procede ABSOLVERLA; la Bach. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a quien se le responsabiliza por no haber implementado medidas para el seguimiento de la recuperacion de anticipos concedidos a funcionarios y servidores, y haber dejado pasar el periodo prudente para la recuperacion de dichos anticipos en salvaguarda de los intereses de la Universidad ; quien en su descargo ha manifestado que el 9 de MORDAZA de 1997, mediante Oficio Nº 043-97-T-UE, al Jefe del Area de Integracion contable, comunico sobre el estado de la Cuenta 384 por anticipos concedidos, los que se encontraban pendientes por regularizar; sin embargo, conforme los documentos que obran en el Expediente la Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, fue designada como Tesorera en el ano 1996, periodo en la que estaba obligada tomar las acciones correspondiente para regularizar la Cuenta 384, toda vez que se trataba de liquidaciones pendientes desde 1990; conducta tipificada como NEGLIGENCIA en el desempeno de sus funciones, conforme lo dispone el Art. 28º, inciso d) del D. Leg. Nº 276; la Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA LA MORDAZA, a quien se le responsabiliza por no implementar medidas para el seguimiento de la recuperacion de anticipos concedidos al haber dejado transcurrir el tiempo prudencial para ello en salvaguarda de los intereses de la Universidad; la citada ex Tesorera manifiesta que mantuvo coordinaciones de trabajo con sus areas internas en lo que se refiere a soluciones de problematica, indicando ademas que los anticipos otorgados correspondian a gestiones anteriores, por cuanto MORDAZA asumio el cargo en noviembre de 1997 y que tuvo conocimiento de la situacion de los anticipos concedidos pendientes coordinando para ello con el Contador General, Jefe de la Unidad de Economia, a fin de superar estos inconvenientes que escapaban en ese momento su responsabilidad directa, pero que por la comple-

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