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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1999 (25/09/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 49

Pág. 178643 NORMAS LEGALES Lima, sábado 25 de setiembre de 1999 ción de sus Estudios Preliminares de Habilitación Urba- na ante el Ministerio de Vivienda y Construcción; trámite que posteriormente fue asumido por la Municipalidad Metropolitana de Lima en la que se resolvió Aprobar el Anteproyecto modificado, la Autorización para la presen- tación de los Estudios Definitivos, la Aprobación de éstos y finalmente la Autorización y el plazo para la ejecución de las obras de Habilitación Urbana, en noviembre de 1983; Que, posteriormente el inmueble materia de Habilita- ción fue adquirido por MUTUAL EL PUEBLO en Liqui- dación corriendo su dominio de propiedad inscrito en el asiento 4-c de la Ficha Nº 251799-A del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima, Entidad financiera que después enajenó dicho inmueble a favor de CONSORCIO GREAVSA S.A. transacción comercial pendiente de for- malizarse registralmente por lo que se hace necesario la participación de la propietaria registral Mutual Puerto Pueblo en liquidación; Que, los trámites de Habilitación Urbana iniciados por Lima Construction se vieron truncados por la inicia- ción por parte de la Municipalidad Metropolitana de Lima, de un proceso judicial de NULIDAD DE INSCRIP- CION REGISTRAL en razón de haberse advertido que el terreno materia de habilitación había mediante Resolu- ción Administrativa REVERTIDO a favor de la Munici- palidad aun cuando dicha acción no había sido inscrita en el Registro de Propiedad Inmueble de Lima; Que, sin embargo por Resolución de Alcaldía Nº 1577 de 30 de junio de 1997 se resolvió acceder a la solicitud formulada por MUTUAL DE VIVIENDA PUERTO PUEBLO EN LIQUIDACION y en conse- cuencia se autorizó la transacción extrajudicial entre la Municipalidad Metropolitana de Lima y la recu- rrente, aprobándose los términos de la referida tran- sacción y autorizándose a la Oficina General de Aseso- ría Jurídica la suscripción de la transacción extrajudi- cial y a realizar las acciones legales y administrativas a que hubiere lugar para su conclusión; Que, conforme a la transacción extrajudicial otorgada por la Municipalidad Metropolitana de Lima a favor de MUTUAL DE VIVIENDA PUERTO PUEBLO EN LI- QUIDACION con fecha 26/8/97 elevada a Escritura Pú- blica ante la Notaría Pública Velarde Susoni se convino en conceder un término ampliatorio de 9 meses a efectos de concluir las obras de Habilitación Urbana en el terreno de 37,000 m2 de propiedad de la recurrente, adquirido de la Empresa Lima Construction, contados a partir de la fecha en que la Municipalidad Metropolitana de Lima dicte la norma correspondiente en ese sentido, la misma que necesariamente será de fecha posterior a la Escritura Pública de compraventa quedando esta obligación esta- blecida contractualmente a favor del comprador del terre- no; así como otorgar las facilidades administrativas que resulten necesarias para la cabal conclusión de las obras faltantes de Habilitación Urbana entre otros puntos; Que, para el presente trámite se ha solicitado los antecedentes que generaron la Resolución de Aprobación de los Proyectos Definitivos y la Autorización de Ejecución de Obras contenidos en el Expediente Nº 601744, el mismo que no ha sido ubicado pese a haber efectuado las acciones pertinentes conforme es de verse de los informes que obran en autos; razón por la cual en aplicación supletoria del Código de Procedimientos Civiles se hace necesario y resulta procedente declarar LA RECOMPOSICION del Expediente antes indicado con la documentación que se ha presentado en los Expedientes citados en el exordio de la presente Resolución tales como el plano de replanteo de lotización que mantiene la ubicación y área de los aportes correspondientes a Recreación Pública, Otros Fines, Mi- nisterio de Educación y Servicio de Parques, las caracte- rísticas normativas de los lotes, y los cuadros generales de áreas, así como el esquema vial con ligeras modificaciones insustanciales conservándose el esquema vial así como el área y la ubicación de los Aportes reglamentarios; las copias autenticadas de las Resoluciones que Aprobaron los Estudios Preliminares de Habilitación Urbana, los Proyectos Definitivos y la Autorización de Ejecución de Obras cuya renovación y ampliación respectivamente se solicitan; Que, CONSORCIO GREAVSA S.A. cumple con pre- sentar la Minuta de Compraventa debidamente legaliza- da con la que acredita ser la nueva propietaria del terreno por adquisición a la Mutual de Vivienda Puerto Pueblo en Liquidación;Que, también se presenta el Certificado de Zonifica- ción y Vías Nº 151-99-MML/DMDU-OPDM de 16-7-99 que señala para el terreno del recurso el Uso Residencial "R-1"; Que, mediante los Recibos de 23/7/99 otorgados por el Banco Sudameris por un monto total de S/. 2,749.62 se acredita la cancelación de los derechos administrativos establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Admi- nistrativos y el Artículo II-XXI-4 del Reglamento Nacio- nal de Construcciones; Estando al Informe Nº 081-99-MML/DMDU-DGO- DHU de fecha 27.7.99 de la Dirección de Habilitaciones Urbanas y el Informe Nº 427 de la Unidad Técnico Legal de la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano; Con lo recomendado por la Directora de Habilitaciones Urbanas; De conformidad con la Ley Nº 23853 Orgánica de Municipalidades, la Ordenanza Nº 133-97; el Código Pro- cesal Civil, Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, lo previsto en el Art. 168º del Edicto Metropolitano Nº 021 y el Art. 3º del Decreto de Alcaldía Nº 081-97 del 30 de octubre de 1997; SE RESUELVE: Artículo Primero.- TENGASE POR RECOMPUES- TO el Expediente Nº 601744 promovido por Lima Cons- truction S.A. sobre Habilitación Urbana del terreno de 37,000.00 ubicado en el distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima, con la documentación alcanzada por la recurrente y que están contenidos en los expedien- tes que se indican en el exordio de la presente Resolución. Artículo Segundo.- TRANSCRIBASE la presente Resolución a la Oficina de Inspectoría General para su conocimiento y fines del caso. Artículo Tercero.- RENOVAR de conformidad con el Plano de Replanteo signado con el Nº 070-99-MML/DMDU- DHU la aprobación de los proyectos referentes a trazado, lotización, pavimentación de calzadas y aceras y sembrío y ornamentación del parque otorgado por la Resolución de Alcaldía Nº 4374 de 11 de noviembre de 1983, consideran- do a la Habilitación de Tipo Progresivo quedando diferida la ejecución de las aceras para ser asumidas por los adquirientes de lotes en un plazo máximo de 10 años. Artículo Cuarto.- AUTORIZAR a CONSORCIO GREAVSA S.A. para culminar la ejecución de las obras de Habilitación Urbana en el plazo de 9 meses contados a partir de la fecha de notificación de la presente Resolu- ción. Artículo Quinto.- AUTORIZAR a CONSORCIO GREAVSA S.A. a celebrar contrato de venta garantizada sobre el área útil de 23,889.80 m2 que se distribuye de la siguiente manera: MANZANA Nº DE LOTES NUMERACION AREA M2 A 17 1 al 17 7,920.97 B 12 1 al 12 5,927.50 C 07 4 al 9 y 12 3,961.40 D 09 7 al 15 6,079.93 Artículo Sexto.- Los lotes 3, 4, 5 y 6 de la Manzana "D" con un área de 2,282.00 m2 quedan reservados a favor de esta Municipalidad en garantía del cumplimiento de la ejecución de las obras por CONSORCIO GREAVSA S.A. Artículo Sétimo.- Quedan expresamente excluidos de la autorización de venta garantizada las áreas compro- metidas en procesos judiciales de prescripción adquisiti- va; hasta el pronunciamiento en última instancia sobre dichos procesos por parte del Organo Jurisdiccional. Artículo Octavo.- Los referidos contratos de ven- ta garantizada se sujetarán al Plano de Replanteo de Lotización aludido en el Artículo Primero de la presen- te Resolución, debiendo señalarse en dichos contratos las cláusulas que establezcan la indivisibilidad de los lotes, que estarán destinados a Uso Residencial y que los adquirientes de los mismos tendrán la obligación de ejecutar las aceras en un plazo máximo de 10 años, contados a partir de la fecha de recepción de las obras mínimas, debiendo además efectuarse la anotación preventiva en los Registros Públicos. Artículo Noveno.- TRANSCRIBASE a los Registros Públicos para que en aplicación de la Resolución Minis- terial Nº 001-78-VC-1100 del 2/1/78 anote preventiva- mente los contratos de venta garantizada autorizados a la Oficina General de Asuntos Jurídicos y a la Municipa- lidad de La Molina para su conocimiento y fines.