Norma Legal Oficial del día 12 de abril del año 2000 (12/04/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, miercoles 12 de MORDAZA de 2000

5º de la Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones Nº 26486; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 28º numeral 1) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 y el Articulo 35º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, en caso de vacancia del MORDAZA es reemplazado por el MORDAZA MORDAZA, que es el primer regidor habil que le sigue en su propia lista; y, revisadas las listas de candidatos remitidas por el MORDAZA Electoral Especial de Yauyos, corresponde asumir el cargo de MORDAZA a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato proclamado regidor de la lista independiente "Nuevo Azangaro"; y, para completar el numero legal de miembros del citado concejo corresponde asumir el cargo de regidora a MORDAZA MORDAZA de Luyolliuya, candidata no proclamada de la citada lista independiente; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar la vacancia del cargo de MORDAZA del concejo distrital Azangaro, provincia de Yauyos, departamento de MORDAZA, correspondiente a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por estar incurso en causal sobreviniente de vacancia al haber sido condenado por delito doloso. Articulo Segundo.- Convocar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato proclamado regidor de la lista independiente "Nuevo Azangaro", para que asuma el cargo de MORDAZA del concejo distrital de Azangaro, quien debera juramentar el cargo que asume ante el regidor Benerando MORDAZA MORDAZA, por vacancia de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para completar el periodo 1999 - 2002, conforme a ley. Articulo Tercero.- Convocar a MORDAZA MORDAZA de Luyolliuya, candidata no proclamada de la lista independiente "Nuevo Azangaro", para que asuma el cargo de regidora del concejo distrital de Azangaro, quien previamente debera juramentar el cargo que asume ante el MORDAZA del citado concejo, para completar el periodo 1999 - 2002, conforme a ley. Articulo Cuarto.- Otorgar las correspondientes credenciales a MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA de Luyolliuya. Articulo Quinto.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias para el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA DE OCA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA CANELO DE MORDAZA MORDAZA TRUJILLANO, Secretario General 4174

Que, en Sesion extraordinaria Nº 005-2000 del 4 de febrero del 2000, el concejo distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, acordo por unanimidad declarar la vacancia del cargo de regidora de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por ausencia de la localidad por mas de 30 dias consecutivos sin la autorizacion del concejo municipal e inconcurrencia injustificada a sesiones de concejo, causales de vacancia previstas en los numerales 2) y 5) del Articulo 26º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; expidiendose el Acuerdo de Concejo Nº 001-2000-MDJMQ/A del 4 de febrero del 2000, en el mismo sentido, segun obra a fojas 2; Que, en autos no se ha acreditado que la regidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA sido notificada por escrito, sin perjuicio del uso de cualquier otro medio de publicidad que se considere idoneo, conforme lo dispone el Articulo 43º de la citada ley; y, las razones emitidas por el Gobernador del distrito de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al pie de las constancias de notificaciones, que obran de fojas 4 a 8, en las que asevera que la citada regidora no se encuentra en su domicilio, no convalida el hecho de no habersele notificado en forma personal; para lo cual debio utilizarse cualquier medio permitido por el Codigo Procesal Civil; Que, las copias de las actas de sesiones ordinarias de fechas 10, 24 y 31 de enero del 2000, y de las sesiones extraordinarias de fechas 1, 4 y 7 de febrero del 2000, acreditan que la regidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA no ha concurrido a dichas sesione; sin embargo, dichas inasistencias no pueden calificarse de injustificadas porque no estuvo debidamente notificada a las referidas sesiones; Que, en el Oficio Nº 004-2000-MDJMQ-A, de fojas 3, por el que don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicita al Gobernador del citado distrito, poner en conocimiento de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA el acuerdo de vacancia de su cargo de regidora, dicha autoridad politica deja MORDAZA que fue imposible notificarla por que dicha regidora no regresa aun de su viaje; en consecuencia, no se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el Articulo 27º de la Ley Nº 23853, vulnerandose los derechos de contradiccion y defensa que le confiere la ley; Que, no se encuentran acreditadas las causales de vacancia de inconcurrencia injustificada a sesiones de concejo y de ausencia de la localidad por mas de 30 dias consecutivos sin la autorizacion correspondiente del concejo municipal, en las que habria incurrido la regidora MORDAZA MORDAZA Paredes; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar nulo e insubsistente el Acuerdo de Concejo Nº 001-2000-MDJMQ/A del 4 de febrero del 2000, que declara la vacancia del cargo de regidora de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, expedida en merito de lo acordado en Sesion ordinaria Nº 005-2000 de la misma fecha, al no haberse cumplido con los requisitos exigidos por ley; y, en consecuencia, infundada la solicitud de expedicion de resolucion para convocar al candidato correspondiente; presentada por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del concejo distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, provincia de San Marcos. Articulo Segundo.- Declarar que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, continua ejerciendo el cargo de regidora en el concejo distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, provincia de San MORDAZA del departamento de MORDAZA, para el periodo 1999 - 2002. Articulo Tercero.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias que requiera el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA DE OCA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA CANELO DE MORDAZA MORDAZA TRUJILLANO, Secretario General 4171 RESOLUCION Nº 504-2000-JNE MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2000

Declaran que regidores de los Concejos Distritales de MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Ancon continuan en el ejercicio de sus cargos
RESOLUCION Nº 502-2000-JNE MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2000 VISTO: El Oficio Nº 005-2000-MDJMQ recibido el 24 de febrero del 2000, de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del concejo distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, provincia de San MORDAZA, departamento de MORDAZA, quien comunica la declaratoria de vacancia del cargo de regidora que desempena MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por ausencia de la localidad por mas de 30 dias consecutivos sin la autorizacion correspondiente del concejo municipal e inconcurrencia injustificada a sesiones de concejo; solicitando se expida la resolucion correspondiente;

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