TEXTO PAGINA: 15
Pág. 191173 NORMAS LEGALES Lima, martes 1 de agosto de 2000 CONASEV Disponen inscribir acciones represen- tativas de capital social de Cementos Norte Pacasmayo Energía S.A.A. en el Registro Público del Mercado de Valores RESOLUCION GERENCIAL Nº 027-2000-EF/94.50 Lima, 19 de junio de 2000 VISTOS: El Expediente Nº 2000/00278, así como el Informe Nº 034-2000-EF/94.50.1 de fecha 19 de junio de 2000, de la Gerencia de Emisores y Empresas; CONSIDERANDO: Que, mediante Junta General de Accionistas de CE- MENTOS NORTE PACASMAYO ENERGIA S.A.A., de fecha 3 de enero de 2000, se acordó el listado de sus acciones comunes representativas del capital social en el Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima, y la inscripción de las mismas en el Registro Público del Mercado de Valores; Que, mediante escrito de fecha 29 de marzo de 2000, CEMENTOS NORTE PACASMAYO ENERGIA S.A.A., debidamente representada por el señor Javier Duran Planas, solicitó a la Bolsa de Valores de Lima el listado de sus acciones comunes representativas del capital social en el Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima, y la inscripción de las mismas en el Registro Público del Mercado de Valores; Que, el 5 de junio de 2000, de conformidad con lo establecido en el Artículo 16º del Reglamento del Registro Público del Mercado de Valores, aprobado por Resolución CONASEV Nº 079-97-EF/94.10, la Bolsa de Valores de Lima mediante Carta GL-343/00 comunicó a CONASEV su decisión de admitir el listado de las acciones comunes representativas de capital social emitidas por CEMEN- TOS NORTE PACASMAYO ENERGIA S.A.A., en el Re- gistro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima; Que, en el presente caso se cumple con lo dispuesto en el Artículo 5º del Reglamento de Inscripción y Exclusión de Valores Mobiliarios en la Rueda de Bolsa de la Bolsa de Valores de Lima, aprobado mediante Resolución CONA- SEV Nº 125-98-EF/94.10; y, Estando a lo dispuesto por el Artículo 16º del Regla- mento del Registro Público del Mercado de Valores, apro- bado por Resolución CONASEV Nº 079-97-EF/94.10 y a lo acordado por el Directorio de esta Comisión Nacional con fecha 6 de abril de 1999 que faculta a la Gerencia de Emisores y Empresas disponer la inscripción de valores mobiliarios, previamente emitidos y que serán negocia- dos en mecanismos centralizados de negociación, en el Registro Público del Mercado de Valores; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Pronunciarse a favor del listado de las acciones comunes representativas del capital social de CEMENTOS NORTE PACASMAYO ENERGIA S.A.A. en el Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima. Artículo 2º.- Inscribir en el Registro Público del Mer- cado de Valores las acciones representativas del capital social CEMENTOS NORTE PACASMAYO ENERGIA S.A.A. Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución a de CEMENTOS NORTE PACASMAYO ENERGIA S.A.A., a la Bolsa de Valores de Lima y a CAVALI ICLV S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese. HECTOR VALENTIN HURTADO Gerente de Emisores y Empresas 7026I N E I Indice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana correspondiente al mes de julio del año 2000 RESOLUCION JEFATURAL Nº 192-2000-INEI Lima, 31 de julio del 2000 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 10º del Decreto Legislativo Nº 502, el Instituto Nacional de Estadística e Informática publicará en el Diario Oficial El Peruano, con carácter de Norma Legal, el primer día útil del mes siguiente al que corresponda, la variación mensual que haya experimentado el Indice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana; Que, asimismo la Primera Disposición Final del De- creto Legislativo Nº 510, expresa que el INEI, deberá publicar mensualmente con carácter de Norma Legal, la Variación Acumulada del Indice de Precios al Consumi- dor, con respecto al índice del mes de diciembre del año anterior; Que, por consiguiente, es necesario disponer la publi- cación de la Variación Mensual del Indice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana, correspondiente al mes de julio del 2000 y la Variación Acumulada del Indice de Precios al Consumidor con respecto al mes de diciembre de 1999 y aprobar la publicación del Boletín Mensual que contiene la información oficial del precios al consumidor; En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la publicación de la Variación Porcentual Mensual y Acumulada del Indice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana, (Base: Año 1994 = 100,0) correspondiente al mes de julio del 2000 : AÑO 2000 NUMERO VARIACION PORCENTUAL MES INDICE MENSUAL ACUMULADA ENERO 151,80 0,07 0,07 FEBRERO 152,53 0,48 0,55 MARZO 153,36 0,54 1,09 ABRIL 154,14 0,51 1,61 MAYO 154,17 0,02 1,63 JUNIO 154,27 0,06 1,69 JULIO 155,07 0,52 2,22 Artículo 2º.- Aprobar la publicación del Boletín Men- sual del Indice de Precios al Consumidor de Lima Metro- politana, correspondiente al mes de julio del 2000, docu- mento que contiene la Información Oficial de Precios al Consumidor. Regístrese y comuníquese. FELIX MURILLO ALFARO Jefe 8774 Indice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional, correspondiente al mes de julio del año 2000 RESOLUCION JEFATURAL Nº 193-2000-INEI Lima, 31 de julio del 2000