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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE AGOSTO DEL AÑO 2000 (13/08/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 9

Pág. 191575 NORMAS LEGALES Lima, domingo 13 de agosto de 2000 Teniendo en cuenta el Oficio Nº 1100-2000-PE/SG, del Secretario General del Ministerio de Pesquería, de 20 de julio del año 2000, mediante el cual comunica que el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES, ha solicita- do la oficialización del II Seminario Internacional "Acuicul- tura: Actividad Prioritaria del Tercer Milenio" y de los Talleres Internacionales: "Comercialización de Productos de la Acuicultura: Planteando Estrategias" y "Patología y Desa- rrollo Sostenible de la Acuicultura: Buscando Soluciones", eventos que se realizarán en la ciudad de Lima, del 27 al 29 de setiembre del año 2000; dirigido a inversionistas privados, exportadores, profesionales de diversas disciplinas, institu- ciones universitarias, estudiantes y al empresariado en general; De conformidad con el Artículo 3º del Decreto Supre- mo Nº 0006-76-RE, de 25 de octubre de 1976; y, el inciso m) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgáni- ca del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 24 de diciembre de 1992; SE RESUELVE: 1º.- Oficializar el II Seminario Internacional "Acuicultura: Actividad Prioritaria del Tercer Mile- nio" y de los Talleres Internacionales: "Comercializa- ción de Productos de la Acuicultura: Planteando Es- trategias" y "Patología y Desarrollo Sostenible de la Acuicultura: Buscando Soluciones", organizados por el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDE- PES, a realizarse en la ciudad de Lima, del 27 al 29 de setiembre del año 2000. 2º.- La presente Resolución no irroga gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 9288 Delegan facultades para la suscrip- ción de acuerdo sobre cooperación ambiental con el Gobierno de la República Popular China RESOLUCION SUPREMA Nº 379-2000-RE Lima, 12 de agosto del 2000 Visto el Memorándum (SME - MAM) Nº 200, de 4 de agosto del año 2000, de la Subsecretaría de Asuntos Multilaterales y Especiales; Debiendo suscribirse el "Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la Repú- blica Popular China sobre Cooperación Ambien- tal"; De conformidad con lo establecido en el inciso g) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, de 28 de diciembre de 1992, y el Decreto Supremo Nº 517, de 5 de noviembre de 1954; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: 1.- Delegar en la persona del Embajador José Antonio Arróspide del Busto, Viceministro Secreta- rio General de Relaciones Exteriores del Perú, las facultades suficientes para suscribir en representa- ción del Gobierno del Perú, el "Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Popular China sobre Coopera- ción Ambiental" . 2.- Extender los Plenos Poderes correspondientes al Embajador José Antonio Arróspide del Busto, Vicemi- nistro Secretario General de Relaciones Exteriores del Perú.Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 9322 Nombran Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Venezuela RESOLUCION SUPREMA Nº 380-2000-RE Lima, 12 de agosto del 2000 De conformidad con el inciso 12) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú, que establece la facultad del señor Presidente de la República de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobación del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso; Estando a lo dispuesto por la Primera Disposición Com- plementaria del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomático de la República, de 24 de diciembre de 1996; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: 1º.- Nombrar Embajador Extraordinario y Plenipo- tenciario del Perú en la República de Venezuela al General de División EP (r) Julio Salazar Monroe. 2º.- Extender las Cartas Credenciales y Plenos Pode- res correspondientes. 3º.- La fecha en que el General de División EP (r) Julio Salazar Monroe deberá asumir funciones será fijada por Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 9319 S B S Autorizan traslado de agencias de la Entidad de Desarrollo de Microempre- sa EDYFICAR, ubicadas en los departamentos de Arequipa y Piura RESOLUCION SBS Nº 521-2000 Lima, 4 de agosto del 2000 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por la Entidad de Desarrollo de la Pequeña y Microempresa EDYFICAR, requiriendo la autorización de esta Superintendencia para el trasla- do de sus Agencias ubicadas en los departamentos de: Arequipa y Piura; y, CONSIDERANDO: Que las razones expuestas por la empresa recurrente justifican el traslado solicitado, habiéndose cumplido con presentar la documentación pertinente; De acuerdo con lo informado por el Intendente de Instituciones Financieras "E" mediante el Informe Nº ASIF "E"-116-2000/OT; y,