Norma Legal Oficial del día 06 de mayo del año 2000 (06/05/2000)


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El MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 6 de MORDAZA de 2000

EL CONCEJO DISTRITAL DE COMAS, EN SESION EXTRAORDINARIA DE CONCEJO DE LA FECHA, APROBO LA SIGUIENTE: ORDENANZA Articulo Primero.- Apruebese el Reglamento del Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores Motorizados y No Motorizados - Cuadro de Infracciones y Sanciones, en el distrito de Comas; integrado por cinco Titulos, nueve Capitulos, y ocho disposiciones finales y transitorias. Articulo Segundo.- La Direccion de Desarrollo MORDAZA a traves de las Division de Transporte y Servicio Publico queda encargada de dar cumplimiento a la presente. Articulo Tercero.- Dispensar del tramite de la lectura del Acta para el cumplimiento de la presente Ordenanza. REGLAMENTO DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PUBLICO ESPECIAL DE PASAJEROS Y CARGA EN VEHICULOS MENORES MOTORIZADOS Y NO MOTORIZADOS - CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES, EN EL DISTRITO DE COMAS TITULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO I OBJETIVO, FINALIDAD, BASE LEGAL Y ALCANCE Articulo 1º.- La presente Ordenanza tiene como objeto reglamentar el Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores Motorizados y No Motorizados en la jurisdiccion del distrito de Comas; garantizando las condiciones optimas para el servicio, seguridad y calidad a favor de los usuarios. Articulo 2º.- La presente Ordenanza, tiene como finalidad coordinar el regimen de gestion comun del Servicio de Transporte Especial en Vehiculos Menores con las Municipalidades Distritales contiguas para el otorgamiento de Permisos de Operacion. Articulo 3º.- La presente Ordenanza se sustenta en las siguientes Bases Legales: a) La Constitucion Politica del Peru, Arts. 191º, 192º, inc. 4). b) La Ley Nº 23853 Organica de Municipalidades, Art. 10º inciso 5), Art. 69º inc. 2). c) Ordenanza Nº 127-97/MML, Aprueba el Plano del Sistema Vial de la Provincia de Lima. d) Ley Nº 27181 Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre (Art. 18º inc. a). e) Ley Nº 27189 Ley de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Menores. f) Decreto Supremo Nº 04-2000-MTC, Reglamento Nacional de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Motorizados y No Motorizados; modificado por Decreto Supremo Nº 09-2000-MTC. Articulo 4º.- La presente Ordenanza tiene alcance distrital, en consecuencia su cumplimiento es obligatorio para todas las Autoridades, Funcionarios y Trabajadores de la Municipalidad Distrital de Comas; asi como para las Personas Juridicas o Transportadores, Propietarios o Conductores que prestan el Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores. CAPITULO II DE LAS DEFINICIONES Articulo 5º.- Para la aplicacion de la presente Ordenanza se entendera por : 1. Vehiculo Menor: Vehiculo de tres (3) ruedas motorizado y no motorizado especialmente acondicionado para el transporte de personas y carga cuya estructura y carroceria cuentan con elementos de proteccion al usuario. 2. Servicio Especial: Es el Servicio Publico de Transporte de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores prestado por un transportador autorizado por la Municipalidad Distrital de Comas. 3. Transportador Autorizado: Persona Juridica autorizada por la Municipalidad Distrital, para realizar Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores. 4. Persona Juridica: Es la Empresa, Asociacion u otra forma de Organizacion que se constituye de conformidad con

las disposiciones Legales vigentes e inscritos en los Registros Publicos, cuyo objeto es brindar Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores. 5. Conductor: Persona natural con la respectiva Licencia de Conducir, debidamente autorizada por la persona Juridica y la Division de Transporte de la Municipalidad Distrital para conducir vehiculos menores. 6. MORDAZA de Estacionamiento: Area determinada de la via publica, tecnicamente calificada y autorizada por la Municipalidad Distrital para que los conductores de la persona juridica estacionen ordenadamente sus vehiculos menores a la espera de pasajeros. 7. Pasajero o Usuario: Persona natural que solicita el servicio de transporte publico especial con el pago del precio convenido. 8. Permiso de Operacion: Autorizacion Municipal Distrital otorgada a la Persona Juridica para prestar el Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y de Carga en Vehiculos Menores. 9. Licencia de Conducir: Documento otorgado por la Autoridad competente a la persona natural para conducir vehiculos menores. 10. Credencial de Conductor: Documento expedido por la Persona Juridica y la Municipalidad Distrital que autoriza al conductor para prestar el Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores; debiendo la persona juridica acreditar a sus afiliados para el servicio. 11. Flota : Numero de vehiculos menores autorizados a la Persona Juridica para el Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y Carga. 12. Revision de Caracteristicas: Es la Constatacion de las condiciones basicas de orden tecnico establecidas en las normas correspondientes y la verificacion de las caracteristicas originales del vehiculo menor, en concordancia con la tarjeta de propiedad: Interior y exterior del chasis, asientos y parabrisas; seran verificados por el personal tecnico autorizado por la Division de Transporte de la Municipalidad Distrital de Comas. 13. Sticker Vehicular : Distintivo Municipal impreso con la inscripcion de vehiculo autorizado otorgado por la Municipalidad Distrital y sera colocado en la parte interna derecha del parabrisas del vehiculo. 14. Inspector Municipal: Persona debidamente capacitada designada por la Division de Transporte de la Municipalidad Distrital, que tiene la funcion de supervisar el cumplimiento de la presente MORDAZA e impondra las Papeletas de Multas a las Infracciones que cometan los conductores de vehiculos menores; asi como dispondra el internamiento del vehiculo en el Deposito Oficial Municipal, segun la sancion que corresponda al infractor. 15. Organizacion de Transportadores de Vehiculos Menores: Asociacion de personas juridicas con Permiso de Operacion otorgados por la Municipalidad Distrital de Comas, debidamente constituidos e inscritos en los Registros Publicos y que agrupa a no menos del 40% (por ciento) del total de las personas juridicas. 16. Deposito Oficial de Vehiculos Menores: Local Municipal del distrito para internar los vehiculos por infracciones y sanciones impuestas por el Inspector Municipal y la Policia Nacional del Peru encargados de Supervisar el Servicio de Transporte y Transito. CAPITULO III DE LA COMPETENCIA Articulo 6º.- En aplicacion de la presente Ordenanza compete a la Municipalidad Distrital: 1. Aprobar y Autorizar el Permiso de Operacion a la persona juridica dedicada al Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores Motorizados y No Motorizados. 2. Renovar, modificar, ampliar y revocar (anular) los permisos de operacion otorgados a la persona juridica o transportador. 3. Mantener actualizado los registros de personas juridicas, propietarios, vehiculos y conductores autorizados para prestar el Servicio de Transporte Publico Especial en Vehiculos Menores. 4. Ejecutar anualmente la revision de caracteristicas a los vehiculos menores para el Servicio de Transporte Especial de Pasajeros y Carga hasta que se implemente la revision tecnica correspondiente. 5. Autorizar el color uniforme para la flota vehicular del transportador, tomando en cuenta la antiguedad del Servicio de Transporte Publico Especial en el distrito. 6. Visar las credenciales del conductor en coordinacion con la Persona Juridica y expedir el sticker vehicular a los vehiculos menores aprobados para el Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y Carga.

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