Norma Legal Oficial del día 06 de mayo del año 2000 (06/05/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, sabado 6 de MORDAZA de 2000

NORMAS LEGALES

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comprende a los directivos y servidores nombrados pertenecientes a la sede CTAR-PASCO, y a las Direcciones Regionales Sectoriales de: Educacion; Salud, Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Comunicaciones, Vivienda y Construccion, Trabajo y Promocion Social, Energia y Minas, Industria y Negocios Internacionales, no registrandose caso alguno de cese por causal de excedencia. Articulo Segundo.- AMONESTAR al CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por los hechos a que se refiere el MORDAZA Considerando. Articulo Tercero.- DISPONER la publicacion de esta resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Cuarto.- TRANSCRIBIR la presente Resolucion a las Comisiones de Evaluacion, organos competentes del CTAR-PASCO. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Ejecutivo Consejo Transitorio de Administracion Regional Pasco 4970

Autorizan adquisicion de materiales para construccion de MORDAZA deportivo mediante adjudicacion directa de menor cuantia
RESOLUCION EJECUTIVA PRESIDENCIAL Nº 124-2000-PE-CTAR MORDAZA MORDAZA, 28 de febrero de 2000 EL PRESIDENTE DEL CONSEJO TRANSITORIO DE ADMINISTRACION REGIONAL MORDAZA Vistos, los Informes Nºs. 14-2000-CTAR P/GRA-SGPFAUA, 010-2000-CTAR PUNO/GO, Oficio Nº 076-2000-CTAR PUNO/GO y Dictamen Legal Nº 068-2000-CTAR PUNO/ GRAJ; y, CONSIDERANDO: Que, el Estado se ha trazado objetivos generales orientados a la lucha contra la pobreza, mejorar las condiciones de MORDAZA de la poblacion mas pobre, a traves de la provision de un conjunto integrado de bienes y servicios sociales basicos de alimentacion, salud, empleo, educacion, vivienda, saneamiento e infraestructura y de apoyo a la produccion, los mismos que contribuiran a sentar las bases de un desarrollo integral y sostenible; ejecutando para tal fin, acciones de promocion del deporte y la educacion fisica como forma de preparacion de las personas para la MORDAZA y el trabajo; Que, el Consejo Transitorio de Administracion Regional MORDAZA, viene ejecutando por administracion directa, la construccion del MORDAZA deportivo del Estadio MORDAZA Briceno Rosamedina de la MORDAZA de Juliaca, provincia de San MORDAZA y 32 plataformas deportivas priorizadas por su localizacion en areas MORDAZA marginales focalizadas de extrema pobreza del departamento de MORDAZA, segun se detalla en anexo adjunto, cuya conclusion esta programada para el mes de marzo del presente, lo que permitira fomentar el deporte y la educacion fisica contribuyendo al libre desarrollo y bienestar de las personas de las zonas donde se ubican los proyectos; Que, la Gerencia Regional de Operaciones, para la construccion del MORDAZA deportivo del Estadio MORDAZA Briceno Rosamedina requiere de la adquisicion de 500 bolsas de cemento y para la ejecucion de la construccion de 32 plataformas deportivas requiere de la adquisicion de 12,800 bolsas de cemento, lo que hace un total de 13,300 bolsas de cemento, ascendiendo su valor a la suma de S/. 223,440.00 nuevos soles, cuya compra debe efectuarse con el calendario del mes de febrero del 2000, aprobado en via de ampliacion por el Ministerio de Economia y Finanzas; Que, teniendo en consideracion los montos senalados en la Ley Nº 27212 Ley de Presupuesto del Sector Publico Ano Fiscal 2000, para la adquisicion de bienes y de suministros, establecidos en el Articulo 7º, el valor referencial total de las bolsas de cemento es inferior a S/. 350,000.00 pero superior a S/. 175,000.00; por tanto, para su adquisicion corresponde normalmente seguir el procedimiento de adjudicacion directa con publicacion, regulado en la Ley Nº 26850 Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 039-98-PCM; Que, debido al cierre presupuestal, que se efectuara el 29 de febrero del 2000; la observancia de los plazos y formalida-

des establecidos por la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, para la realizacion del MORDAZA de seleccion por Adjudicacion Directa con publicacion, no permitiria efectuar la adquisicion oportuna del cemento requerido para atender la culminacion de los proyectos que ejecuta el Consejo Transitorio de Administracion Regional MORDAZA, cuya conclusion es de urgente necesidad; la ausencia de cemento amenaza afectar la continuidad de las operaciones que viene ejecutando el CTAR MORDAZA, poniendo en peligro la conclusion de los proyectos, mas aun si se tiene en cuenta que en la MORDAZA del altiplano se vienen produciendo cambios climatologicos con intensas precipitaciones pluviales, con lo que se compromete seriamente la ejecucion y culminacion de las obras; Que, si bien la exoneracion regulada por el Articulo 19º de la Ley Nº 26850 no hace referencia a la Adjudicacion Directa, sino solo a las Licitaciones y Concursos Publicos, es indudable que la razon de la MORDAZA es la de viabilizar una contratacion a traves de un MORDAZA de seleccion rapido y eficiente cuando las circunstancias, especiales o excepcionales, que preve el Articulo 19º de dicha Ley asi lo exijan; de tal forma, si dichas circunstancias se configuran, es permisible la exoneracion de una adjudicacion directa; consiguientemente, si la MORDAZA faculta a las Entidades para que se exoneren de la obligacion de llevar a cabo una Licitacion o Concurso, con mayor razon puede hacerlo quien, cumpliendo con los mismos requisitos, pretende exonerarse de una adjudicacion directa publicable o no publicable; Que, en consecuencia al haberse configurado una situacion de urgencia en los terminos del Articulo 21º de la Ley Nº 26850, al MORDAZA de lo dispuesto en el inciso c) del Articulo 19º de la referida Ley, es necesario exonerar de la modalidad de Adjudicacion Directa con publicacion, la adquisicion de 13,300 bolsas de cemento, a fin de garantizar su adquisicion oportuna para la conclusion de los proyectos que viene ejecutando el CTAR MORDAZA, correspondiendole de conformidad con el inciso c) del Articulo 44º del Reglamento, la modalidad de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia; En el MORDAZA de las funciones y atribuciones conferidas mediante Ley Nº 26922 Ley MORDAZA de Descentralizacion, Decreto Supremo Nº 010-98-PRES; y, En uso de las atribuciones conferidas por los Articulos 197º y 198º de la Constitucion Politica del Peru y Resolucion Suprema Nº 155-99-PRES; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARAR EN SITUACION DE URGENCIA la adquisicion de 13,300 bolsas de cemento que requiere el Consejo Transitorio de Administracion Regional MORDAZA, para la ejecucion del MORDAZA deportivo del Estadio MORDAZA Briceno Rosamedina de la MORDAZA de Juliaca y 32 Plataformas Deportivas, priorizadas por su localizacion en areas MORDAZA marginales focalizadas de extrema pobreza del departamento de Puno. Articulo Segundo.- EXONERAR del MORDAZA de Adjudicacion Directa con Publicacion, la adquisicion de 13,300 bolsas de cemento, AUTORIZANDO su compra bajo la modalidad de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia. Articulo Tercero.- Dar cuenta de la presente Resolucion a la Comision de Presupuesto del Congreso de la Republica, Contraloria General de la Republica y Ministerio de Economia y Finanzas, dentro del plazo establecido por Ley. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Ejecutivo Consejo Transitorio de Administracion Regional MORDAZA 5009

MUNICIPALIDAD DE COMAS
Aprueban el Reglamento del Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores Motorizados y No Motorizados
ORDENANZA Nº 011-2000-C/MC Comas, 14 de MORDAZA de 2000

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