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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE MAYO DEL AÑO 2000 (06/05/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 15

Pág. 186313 NORMAS LEGALES Lima, sábado 6 de mayo de 2000 los que con intereses legales acumulados al 30 de abril de 1999, arrojan saldos deudores por S/. 184 955.64 (ciento ochenticua- tro mil novecientos cincuenticinco y 64/100 Nuevos Soles) y US$ 18 785.93 (dieciocho mil setecientos ochenticinco y 93/100 Dólares Americanos), respectivamente. Asimismo, por Cláu- sulas Adicionales de fecha 4 de junio de 1999, acuerdan incluir en la relación de los derechos cedidos, el importe de la repara- ción civil que pudiera determinarse a favor de Mutual Santa Rosa-L, en el proceso penal instaurado contra José Luque Otero, Walter Martínez Pineda y otros, que se tramita en el Segundo Juzgado en lo Penal de Lima. En dicho Contrato se tiene establecido que los ingresos que pudieran provenir de tales conceptos, servirán para pagar las acreencias pendientes de pago, conforme al orden de prelación aprobado por ley; Que, asimismo los Representantes de la Comisión Admi- nistradora de Carteras en la Mutual Santa Rosa-L por acuerdo de fecha 27 de julio de 1999 aprobaron en aplicación del Convenido de Apoyo Técnico Administrativo suscrito el 31 de julio del mismo año con Mutual Metropolitana en Liquidación, transferir fondos disponibles por S/. 20 213.94 (veinte mil doscientos trece y 94/100 Nuevos Soles), a fin de que dicha entidad se encargue de realizar todas las acciones necesarias y de ejecutar todos los gastos de acuerdo a la prioridad indicada hasta el cierre definitivo del proceso liquidatorio de la Mutual Santa Rosa-L; Que, en el Balance General al 31 de octubre de 1999, publicado el 19 de noviembre de 1999, en el Diario Oficial El Peruano, figuran obligaciones pendientes de pago por un monto de S/. 3 203 897.00 (Tres millones doscientos tres mil ochocientos noventisiete y 00/100 Nuevos Soles), que no han podido ser atendidas por agotamiento del activo, las cuales corresponden a Adeudados a Bancos y Otras Instituciones Financieras (S/. 1 946 604.06 - un millón novecientos cuaren- tiséis mil seiscientos cuatro y 06/100 Nuevos Soles); Otros Pasivos (S/. 460 677.69 - cuatrocientos sesenta mil seiscien- tos setentisiete y 69/100 Nuevos Soles); y, Provisión para Contingencias (S/. 796 615.68 - setecientos noventiséis mil seiscientos quince y 68/100 Nuevos Soles). Los acreedores más importantes en los tres rubros, son el Tesoro Público, ESSALUD y FONAVI; así como ahorristas a quienes no se les ha pagado los intereses de sus depósitos; Que, la Comisión Administradora de Carteras en Sesión Nº 084-99, se ha pronunciado sobre la procedencia de la culminación del proceso liquidatorio de Mutual Santa Rosa- L, emitiendo opinión favorable al respecto, en cumplimiento con lo dispuesto por el literal g) de la Cláusula Tercera del Convenio de Delegación de Facultades, aprobado por Reso- lución SBS Nº 1086-98 del 22 de octubre de 1998; Que, mediante Informe de Visita de Inspección Nº ASIF- F-040-2000, de fecha 18 de enero del 2000, se ha comprobado que a la fecha, Mutual Santa Rosa-L no cuenta con activos, contingencias, ni remanentes, y en lo que respecta a las obligaciones pendientes de pago ascendentes a S/. 3 203 897.00 (Tres millones doscientos tres mil ochocientos noven- tisiete y 00/100 Nuevos Soles) y que se comentan en el considerando siete; las mismas no podrán ser honradas, habiendo procedido la Mutual Santa Rosa-L, comunicar por escrito a los principales acreedores sobre tal situación; por lo que en aplicación de lo dispuesto en el Artículo 114º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y modificatorias, Ley Nº 27008 del 98.12.4 y Ley Nº 27102 del 99.5.5, corresponde a la Superintendencia dar por concluido el proceso liquidatorio de Mutual Santa Rosa-L; Estando a lo opinado por las Superintendencias Adjun- tas de Banca y Asesoría Jurídica; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros Nº 26702; RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluido el proceso liqui- datorio de la Mutual Santa Rosa; disponiendo el traslado del acervo documentario respectivo al Archivo General de la Nación. Artículo Segundo.- Dar por concluido el encargo de conducción y supervisión del proceso liquidatorio de Mutual Santa Rosa, efectuado a la Comisión Administradora de Carteras mediante Resolución SBS Nº 054-99 del 21 de enero de 1999, en aplicación de la Cláusula Quinta del Convenio de Delegación de Facultades, debiendo la citada Comisión realizar los trámites pertinentes ante los Regis- tros Públicos, a fin de inscribir la presente Resolución y revocar el poder otorgado a sus Representantes. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTIN NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros 5048CONTADURIA PUBLICA DE LA NACION Reconocen labor efectuada por el CTAR Piura en la presentación de ren- dición de cuentas del ejercicio fiscal 1999 RESOLUCION JEFATURAL Nº 053-2000-EF/93.01 Lima, 2 de mayo de 2000 VISTOS, los documentos que acreditan la recepción de la información sobre rendición de cuentas para la elaboración de la Cuenta General de la República de 1999 de los pliegos presupuestarios que comprenden los Consejos Transitorios de Administración Regional. CONSIDERANDO: Que, el Consejo Transitorio de Administración Regio- nal - Piura, ha ocupado el segundo lugar de los Consejos Transitorios de Administración Regional, en la presenta- ción de la información presupuestaria y financiera corres- pondiente a la rendición de cuentas del ejercicio fiscal 1999, por lo que merece ser reconocido; Estando a lo previsto por el Artículo 10º y el inciso m) del Artículo 18º del Reglamento de Organización y Funciones del Sistema Nacional de Contabilidad y de su Organo Rector, a propuesta de la Dirección General de Contabilidad del Sector Público, con la aprobación de la Alta Dirección y con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, En uso de las facultades legales que le confiere el Artículo 9º de la Ley Nº 24680, modificado por el Artículo 277º de la Ley Nº 24977; SE RESUELVE: Artículo 1º.- FELICITAR, al Presidente del Consejo Transitorio de Administración Regional - Piura, señor ING. ALBERTO V. JOO CHANG, a la Gerente Regional de Admi- nistración señora CPC. LILIANA AGUIRRE MENA y al Contador General señor CPC. MANUEL MEJIA ANTON, por haber presentado en segundo lugar de los Consejos Transito- rios de Administración Regional, la rendición de cuentas para la elaboración de la Cuenta General de la República de 1999. Artículo 2º.- SOLICITAR, al Presidente del Consejo Transitorio de Administración Regional - Piura, haga exten- siva esta especial felicitación, al personal de Contabilidad, Presupuesto y a todas las demás personas que con su esfuerzo y dedicación han contribuido a la presentación de la rendición de cuentas en forma oportuna, lo que significa un ejemplo que la Contaduría Pública de la Nación exhorta a imitar. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR A. PAJUELO RAMIREZ Contador General de la Nación 5005 INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA Declaran inmueble ubicado en el Cerca- do de Lima como monumento inte- grante del Patrimonio Cultural de la Nación RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 418/INC Lima, 18 de abril de 2000